Re: Dación en pago. Dudas
1 - Si que puedes pedir la dación, otra cosa es que la acepten ……………..y si en 2007 su valor era de 261.000 €, lo de la tasación es lo de menos, ya se ha demostrado que algunas estaban hinchadas ….. a no ser que esté en primera línea de mar, es probable que el valor actual sea un 25 ó 30% inferior, cada caso es un mundo, pero en esta hipótesis sobre los 180 – 200.000 €, tendrías que indagar si la cosa va por ahí, entonces en dicho supuesto si la deuda es de 233.000 €, van a intentar si les firmas un préstamo de 33.000 € a pagar en no sé cuantos años, y si no puedes luego hacer frente al mismo, como las cosas van a cambiar, mas tarde que pronto, pero cambiarán, cuando tengas una nómina procederán a su embargo, o sobre el coche, o lo que pudieras tener en el futuro.
2 – No lo sé, pero no creo que esta idea haya tenido mucho éxito, más que nada porque las entidades no aceptan, ya que al final solo se trata de poner más años a la deuda, o pasar a capital la deuda por intereses, con lo cual el problema solo se demora, no desaparece, y para el hipotecado son mas costes a la larga.
3 – Tampoco lo sé, supongo que es cuestión de hablar con tu banco y exponerle la situación.
4 – No es cuestión de si han aceptado muchas, pocas o casi ninguna, no es un asunto estadístico.
A ver “retomemos” el asunto desde una óptica distinta, pensando en las ideas de CX.
Hechos: TP = tu punto de vista, SP = su punto vista (o al menos es mi intuición)
TP: Tú tienes un problema serio.
SP: Ellos también porque no cobran, y hoy por hoy, pocas posibilidades de cobrar.
TP: Las cosas pueden cambiar a medio plazo.
SP: No lo contemplan, las normas contables les obligan a “dotar” (considerar pérdida) la parte de la deuda que razonada y razonablemente creen que no lo vale la vivienda, si hoy vale 200.000 €, el resto a pérdidas en sus cuentas. Si dentro de 5 años empiezan a cobrar ya declararán beneficios, esto no son opiniones, son normas contables. Bueno esto de las dotaciones en préstamos con garantía hipotecaria es algo más complejo, incluso en los porcentajes a considerar cada año, pero simplificando la cosa va así.
TP: Seguramente cobrarán, y por sentido común esperar será positivo para ellos.
SP: Olvídate de esto, no funciona así, las cuentas tienen unas normas, punto final.
TP: Que se vayan al cuerno, y que sea el juez el que subaste la casa, yo les facilito la labor, les doy las llaves ahora mismo, y así lo tienen más fácil, no tendrán que echarme de casa, ya me voy yo.
SP: No va así, lo que harán será pedir la subasta, y si no hay postores (compradores) cosa que es bastante habitual, porque últimamente los subasteros no tienen mucho interés, ya que el negocio de estas gentes, es comprar y vender más o menos rápido, pero si el mercado está apático, no acuden a las subastas, seguro que buena parte de estos señores, tienen mucho dinero invertido en ladrillos, y mas ya no quieren. Entonces el propio banco se adjudicará la vivienda ¿Por cuánto dinero? Pues por el 60% del valor de tasación, o si no son ellos directamente, y es una empresa filial suya, tal vez al 50%, esto no sé cómo va, antes era el 50% y ahora es el 60% el mínimo, lo que no sé es si solo afecta cuando es directamente el propio banco, es igual calculemos el mejor de los casos, entonces 337.000 de valor de tasación por un 60% = 202.200 €, que se aplicarán a rebajar tu deuda que dices que son 230.000 €, por lo tanto quedas en teoría endeudada por la diferencia que son 27.800 € que te reclamarán, intentaran embargar, vamos que toda tu vida será un “sin vivir”,
TP: Ah vale, entonces mejor que subasten.
Mi opinión: No, no, y no, porque de entrada su deuda se verá incrementada en los gastos legales, mira tú escritura en la parte que habla de garantía hipotecaria, dirá “la finca responde por un capital (o principal) de 269.000 €, mas dos años de intereses ordinarios, más un año o dos (no lo sé) de intereses de demora … y una cantidad x (pudiera ser de 25 ó 30.000 € o puede que mas) para costas y gastos en caso de ejecución, por tanto la deuda que tendrás no será de 230.000 €, será ella mas intereses de demora y los gastos, que bien puede subir a 250 ó 260.000 € todo sumado, entonces si se la adjudican por 202.200 €, el resto es deuda que te queda por pagar.
En consecuencia una dación en pago, aunque tengas que reconocer una deuda que te costará años pagar, me parece mejor solución que esperar a ver que dice el juzgado, porque casi me atrevo a asegurar que será mucho más dinero que un acuerdo con ellos, que vale que es una cabronada tener que irse de casa y además quedar endeudada por 20, 30 ….. mil euros, pero será menos que por el otro camino.
La idea es que les plantees la dación, y cuando te digan que no, les insinúas que por la vía del embargo y subasta, legarán al mismo lugar, la casa será suya de una, y que si aceptan tu propuesta se van a ahorrar todo el proceso para llegar, insistes, al mismo final, y no habrá gastos de abogados, que te irás voluntariamente sin necesidad de que venga un juez y los mossos d’esquadra a echarte de casa, y de paso sin gastos de abogados que también es un ahorro para ellos ……….. entonces en la segunda visita es probable que te propongan que tal vez, sin compromiso, podrían acceder si además firmas un préstamo de x miles de euros que te harán a 5, 6 ó 7 años, entonces a partir de aquí se trata de negociar que si 35, que si 32, que si 20.000 …. Y además algo muy importante, y es que no puedes firmar un préstamo para pagar cada mes ahora, porque como saben ya en el primer recibo no lo podrás pagar, pero que si te lo hacen a 10 años, y los primeros dos años de carencia, será por mucho que tu situación no cambie en dos años, y por tanto si el primer pago es dentro de 24 meses, tal vez …..
Bueno todo esto son hipótesis, porque te pueden mandar directamente al cuerno y todo esto que te digo ni se plantee.