Si no esta en la escritura, no esta. Y aunque estuviese, no seria legal su obligatoriedad.
Otro tema es que quieras dar de baja un seguro devolviendo el recibo. La manera de darlo de baja no es esa, es hacerlo por escrito con al menos 2 meses de antelacion, por esa parte al menos esta año estarias pillada.
Pidele al director que te de por escrito y sellado por el banco eso de que no puedes dar de baja el seguro de vida porque esta vinculado a la hipoteca y veras como jamas se le acaban las excusas para no darte tal cosa.
Yo lo que haria en tu lugar es pagar este año, pero redactar ya mismo un escrito pidiendo la baja del seguro para el proximo año y que te lo sellen. Si se niegan a hacerlo empieza a pedir la hoja de reclamacion oficial de tu comunidad autonoma, que no te cuelen la del banco que no vale para nada, si se niegan a dartela o no la tienen llamas a la policia local e iria tambien poniendo queja tanto en el defensor del cliente de la entidad como en consumo.
Un saludo