No sé si lo voy a complicar mucho. En este caso, por favor, indicádmelo por que simplifico. Y es que voy a intentar contestarte empezando por el final y luego resolviendo el ejemplo, indicando al mismo tiempo cómo debes elaborar los impresos de la declaración, poniendo en cursiva el número de casilla a rellenar. Si no te importa también voy a escribir los números completos.
Al haber vendido en 2007, la ganancia debe reflejarse en la declaración de este mismo año 2007, la que presentamos desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio de 2008. En caso de acogerte a la exención por reinversión lo debes indicar en la misma declaración.
Y voy con el ejemplo. En la declaración de la renta vas a tener que reflejarlo en las páginas 9 y 10, a partir de la casilla 360. Pondrás en esta casilla el contribuyente titular de la vivienda (declarante, o común en caso de estar casado, ser una vivienda en régimen de gananciales y estar haciendo declaración conjunta). En la casilla 361 “Tipo de elemento patrimonial” habrá que esperar a que publiquen la guía, hasta el año pasado había que poner un 3 “Inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles”. La casilla 362 también habrá que esperar a que publiquen la guía, dependerá de si la vivienda tiene referencia catastral o no y la casilla 363 es para poner la referencia catastral en caso de haberla.
Fecha de transmisión: dd/07/2007 (casilla 364).
Fecha de adquisición: dd/mm/2001 (casilla 365).
Valor de transmisión: 20.000,00 (casilla 366).
Valor de adquisición: 11.261,00 (11.000 x 1,1261) (casilla 367).
Ganancia patrimonial: 8.739,00 (20.000,00 – 11.261,00) (casilla 370).
Hago un inciso y explico algunas cosas. No es el caso, pero si se hubiese comprado la vivienda antes del 31-12-1994 habría que rellenar las casillas 371 a 377, para calcular la ganancia realmente sujeta al impuesto. Como puedes ver, como ya dije, no se tiene en cuenta para nada la hipoteca pendiente, lo que va a tributar al tipo fijo del 18%, en principio son los 8.739,00 euros. Y digo en principio por que también va a depender de qué otros ingresos has tenido, de si el mínimo personal y familiar va a compensar en parte o no la base imponible del ahorro, etc.
Aquí se acaba el cálculo de la ganancia patrimonial, sólo deberemos seguir rellenando casillas en la página 10 si nos acogemos a la exención por reinversión. Es aquí dónde si vamos a tener en cuenta la hipoteca pendiente. Sigo.
“Importe obtenido por la transmisión de la vivienda habitual que es susceptible de reinversión a efectos de la exención”, es la casilla 420, y hay que poner el neto de la venta: 17.000,00 (20.000,00 del importe de la venta menos 3.000,00 de hipoteca pendiente). En la casilla 421 pondremos otra vez la ganancia obtenida, los 8.739,00, en la casilla 422 indicaremos si hemos reinvertido algún importe en una nueva vivienda habitual hasta el 31-12-2007, en la casilla 423 pondremos qué cantidades de los 17.000,00 pendientes de reinvertir (los 17.000,00 menos la cifra de la casilla 422) nos comprometemos a reinvertir en los dos años siguientes a la transmisión. Si los importes de las casillas 422 y 423 suman los 17.000, en la casilla 424 pondremos, como ganancia exenta, los 8.739,00, si las casillas 422 y 423 no llegan a los 17.000,00 tendremos que calcular qué porcentaje suponen sobre esos 17.000,00:
(importe casilla 422 + importe casilla 423) / 17.000,00
y ese mismo porcentaje aplicarle a la ganancia, a los 8.739,00, para poner el resultado en la casilla 424.
En el caso de habernos acogido a la exención por reinversión y luego no cumplir nuestro compromiso, en el año en que incumplamos deberemos rellenar una declaración complementaria a la presentada.
Por último un inciso. Por favor, los que leáis este mensaje, no vayáis todavía ni a las Administraciones de Hacienda ni a los Estancos a por los impresos de la declaración, todavía creo que no están disponibles, a pesar de que haya indicado ya las páginas y las casillas a rellenar. Se pueden consultar en