#1
Pensión viudedad + ¿rescate plan por tramos o de golpe? - Rescatar plan pensiones
Buenas,
Un familiar acaba de cumplir los 65 años, y se pregunta si debería/podría rescatar el plan de pensiones. El plan de pensiones es de tan solo 1.000 euros, y el único rendimiento que tiene es que cobra una pensión mínima de viudedad (783,10 euros en 14 pagas). Y claro, no tiene necesidad de presentar la declaración de la renta.
Según el manual de la renta de 2022 (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html y https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/contribuyentes-no-obligados-declarar-cuadro-resumen.html), incluso aunque el segundo pagador fuera de más de 1500 euros, el límite para no presentar la declaración sería de 14000, aunque en este caso serían 1.000, por tanto, el límite serían de 22.000.
783,10 x 14 + 1000 = 11963.4
Vamos que no llega ni a los 22.000 ni a los 14.000.
Por tanto, podría rescatarlo de golpe sin que sea necesario pagar nada, ni hacer la declaración de la renta, ¿verdad?
¿Existe la posibilidad de que antes de terminar el año 2023, se apruebe una nueva ley en la que los mínimos cambien a peor, y toque hacer la declaración de la renta? ¿O una vez se rescate, tendrían que aplicar las normas de 2022?
De todas formas, las elecciones son a finales de año, por lo que no creo que hagan algo tan drástico...
Gracias
Un familiar acaba de cumplir los 65 años, y se pregunta si debería/podría rescatar el plan de pensiones. El plan de pensiones es de tan solo 1.000 euros, y el único rendimiento que tiene es que cobra una pensión mínima de viudedad (783,10 euros en 14 pagas). Y claro, no tiene necesidad de presentar la declaración de la renta.
Según el manual de la renta de 2022 (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html y https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/contribuyentes-no-obligados-declarar-cuadro-resumen.html), incluso aunque el segundo pagador fuera de más de 1500 euros, el límite para no presentar la declaración sería de 14000, aunque en este caso serían 1.000, por tanto, el límite serían de 22.000.
783,10 x 14 + 1000 = 11963.4
Vamos que no llega ni a los 22.000 ni a los 14.000.
Por tanto, podría rescatarlo de golpe sin que sea necesario pagar nada, ni hacer la declaración de la renta, ¿verdad?
¿Existe la posibilidad de que antes de terminar el año 2023, se apruebe una nueva ley en la que los mínimos cambien a peor, y toque hacer la declaración de la renta? ¿O una vez se rescate, tendrían que aplicar las normas de 2022?
De todas formas, las elecciones son a finales de año, por lo que no creo que hagan algo tan drástico...
Gracias