Muchas gracias @Rubialense, por la aclaración, y la ilustración.
A pesar de que fiscalmente , deben considerarlo a todos los efectos como plan de pensiones, una mayor diferencia técnica debe haber. O no?
Pues cuando hice este mes el rescate parcial, el Gobierno no permitía hacer el rescate de un PPA. Tuve que traspasar el PPA a un Plan de Pensiones (Normal), y de ahí "rescatar"
Para la pregunta que hacía @Mayoliz , valdría cómo producto PPA?
O hay alguna diferencia peyorativa, en contra del plan de pensiones tradicional que desconocemos?
(Vamos si es que se encuentra...)
En este producto concreto, no buscaría rentabilidad, únicamente tener ese capital asegurado, y desgravación fiscal.
SI si, ya sé que la inflación, pero a mí este capital me sirve, para otros fines de negociación con la banca . Además de pignorar capital, u otra formulas, esta concreta hasta la fecha les gusta, y es la que más he utilizado.