Buenas, voy por partes, tema margen, eso ni de coña entra, es simplemente dinero que no es tuyo.
Tema de superar los 50K, y no presentar 720 en plazo, esta paralizado por sanciones abusivas en tribunales, pero ojo, eso no quita para que vaya a desaparecer, puede que si en el futuro sale una sentencia, pues con efecto retroactivo liquidaran, siempre y cuando no hayan prescripto las de 4 años anteriores,. comentar que los brokers españoles nos presentan el modelo 720 si tenemos acciones extranjeras en cuentas españolas
Tema D6, no se conoce caso de sanción alguna. yo nunca lo he presentado
Tema broker de derivados Cds, etc, aqui el tema se me escapa, porque todo eso esta prohibido, y son plataformas en pauses en las chimbambas, y en divisas muy diferentes, yo esto jamás lo he declarado, mas que nada, porque entiendo que hasta que no este en cuenta no tengo nada, jajajaja, ni tampoco voy a saber si tengo ganancia o no, cuando haga la reversión mi cuenta, no obstante, esto es como todo, como saben que aqui el 80% pierde, no creo que se metan, eso si lo mismo que para el D6, hay gente muy brutal. No hay que dar el cante, por ejemplo hacerte transferencias gordas, y disimular un poco. es lo mismo que comprar monedas virtuales, el pay pal, etc etc ¿Cómo se va enterar a hacienda?
Luego, hay también gente que comete errores garrafales, porque no informa, pero luego pretende ponerse la retención de origen dividendos extranjeros, y destapa el plumerno.
Luego hay cuentas como
DEGIRO, que ya si tiene IBAN extranjero, pero antes era un fondo. personalmente pienso que no hay que obsesionarse con el tema.
Yo si excediera los 50k lo haría, por si las moscas, pero el D6 no lo he hecho nunca, me parece que ya bastante tenemos, si me entero de que sancionan, lo haría, jeje pero no me parece de recibo que alguien con unos pocos miles tenga que hacer un modelo, quizás no este recurrido al igual que el modelo 720, porque no existe ninguna sanción.
Hay que tener otra cuestion en cuenta, al invertir en estas plataformas ,no estamos arriesgando ya de por si, a perderlo todo, en unos casos porque las garantias son pequeñas, y en otros por estafas, quiebras etc etc.
Simplemente , hay que hacer las cosas con la cabeza, y no dar el cante, en el sentido de poner algo en el IRPF que de el cante,, o bien pegarte una transferencia gorda de una sola vez, es que hay gente muy bruta.
Igualmente, creo que por D6 no hay ninguna multa estipulada, me refiero a la cuantia, pero vamos si esta parado el 720, no creo que esto, que ya es un requisito menor, le metan mano