Una cosa es lo que comprasteis, y otra cosa es la garantía inmobiliaria que garantiza el préstamo.
El préstamo ICO, ¿Que garantías inmobiliarias tiene?
Si el préstamo ICO solo tiene como garantía el local, si forzais la ejecución solo podrán ir a por ese local.
En una ejecución hipotecaria, la cosa sale a subasta, y acudirán subasteros, o no, según la cosa sea más o menos interesante.
En este caso, la deuda original del ICO podría convertirse finalmente en unos 55.000 €.
A ese precio, podría resultarle atractivo a algún subastero probar y adjudicarse la puja por el importe de la deuda, y no habría sobrante.
Si yo fuese el banco, le "sugeriría" a algún "amigo" inmobiliario que pujase solo por el importe de la deuda, ya que si no, como banco me lo tendría que adjudicar por un 50 % del tipo de la subasta (115.000 €), y eso implicaría que además de no cobrar, encima os tendría que pagar dinero por quedarme el local.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!