Re: Consejos para conformar Cartera Conservadora
Si un banco quiebra todos sabemos que las cuentas y depósitos tienen preferencia de cobro antes que los bonos, preferentes, acciones, etc...
En caso de rescate, el orden de quitas sería el siguiente:
- Acciones y Cuotas Participativas
- Participaciones Preferentes y Deuda Subordinada
- Depósitos no garantizados de grandes empresas
- Depósitos superiores a 100.000€
- Depósitos superiores a 100.000€ de pymes y particulares
- Cédulas hipotecarias
Tienes un reciente ejemplo en Portugal del Espíritu Santo y lo que pasó con los depósitos que pasaron al Novo Banco y la deuda subordinada al banco malo asumiendo las pérdidas.
Entonces que tiene más riesgo ¿monetario, RF o RV? Yo creo que en caso de quiebra el orden sigue estando claro.
Y en el hipotético caso de que no tengan ni para devolver los depósitos, ni nadie lo rescate (el BES fue rescatado por el Estado Portugués) es cuando entraría el FGD. En esa hipotesis que aún no se ha dado el caso, pero por su puesto puede pasar, ¿de verdad confías en que en el FGD tenga para entonces para repartir a todos los depositantes con menos de 100 k y que no se contagie a toda la banca? Si confías en eso te estás contestando a ti mismo y lo que te aconsejo entonces es que lo metas en IPF's.
P.D.: respecto al Eurocash de RF puedes opinar lo que quieras, pero lo único de lo que hay certeza es de que llevaba hacia años bonos de Lehman Brothers y además era una de sus 5 primeras posiciones.
Saludos,