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Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

62 respuestas
Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?
Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?
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#17

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

Puedo desgrabar la parte de financiación que pida para un local sin que sea autonomo?Puedo utilizar el contrato del arrendatario como garantía para obtener financiacion?Creo que la financiación para un local es más cara y en menos plazo.Es así?Puedo pedir financiación para el bajo aumentando el importe de la hipoteca que tengo actualmente?

#18

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

El caso es que yo las rentas al declararlas evidentemente Hacienda me retendrá un %.El % que yo tengo que pagar al banco por financiación pongamos el 25% que serían 25.000 sería desgravable?

#19

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

Como deducción dse vivienda no podrás, ahora bien si este local lo alquilas, si que podrás deducir los intereses de la financiación en la declaración de impuestos, en la parte que corresponde a los rendimientos del capital mobiliario. 

Podrás deducir en parte lo que pagas al banco, los intereses, no el capital, pero también podrás deducir un % en cuanto a amortización de la inversión, creo que es un 3% anual, pero ojo solo de la parte que corresponde al vuelo, no al suelo, los terrenos no se amortizan, y como miembro de la comunidad hay una parte del valor de tu finca que corresponde al terreno. 

#20

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

El inmueble lo compro entre una de las razones porque va con inquilino incluido .El precio de compra del local serian 50.000 y el inquilino esta pagando 400 por lo que me parece un bien retorno .
Al no tener empresa o ser autónomo me puedo igualmente beneficiarme del coste de financiación que tenga y que otros gastos pudiera deducir?

#21

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

#22

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

Todos los gastos necesarios para obtener ingresos .....  los intereses obviamente,  y recuerda lo de la amortización ... esto se presenta cada año, en la declaración, para alquilar una finca, no hay que ser autónomo, es como quien alguila un piso ... declara los ingresos deducidos los gastos ....  

En el IPPF va en la parte de "rendimientos del capital inmobiliario" .... 

#23

Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

En el caso de pagar la mitad del valor del local en efectivo se puede considerar esa cantidad deducible o no .Hablas de desgravación por amortización esa cantidad se consideraría amortización o solo de la cantidades que amortize del capital pendiente. Que pasa con el iva?Que % se llevaría hacienda de los 400 euros?

#24

Ue Re: Novación de hipoteca para adquirir local - ¿seguire teniendo deducción por vivienda?

No, no, es un término contable, nada que ver con "pago de capital" ..... pongamos un ejemplo para que se entienda ...

 

Finca adquirida por 100.000 €  ¿cómo saber el valor del suelo y del vuelo? 

Muy simple, debemos tomar el recibo de IBI; supongamos que pone valor catastral 64.215 ... suelo 24.010, vuelo 40.205, en algunos ayuntamientos solo ponen uno de los valores y el total, si es así es solo cuestión de hacer la resta ...

Y esta proporción (ya que designa el catastro) está perfectamente admitida para el cálculo de la amortización.

Repito, no confundas con "amortización del capital prestado", que es simplemente lo que vas pagando.

Bien, segun el recibo de IBI un 37,39% es suelo (24.010 : 64.215), entonces la normativa te permite aplicar amortización por el valor de compra o el de catastro, por tanto en este caso es más conveniente tomar el de compra, porque es más alto.

Nos queda por tanto que según el catastro un 62,61% es la parte que se considera vuelo (construcción) 

Los terrenos no se amortizan, esta es una norma que los contables conocemos, así se actua siempre en la contabilidad.

Cada año, podrás considerar como gasto un 3% del 62,61% de los 100.000, o sea 62.610 € x 3% = 1.878,30 €, que será el importe considerado como gasto de depreciación de tu inversión, es un gasto que no pagas a nadie, pero a efectos fiscales te computa como si fuera una factura pagada de gasto, bueno es amortización.

Y este gasto lo podrás restar cada año, debas el dinero al banco o no, es la "depreciación" que se le supone a la finca por el uso.

Obviamente la parte del recibo de hipoteca que son intereses, puedes considerarlo todo como gasto. 

P.D. Por cierto del mobiliario, electrodomésticos, la amortización es del 10%