Vamos a ver, en primer lugar y al margen de indignaciones, cabreos, el sentirse ninguneado, que hay que entenderlo siempre que uno tiene un conflicto con alguien, y tu prima estará muy molesta con la situación, es sumamente importante hacer un intento de "aparcamiento" de los cabreos a la hora de hacer cualquier análisis, porque en estas cosas lo ideal es ser capaz de entender las motivaciones de tu contrario, sus prioridades, el porque actúa de una forma u de otra, solo así uno es capaz de hacer un correcto análisis de la situación, y lo mas importante, poder adivinar, intuir ... lo que hará den defensa de sus intereses. No, no es necesario estar de acuerdo, pero si entender sus motivaciones, sus legalidades ... pensemos que ir un paso por delante supone tener mucha ventaja en cualquier conflicto, por tanto de esto se trata, de un intento de ir por delante ..... normalmente es lo que intento y no siempre consigo, comentar en los hilos, justificar el porque este es el camino no otro ..... Como eres de Barcelona, supongo que entenderás una expresión que mi difunto padre me recalcaba muy a menudo ... él de la gente que consideraba lista solía decir "quan tu hi vas, el ja en ve" (cuando tu piensas en ir, el otro ya está de vuelta) ....
Entonces en el caso que nos ocupa, te voy a indicar los motivos de tu parte contraria, que estoy seguro que entenderás, otra cosa es que estés de acuerdo ...
El banco prestó un dinero a tu prima y su compañero (lo de la boda no es relevante a estos efectos) considerando sus ingresos, sus trabajos, sus bienes, su antigüedad laboral, su moralidad como personas, y con ello consideró que podrían devolver el dinero, lo bancos lo consideran como análisis de la capacidad de pago de los peticionarios, tras ello y como sea que el importe a prestar era alto (todas las hipotecas lo son) y el plazo de devolución muy largo, entendió y esta es la forma habitual, que debían cubrirse con la hipoteca de una finca, "si se cae el cielo" (pierden el trabajo ...) tener algo con que agarrarse para cobrar de una forma que no les interesa, de casas no quieren, desean el dinero con los intereses .... estas fueron las condiciones, SU CONCURRENCIA, LA DE LOS DOS, Y LA FINCA COMO MAYOR GARANTÍA ... por cierto no son avaladores de nada, son los prestatarios, avalista es otra cosa, si quieres garantizan como personas, con su trabajo y patrimonio la deuda, pero el aval es otra cosa, bueno es igual, nos hemos entendido perfectamente.
Ahora resulta que tu prima y ex, cambian las condiciones, es algo no deseado, pero que solo depende de ellos, el banco no ha sido preguntado si acepta el "divorcio" o no, es un tema de ellos, por tanto a dicho banco ni le va ni le viene, ellos seguirán exigiendo lo que tienen contratado, la garantía de ambos de forma solidaria, y si leen la escritura, aún hay más, observarás que existe un pacto que dice algo así como "con renuncia expresa a los beneficios de orden, división y excusión", esto es muy importante, por cierto, si es excusión, no me he olvidado ninguna "ele" ... además en algún lugar dirá que la deuda es solidaria.
¿I això que carai vol dir?
Orden: No hay primer deudor y acompañante, el orden en el que aparezcan en la escritura no significa que uno es mas deudor que el otro, se ha renunciado al orden, por tanto los dos tienen el mismo rango, la misma categoría en la responsabilidad de la deuda.
División: No es divisible, no es el 50% cada uno, la deuda es por el total, ambos responden por toda, si uno paga mas que el otro, es un asunto que deberán dirimir entre ellos, al margen de sus relaciones con el acreedor, de ahí que además ponga que es solidaria ...
Exusión: No te afecta, pero de ahí la nota sobre los avales, aquí no hay, en consecuencia no te afecta, pero te explico, esto de la excusión, tiene que ver con con los avalistas, la verdad no me conozco mucho esto, no soy abogado, pero lo que supone de alguna manera es que no hay que ir primero contra los deudores principales y luego los avalistas, el beneficio de excusión, al que también se ha renunciado, supone que el banco puede ir contra el primero que le parezca, si estima que si va contra los avalistas cobra antes, puede hacerlo, incluso sin tener que ir antes contra los deudores principales.
Entonces les explicado bien, ninguno se puede desvincular de la deuda, salvo que el banco lo permita, un préstamo hipotecario es un contrato entre dos partes, en este caso tu prima y su ex y el banco, y para modificar dichos pactos, ambas partes tienen que consentir, si una no lo hace, como es el caso del banco, lo siento pero no hay modificación contractual.
Esto problema es muy habitual y lo único que se puede hacer es que cada parte pague la mitad de la deuda (1), y si no lo hace, que la otra parte inicie una reclamación, por justicia si es necesario, para exigir a la que no paga, que lo haga, pero esto no afectará nunca al banco, es un tema de relación entre "los socios - deudores" que se pueden divorciar de todo, de la hipoteca no, repito a no ser que el banco consienta, pero si que servirá para el que no pague pueda ser obligado a ello, y si no puede, como la vida cambia, las crisis acaban y todo eso ... con una setencia favorable, en unos años se puede ejecutare ir a cobrar contra el coche que se ha comprado, contra la nómina que tendrá en el 2017, contra la herencia que recibió de su Tía de La Habana, o lo que sea ...
Bueno, si en lugar de ir por justicia, ambas partes tienen buena relación, supongamos que la cuota es de 1.000 € al mes y uno de los dos solo puede pagar ahora 300, y los 700 los paga el otro, pues ir a notario, redactar un acta de compromiso, dejando claro que por las circunstancias actuales esto va a así, y comprometiéndose que cuando las cosas mejoren el que ahora paga menos, poco a poco liquidará la diferencia, este documento tendría un valor considerable si algún día hay que ir a las malas ..... y te diré mas, incluso pueden acordar entre ellos que como uno se queda en la casa, y por tanto se ahorra el alquiler que tendría que pagar si se fuera, pues acordar que el que se queda por ejemplo se compromete a pagar el 65% de la cuota y el que se va, con motivo que tener que atender a un alquiler que no tendría de vivir en la casa, pagará solo el 35% (por ejemplo) .... redactar un documento notarial en este sentido, y así las cosas quedan claras ....
perdón por el rollo ........... cualquier aclaración, ya sabes, si te puedo ayudar, encantado de hacerlo.