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Dudas cuenta vivienda

62 respuestas
Dudas cuenta vivienda
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#25

Re: Dudas cuenta vivienda

Muchas gracias pluto. lo que pasa que al ser una vpo cambia todo un poco. no se puede pagar de más xq se supone que las vpo son para gente con pocos ahorros...

#26

Re: Dudas cuenta vivienda

¿ Pero esos casos excepcionales que mencionas se basan en algo en concreto ? Quiero decir si tu has destinado la totalidad del dinero de la cuenta vivienda antes de los 4 años pero la vivienda todavía está en construcción, se supone que en todos los casos en que ese tiempo de finalización de la obra (suponiendo que dure hasta 4 años más), estaría como considerado caso excepcional no ? (evitando así devolver las cantidades deducidas).

#27

Re: Dudas cuenta vivienda

La Ley asimila a adquisición de vivienda habitual la contrucción de aquella que vaya a constituir el domicilio habitual. Por tanto, si yo materializo el saldo en la construcción de una vivienda, ese primer plazo de cuatro años para finalizar su construcción, no es ningún caso excepcional. Mejor pongo enlace a una consulta vinculante, que lo explica bastante mejor que yo, y que también recoge la prórroga excepcional de otros cuatro años para la finalización de la construcción:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=12619&Consulta=%28construccion%29+%2EY+%28cuenta+vivienda%29&Pos=79

Sólo una precisión más, aunque sea mezclar temas. Hay un sólo caso en el que la construcción de la vivienda no se asimila a la adquisición, y es la exención de la ganancia obtenida en la venta de la vivienda habitual por reinversión del neto de la venta en una nueva vivienda.

Saludos.

#28

Re: Dudas cuenta vivienda

Vamos que esos casos excepcionales que mencionas son en situaciones de retrasos en las obras que esten justificados. Si no, no es posible prorrogar la cuenta vivienda, aunque destines la totalidad del saldo antes de finalizar ese plazo de 4 años.

#29

Re: Dudas cuenta vivienda

Otra duda que tenía acerca del dinero de las cuenta vivienda es si alguien me puede explicar la diferencia que hay de tener el dinero en las llamadas "cuentas vivienda", sacarlo para crear depósitos y a final de año devolverlo a la cuenta origen, o la de sacarlo y mediante paso previo por cuenta corriente hacer traspaso a un depósito y declarar ese como cuenta vivienda. Creo que la finalidad es la misma siempre y cuando el dinero acabe finalmente destinado a una vivienda. Y creo haber leído en más de una ocasión que lo primero no es "legal" y lo segundo si.

#30

Re: Dudas cuenta vivienda

Vaya, veo que la he liado.

El plazo para la materialización del saldo de la cuenta vivienda es siempre improrrogable, no existe ninguna excepción. El único plazo excepcionalmente prorrogable es el de finalización de la construcción.

Puedes usar depósitos como cuenta vivienda, no sirven todos los tipos de depósitos, y sólo puedes tener abierto uno como cuenta vivienda, no puedes simultanear dos. Es un requisito legal para poder aplicar la deducción, ésta te la permiten practicar bajo unas condiciones. Te pongo enlace a otra consulta vinculante, para que veas qué tipos de depósitos sirven:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=12030&Consulta=%28deposito%29+%2EY+%28cuenta+vivienda%29&Pos=16

Saludos.

#31

Re: Dudas cuenta vivienda

En cuanto a la prórroga de la cuenta vivienda si se que el tiempo de 4 años para destinar el saldo es improrrogable. Pero en la consulta vinculante que has puesto habla de "justificación" para prorrogar el plazo en el caso de que la obra se encuentre todavía sin acabar. Te pongo un ejemplo para verlo más claro:
Pasan 4 años desde que abrí la vivienda pero justo 2 meses antes de que acabe el plazo me compro un piso que acaban de empezar a construir pero llego a un acuerdo con el promotor para entregarle todo el dinero de la cuenta vivienda antes de que me venzan los 4 años. No tengo justificante de que la obra se haya retrasado por motivos burocráticos o cualquier otro motivo, ya que acaban de empezar a construirla, pero la obra imaginate que acaba en 2 años. ¿ Sería esto un caso excepcional ?
Mis dudas vienen a que si EXCEPCIONAL se considera SOLO en caso de retrasos en la construcción por algún motivo (pero no es el caso del ejemplo).

En cuanto al tema del movimiento del saldo de cuentas vivienda. Si tengo el saldo en una cuenta y ahora abro un depósito de TUBANCAJA, obligatoriamente he de cerrar la otra cuenta. Aunque se quede a 0 y no la vuelva a usar en años posteriores como cuenta vivienda no sirve. ¿ Tiene que cerrarse obligatoriamente ? No hablo de repartir el saldo en varias cuentas, sino llevando todo en el mismo bloque.

Muchas gracias.
Saludos.

#32

Re: Dudas cuenta vivienda

Siguiendo con tu ejemplo, pasan cuatro años desde que abriste la cuenta vivienda y dos meses antes de finalizar (ahora en 2009) el plazo entregas todo el saldo a un pormotor que empieza en ese momento a construir la vivienda. La finalización de la construcción puede producirse en cuatro años desde ese pago (nos podemos ir hasta 2013) y no es ningún caso excepcional de ampliación de ningún plazo. La excepción puede producirse porque en esos 4 años no vaya a concluirse la construcción, y se puede prorrogar una sola vez otros 4 años (nos vamos hasta 2017).

En cuanto a mantener una cuenta sin saldo quizás te ponga más problemas el banco, la debes de dejar a cero, si el banco te lo permite, fiscalmente tampoco tienes ningún problema.

Saludos.