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Rescatar plan de pensiones por herencia

5 respuestas
Rescatar plan de pensiones por herencia
Rescatar plan de pensiones por herencia
#1

Rescatar plan de pensiones por herencia

Buenos días a todos, quería pediros información acerca del rescate de un plan de pensiones, cuando se produce el fallecimiento del titular del plan.

Hace ya casi 6 meses que realicé todo el proceso de impuesto de sucesiones, plusvalías municipales, etc... y ya sólo me queda enfrentarme al rescate del plan de pensiones.

Desde el banco me dan alguna información contradictoria respecto a otras cosas que he leído, por eso os escribo para conocer vuestras opiniones y experiencias.

Por lo visto, según el banco, tengo 2 años desde el fallecimiento de mi familiar para poder rescatarlo todo junto, y poder beneficiarme de la deducción del 40% de todo lo que se había aportado a los planes de pensiones hasta el 31/12/2006. Según algunas webs no tengo plazo para realizarlo.

También que puedo ir sacando el dinero poco a poco mes a mes y no tengo fecha límite al ser beneficiaria, como si fuera un salario.

Debido a que el dinero del rescate es alto, unos 56000€, me proponen a la vez que cancelo esos planes crear uno nuevo de 8000€, para que no sea una cantidad tan alta y quedarme en el tramo del IRPF de hasta 35200€, al sumarlo al salario bajo que he percibido este año al no haber podido trabajar todo el año.

La verdad que no he encontrado demasiada información de rescate de planes de pensiones heredados así que cualquier información me será útil.

Muchas gracias y un saludo

#2

Re: Rescatar plan de pensiones por herencia

Sobre la reducción del 40%.

A partir de la reforma del año 2015, para poderse aplicar esa reducción, se debe realizar en el año que se produzca la contingencia (fallecimiento en este caso) y en los dos siguientes.

Disposición transitoria duodécima Régimen transitorio aplicable a los planes de pensiones, de mutualidades de previsión social y de planes de previsión asegurados
(...)
4. El régimen transitorio previsto en esta disposición únicamente podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente, o en los dos ejercicios siguientes.

Fuente: Ley IRPF

Tanto si lo rescatas en forma de capital (de golpe) como en forma de renta (mensual, trimestral, anual...), las cantidades rescatadas te tributan como rendimientos de trabajo personal.

Y como consejo (opinable y discutible), piensa muy mucho contratar un plan de pensiones en el caso de que no tengas unos rendimientos de trabajo o de actividades económicas elevado.

Un saludo.

#3

Re: Rescatar plan de pensiones por herencia

Si no tienes ya un plan de pensiones, seguramente no te interese abrir uno, ahora bien si lo tienes, es posible que el año que efectúes el reembolso, te interese fiscalmente aportar el máximo a ese plan de pensiones que ya tienes. Lo mejor es que consultes con algún entendido en tema fiscal y que con números reales te haga el cálculo.

S2

#4

Re: Rescatar plan de pensiones por herencia

Si no trabajas ni cobras absolutamente nada, es decir, no tienes ningún pagador de salario o subsidio, te vale la pena ponerte a cobrar una cantidad de unos 1.600 euros al mes. Así puedes estar (si empiezas en enero de 2017) tres años cobrando esa cantidad sin necesidad de presentar declaración de hacienda. Si tienes otro pagador o pagadores y estos te pagan más de 1.500 euros anuales, entonces si tendrás que presentar la declaración y tributar por el conjunto de las rentas obtenidas por los diferentes trabajos. Pero si rescatas en forma de capital, los primeros 22.400 estarán exentos de tributación y el resto irá a los tramos indicados por el IRPF, Siendo, siempre según estos números tú marginal de un 30%. Pero ojo, porque todo lo que trabajes el año que viene, si rescatas el plan de pensiones en forma de capital, todo lo que trabajes el año que viene,repito, por pasar tú primer importe de 35.200, va a costarte, cada euro ganado un 37% EN IMPUESTOS...Es decir si trabajas y obtienes 3.000 euros anuales, de esos 3.000 euros tendrás que pagar 1110 euros. Un saludo...

#5

Re: Rescatar plan de pensiones por herencia

Creo que supones muchas cosas.

Por ejemplo. Que los primeros 22.400 euros estarían exentos de tributación. Eso sería en el hipotético caso de que el valor de rescate que según el ponente son 56.000 euros, fuesen únicamente por aportaciones anteriores a 2007.

¿No podría ser que el fallecido hubiese hecho aportaciones en ese año y en los siguientes?

Un saludo.

#6

Re: Rescatar plan de pensiones por herencia

Muchas gracias a todos por las respuestas, todo el dinero es anterior a 2007, soy bastante joven, 29 años, por lo que no me puedo permitir el lujo de estar 3 años sin trabajar, gracias por la sugerencia, no creas que no he pensado estar así un par de años mientras me saco un máster, pero no me puedo permitir un vacío así de grande en el currículum.

Mi salario normal en un año son unos 35000€, aunque este solamente he podido hacer unos 14000€(bruto), al no poder trabajar todo el año.

Lo de abrir un plan nuevo no me convence, me dicen que en 10 años podré rescatarlo, pero lo de los planes de pensiones no es fijo, va cambiando la legislación, además la diferencia entre rescatarlo todo junto o rescatarlo todo y meter 8000€ en un plan, son 3500-4000€ a hacienda.

Gracias a todos