Desventaja fiscal: Fondos vs Acciones
Los fondos de inversión y planes de pensiones son conocidos por su principal ventaja: el diferimiento fiscal del que hablamos este artículo.
Pero a parte de esta característica estos instrumentos de inversión colectiva tienen otras que les ponen en desventaja frente al inversor particular en acciones.
No, no me estoy refiriendo a las comisiones que pagan a los gestores ya que se supone que pagarlas va a ofrecernos una inversión más profesional.Si en la mayoría de los casos estas comisiones no se ven recompensadas con una mejor gestión es culpa nuestra por no haber sabido seleccionar a los buenos gestores igual que si hubiésemos seleccionado mal las acciones.
En este caso vamos a hablar de las desventajas fiscales.
Doble tributación por los dividendos.
Los partícipes de los fondos de inversión, planes de pensiones, SICAVs y ETFs tributan dos veces cada vez que una empresa paga dividendo.
Si por ejemplo Inditex paga un dividendo de 1€ por acción se practica una retención del 19% tanto si el propietario de la acción es un inversor particular, un fondo FI español o un ETF estadounidense.
En el caso de un inversor individual español esta retención es todo lo que tiene que pagar si sus rentas del capital mobiliario no superan los 6.000€ en el año.
En el caso de un fondo de inversión esos 0,81€ se añaden al patrimonio del fondo. El fondo vale 0,81€ más, un beneficio por el que ya se tributó. Pero cuando el inversor en el fondo reembolse sus participaciones tendrá que volver a tributar por los beneficios obtenidos, por los que se generaron con la revalorización de las acciones y también por los que se generaron por el cobro de dividendos, en este caso tributando una segunda vez. Injusto.
Este es un motivo por el que la mayoría de los gestores prefieren acciones que no repartan dividendo sino que tengan un alto poder de revalorización, interesa a sus partícipes.
Aclarar que esta desventaja afecta también a los fondos de inversión con reparto de dividendos que en España están poco extendidos (quizá esto tenga algo que ver, no se si en otros países el dividendo que reparte el fondo está sujeto a esta doble tributación)
Cuando el dividendo proviene de una empresa extranjera todo se complica más. Pero el resultado es el mismo. Tanto la hacienda extranjera como la española hacen una retención y después una devolución si hay tratado. Al final el fondo acaba pagando un 19% de dividendos si es español. Si es luxemburgués 15% (este es uno de los motivos por el que podemos ver algún fondo indexado luxemburgués que a pesar de pagar comisión de gestión superan a los índices NR).
Doble tributación al impuesto de sociedades
Afecta básicamente a los fondos de inversión domiciliados en España. Los planes de pensiones están exentos de él (lógicamente) y los fondos domiciliados en Luxemburgo o Irlanda, como buenos paraísos fiscales que son prácticamente no pagan.
Los FIs y SICAVs pagan un 1% de impuestos por los beneficios obtenidos durante el año independientemente de que hayan vendido o no las acciones o haya vencido la deuda. El inversor particular no tiene que pagar este impuesto, solo tributa por los beneficios una vez haya vendido el activo según el tipo del ahorro que empieza en el 19%. Pero el inversor en fondos también tributa ese tipo del ahorro cuando reembolsa su activo así que el impuesto de sociedades es un añadido.
Lo pagan por el hecho de ser sociedades, afortunadamente el tipo es del 1% y no del 25% como tienen el resto de sociedades.
Es un impuesto injusto ya que las empresas en las que invierte el fondo ya pagaron este impuesto, los partícipes del fondo estarán pagándolo una segunda vez.
Si el fondo invierte en acciones de Inditex esta empresa paga su IS del 25% de los beneficios. Como la empresa gana dinero hace que el valor de la acción crezca o bien que reparta dividendos. En ambos casos el fondo tiene más valor y tiene que pagar una segunda vez IS por los beneficios que produjo la empresa y que se plasman en el patrimonio del fondo.
Para darnos cuenta de que es un impuesto injusto solo tenemos que ver que el inversor particular no lo paga y el inversor en fondos sí.
No confundirlo con el impuesto de sociedades que paga la gestora por los beneficios empresariales que genera, este no nos afecta a nosotros, sí es del 25% y sí es justo.
Inseguridad por el aplazamiento de impuestos
¿Qué es preferible obtener un 8% invirtiendo en acciones que vendo cada dos años o obtener un 7% invirtiendo en fondos que pienso reembolsar dentro de 40 años?
Estas cifras no son elegidas al azar. Según este otro estudio el patrimonio neto obtenido en ambos casos es el mismo.
Entonces ¿qué es mejor?
En ese hipotético caso yo preferiría la situación del inversor particular.
En el peor de los escenario posible, aquel en el que siempre se hay que poner, los tipos impositivos del futuro serán mayores que los del presente. Los estados cada vez están más endeudados y en algún momento tendrán que pagar esa deuda. Para hacerlo tienen dos posibilidades, reducir gastos o aumentar ingresos. La primera opción es poco probable si no lo hicieron hasta ahora y mucho menos cuando haya partidos de izquierdas gobernando.
Así que lo normal es que algún día tengan que subir los impuestos y cuando ya no se los puedan subir más al alcohol y al tabaco el siguiente impuesto menos impopular será el de las personas que invierten su dinero y no se lo gastan todo.
Cuando un inversor en acciones cobra un dividendo o vende un título con plusvalías ya satisface sus obligaciones con Hacienda al tipo impositivo actual y muy poco a poco. Esto es la principal desventaja porque ese dinero ya no lo sigue invirtiendo pero se convierte en una ventaja porque sabe a que tipo lo tributa. Después podrán ponerle un impuesto de patrimonio si quieren pero esto afectará igualmente al inversor en fondos.
El inversor en fondos pagará sus obligaciones cuando haga el reembolso, si lo hace dentro de 30 años y nos ponemos en el peor escenario posible, lo hará a un tipo impositivo mayor.