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Dudas cuenta vivienda

62 respuestas
Dudas cuenta vivienda
Dudas cuenta vivienda
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#41

Re: Dudas cuenta vivienda

En ninguna ley o manual del IRPF pone que se tenga que comunicarlo a la entidad bancaria, sino que sólo has de poner en la declaración el CCC de la cuenta o depósito donde tengas el dinero a 31 de diciembre.

El saldo de la cuenta a esa fecha, creo que todos los bancos tiene que enviarselo a hacienda siendo ésta la cuenta vivienda o no.

Salu2.

#42

Re: Dudas cuenta vivienda

Estoy de acuerdo contigo. Yo no he encontrado ninguna mención expresa en los requisitos que pone la agencia tributaria, a que el contribuyente tenga que informar a la entidad bancaria de que tal o cual (o quizás pascual) depósito lo va destinar a cta. vivienda. Esa información si debe comunicarla en cambio, en la declaración de la renta.

Pero si alguien puede añadir algo mas al respecto, seria muy útil.

saludos

#43

Re: Dudas cuenta vivienda

Lo primero que expreso en mi mensaje es que creo que no existe obligación de comunicarlo al banco. Y me alegro de que así me lo confirméis. Lo único que continuaba expresando (o quería hacer) es que el banco, aunque comunique el saldo de la cuenta, no va a comunicarlo como cuenta vivienda, aunque tú sí lo hagas.

Ante esta situación puede que la Administración quiera comprobar en algún momento que se cumplen los requisitos para que la cuenta sea considerada cuenta vivienda... o puede que no.

Saludos.

#44

Re: Dudas cuenta vivienda

Más que lógica tu puntualización.

PD. gracias por tus aportaciones, que para mi, son de las más valiosas de este foro.

#45

Re: Dudas cuenta vivienda

Yo abri mi cuenta ahorro vivienda el 20 de Diciembre de 2006. Asi pues me expira el 20 de Diciembre de 2010.

De este modo, si yo no estoy mal informado, entro dentro de los 2 años de ampliacion, ya que afectan a todas la cuentas ahorro vivienda que han abierto en 2004, 2005 y 2006. Pero aqui esta lo que no entiendo, porque dicen que se amplian hasta el 31 de Diciembre de 2010, pero no tiene sentido dado que a mi me expira el plazo el 20 de Diciembre de 2010 y con la ampliacion me deberia expirar el plazo hasta el 20 de Diciembre de 2012.

Si no es asi, a mi la ampliacion no me afecta para nada, bueno, me da 10 dias de mas, cosa que no me ayuda mucho la verdad.

Asi que resumiendo, alguien podria explicarme porque pasa esto?

Muchisimas gracias.

#46

Re: Dudas cuenta vivienda

Aunque las declaraciones de algún miembro del Gobierno y lo escrito en muchos medios de comunicación dieron a entender, en un principio, que era una ampliación generalizada para todas las cuentas vivienda y, posteriormente, que era una ampliación de dos años para las que vencían en los años 2008, 2009 y 2010, uno aprende a no confiar, e irse a la publicación oficial.

Y así, el artículo 8, punto nueve del RD 1975/2008 establece literalmente:

"Nueve. Se añade una disposición transitoria décima con la siguiente redacción:

«Disposición transitoria décima. Ampliación del plazo de cuentas vivienda.

1. Los saldos de las cuentas vivienda a que se refiere el artículo 56 de este Reglamento, existentes al vencimiento del plazo de cuatro años desde su apertura y que por la finalización del citado plazo debieran destinarse a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y el día 30 de diciembre de 2010, podrán destinarse a dicha finalidad hasta el día 31 de diciembre de 2010 sin que ello implique la pérdida del derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.

Cuando el citado plazo de cuatro años haya vencido en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2008 y la entrada en vigor de este real decreto y el titular de la cuenta vivienda hubiera dispuesto entre tales fechas con anterioridad a dicha entrada en vigor del saldo de la cuenta a que se refiere el párrafo anterior para fines distintos a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, la ampliación del plazo establecida en el párrafo anterior estará condicionada a la reposición de las cantidades dispuestas entre tales fechas, en la cuenta vivienda antigua o en una nueva, en caso de haber cancelado la cuenta anterior. Dicha reposición deberá efectuarse antes de 31 de diciembre de 2008.

2. En ningún caso las cantidades que se depositen en las cuentas vivienda una vez que haya transcurrido el plazo de cuatro años desde su apertura darán derecho a la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual.»"

Real Decreto(BOE)

Se establece claramente que las cuentas viviendas cuyo plazo venza entre el 01.01.2008 y el 30.12.2010 tendrán hasta el 31.12.2010 para materializar el saldo en la adquisición de una cuenta vivienda. Además se prevé (al estar la norma publicada en el BOE de 02.12.2008) la posibilidad de reposición en la cuenta vivienda de las cantidades dispuestas para aquellos cuyo plazo finalizaba entre el 01.01.2008 y la entrada en vigor del RD.

El porqué, porque así lo han decidido los legisladores.

Saludos.

#47

Re: Dudas cuenta vivienda

Ing cuenta vivienda, una pregunta por favor, por error ing direct me ha abierto una cuenta vivienda con 100 euros, me han comentado que no pasa nada que la anule y punto, no tendre luego ningun problemas, gracias por contestar saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#48

Re: Dudas cuenta vivienda

Simplemente no te deduzcas la cantidad correspondiente a esos 100 euros, y a todos los efectos será una cuenta mas, sólo tendrás que declarar los hipotéticos rendimientos que te haya producido durante el tiempo que la hayas tenido abierta.
Un saludo.