En mi opinion, si el contrato de alquiler se redacta de forma correcta, siempre en el encabezado sale en que condicion actua el arrendador, es decir, que se pone:
" Don ............. como ARRENDADOR, declara que es propietario del inmueble sito en la calle ....."
Ten en cuenta que alquilar algo que no es tuyo, no es correcto, porque aunque tus padres te digan que te ceden el inmueble eso debe hacerse mediante donacion o usufruto y en escritura publica, no de forma verbal, otra cosa es que el inquilino no se mete en esos asuntos, es decir, que no es asunto del inquilino si los otros estan cometiendo una ilegalidad, por su parte no creo que tenga ningun problema..
Pero si sigues queriendolo alquilar sin mas, puedes poner en el contrato algo asi como:
- EL ARRENDADOR, Don ..............., actuando en este acto con consentimiento de sus padres como propietarios del inmueble, sito en la calle....................
- Y el ARRENDATARIO, Don...........
Se reunen en este acto y llevan a cabo el siguiente contrato de alquiler:........ por el que se percibira una renta mensual de.......... y que sera abonada todos los meses del 1 al 5 en la siguiente cuenta corriente............. cuenta que es titularidad del Arrendador..
En este caso seria bueno que comparecieran tambien tus padres para dar su consentimiento al acto, que, como ves, es una clara donacion ( encubierta) de esos ingresos, por los que no se ha pagado ningun tributo, tambien esta claro que alguien debe declarar esos ingresos en su IRPF,
De todas formas, si el inquilino se convierte en moroso, entonces ¿tu que haces? ¿ como te prosperaria una papeleta de demanda de deshaucio por impago en el juzgado? ¿ lo has pensado eso tambien? porque sin ser la propietaria ni la usufructuaria, lo tendrias complicado.. .
Yo en tu lugar preguntaria a un abogado o en la misma Hacienda, si hay algun impreso a rellenar de liquidacion por el que tus padres te ceden las ganancias de ese imueble durante un tiempo, sin necesidad de que haya escrituras, o solo mediante algun contrato privado,y si puede ser exento de impuestos aunque haya que declarar el hecho en si de la cesion.
Enterate tambien de como funcionan estas noticias que se oyen ahora en la prensa, justo hoy ha salido la noticia de que un promotor de Valencia, o eso creo, va a ceder 25 viviendas a familias deshauciadas durante un año ¿ como lo va a hacer este hombre , mediante que figura juridica ? la verdad es que un abogado seguro que sabe de estas cosas..