#1
Herencia fondo de inversión.
Hola; no sabía exactamente donde ubicar este hilo.
Hace unos meses recibí una pequeña herencia de una tía fallecida. Somos tres herederos. Mi tía tenía una cuente corriente que ha sido liquidada sin problemas y un fondo de inversión que está dando quebraderos de cabeza.
Dicho fondo está en el BBVA. Tras pagar el impuesto de sucesiones y entregar documentación requerida por la entidad bancaria nos comunican que es necesario "un fondo de inversión con mismas características que el de origen".
Les insistimos en que queremos cancelar el fondo y nos contestan lo siguiente:
"En respuesta a su consulta sobre el fondo de inversión de destino, deben de ir a una oficina de BBVA para abrirse un fondo a nombre de los
herederos y traspasar las participaciones del fondo de origen al fondo de cada heredero. Todo ello, porque no recomendamos la venta en liquido del fondo por posibles futuras repercusiones fiscales. Si no una vez que ya los herederos disponen del nuevo fondo
a su nombre, los mismos si lo desean pueden vender, pero no antes a nombre de una difunta por lo comentado.".
A mi esto de las repercusiones fiscales no lo acabo de ver si ya hemos liquidado el impuesto de sucesiones donde figuraba el montante del fondo.
¿Veis normal que me tenga que abrir una cuenta en bbva con sus correspondientes comisiones; abrirme un fondo para luego liquidarlo y cancelar la cuenta?
Gracias.
Hace unos meses recibí una pequeña herencia de una tía fallecida. Somos tres herederos. Mi tía tenía una cuente corriente que ha sido liquidada sin problemas y un fondo de inversión que está dando quebraderos de cabeza.
Dicho fondo está en el BBVA. Tras pagar el impuesto de sucesiones y entregar documentación requerida por la entidad bancaria nos comunican que es necesario "un fondo de inversión con mismas características que el de origen".
Les insistimos en que queremos cancelar el fondo y nos contestan lo siguiente:
"En respuesta a su consulta sobre el fondo de inversión de destino, deben de ir a una oficina de BBVA para abrirse un fondo a nombre de los
herederos y traspasar las participaciones del fondo de origen al fondo de cada heredero. Todo ello, porque no recomendamos la venta en liquido del fondo por posibles futuras repercusiones fiscales. Si no una vez que ya los herederos disponen del nuevo fondo
a su nombre, los mismos si lo desean pueden vender, pero no antes a nombre de una difunta por lo comentado.".
A mi esto de las repercusiones fiscales no lo acabo de ver si ya hemos liquidado el impuesto de sucesiones donde figuraba el montante del fondo.
¿Veis normal que me tenga que abrir una cuenta en bbva con sus correspondientes comisiones; abrirme un fondo para luego liquidarlo y cancelar la cuenta?
Gracias.