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Jubilación anticipada voluntaria
Agradecería vuestra lectura para el siguiente caso...
Por razones estructurales, la empresa le ofrece a los empleados de más edad una baja voluntaria manteniendo las cotizaciones a la seguridad social hasta cumplir los 63 años de edad (en este caso: 6/2024)… en ese momento los años cotizados serán 35 años y 6 meses.
Lo primero es que, al ser baja voluntaria, entiendo que no hay derecho a los dos años de paro al cumplir los 63 años...
Mi duda es, habiendo cumplido 63 años y tener +35 años cotizados ¿se cumplen las condiciones para obtener la jubilación anticipada voluntaria? O por el contrario habría que esperar hasta cumplir los 64 años y 10 meses en 4/2026.
Y, en el caso de tener que esperar hasta 2026, ¿el factor reductor sería del 2% trimestral = 16% total por haber adelantado en dos años la edad legal de jubilación oficial en 2026?.
Gracias anticipadas y un saludo.