Gracias por responder y animar este debate.
Cierto. Siempre digo que los PIAS están “prácticamente” libres de impuestos... y en esa parte del texto omití el “prácticamente”.
No obstante, me atrevo asegurar que en muchos casos el ahorro y la plusvalía de un PIAS, puede quedar TOTALMENTE LIBRE DE IMPUESTOS.
En todo caso, la cuestión es que no existe ningún producto con esta ventaja fiscal y en la mayoría de los casos su porcentaje de tributación se aproximará más al 0% que a ninguna otra cifra. Te lo explico.
Cómo bien dices, si el PIAS se rescata a partir de la edad de jubilación, que ya será por encima de los 67 y años, solo tributará por el 20% de la plusvalía obtenida en concepto de rendimiento del capital mobiliario. Pero si se rescatase a los 70 años solo lo haría por el 8%.
Con este escenario, te voy a poner un ejemplo muy didáctico, real y ajustado a la normativa actual.
Tengo presente que la normativa puede cambiar en el futuro, pero ante el escenario que se nos presenta respecto a las pensiones públicas de jubilación, nada hace sospechar que se penalicen estos productos, sino todo lo contrario.
En todo caso, y si algo así ocurriera, para eso estamos los consultores financieros. Para revisar los productos de ahorro cada año.
Vamos con el ejemplo que demuestra que el PIAS puede quedar TOTALMENTE LIBRE DE IMPUESTOS.
Casi real. Persona de 30 años que contrató el mejor PIAS del mercado en el año 2007 y hace aportaciones periódicas de 100€ al mes, que se incrementan geométricamente en un 3% anual. Lleva acumulada una rentabilidad superior al 8% anual, que se acredita con un histórico de más de 10 años.
Manteniendo esa rentabilidad, (que sería lo más normal), a los 70 años habrá aportado 90.000€ y gracias al interés compuesto, dispondrá de un capital de 356.000€.
Constituyendo una Renta Vitalicia con la aseguradora que mejor las hace actualmente, percibirá de por vida una renta mensual de unos 2000€, (24.000€ anuales) de los cuáles, al proceder de un PIAS, solo tendrá que declarar el 8% en concepto de rendimiento de capital mobiliario. O sea que dé los 24.000€ solo tendrá que declarar 1920€.
Utilizando las tablas de tributación actuales, a un r.c.m. de 1920 € anuales le corresponde tributar el 19%, por lo que el impuesto que pagará será de 365€ al año.
En el peor de los casos y si el ahorrador decide rescatar su PIAS a los 67 años, declararía el 20% del r.c.m. y pagaría 912 € de impuestos al año.
Todo hace suponer que en el año 2055 la pensiones medias de jubilación estarán próximas a los 800€ mensuales. En ese caso, nuestro ahorrador ni siquiera tendría que hacer la declaración de la renta.
Pero si quisiera hacerla voluntariamente, sería para solicitar la devolución de los impuestos abonados en concepto de r.c.m., siendo este el caso en el que el PIAS quedaría TOTALMENTE LIBRE DE IMPUESTOS.
A día de hoy, esto es lo que hay. Hay quien puede seguir negándolo, pero es lo que hay, yo me alegro y la gente que me consulta también.