Buenas noches:
Te expongo el caso, que a mí me ha sucedido.
Yo tengo acciones y a lo largo del año me producen dividendos.
Para pagar un impuesto de herencia solicité un préstamo a 5 años. El doble del impuesto de la herencia. Con el 50 % compré más acciones.
En principio, no me abonaron la devolución del IRPF de 2016 (declarada en 2017) y me hicieron un cálculo paralelo descontando esos intereses negativos.
Recurrí y les hice dos tablas. Les demostré que a lo largo de la vida del préstamo, los dividendos superaban a los intereses y que era positivo para Hacienda y para mi familia.
Me han devuelto exactamente lo que solicitaba en la declaración y con los intereses correspondientes,ya que hace unos días que me lo han devuelto.
Lo obvio es que yo podría haber vendido accciones para pagar la herencia. Pero a la vez habrían disminuido los dividendos. Para mantener los dividendos y aumentarlos, se necesitan más recursos y esos recursos tienen un gasto que son los intereses del préstamo.
El préstamo no puede ser intervivos. Tiene que ser con una entidad, es decir un banco.
Saludos.