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Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

18 respuestas
Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?
Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?
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#9

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

Jejeje ...... si, pero por ello tengo que preguntar, ya sabes que la fiscalidad no es mío !!!!!!

 

¿es una sandez? 

 

Has visto esto ???? https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1166759-no-canjeamos-bankia-ahora-que?page=162#respuesta_2283316   indicando las reservas de lo de siempre (las tres verdades) esto de las tasas me parece algo raro !!!

#10

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

No, no es una sandez, de hecho es lo primero que se me ha ocurrido a mi; pregunta a tu conocido si no vería ahí riesgo de que le cogieran por conflicto de aplicación de la norma tributaria, porque yo creo que si Hacienda se pone tiquismiquis puede ir a atacar por ahí.

Y respecto a las tasas, estas no las puede cobrar el despacho y quedárselas él, como mucho veo un suplido: anticipas el dinero de la tasa por si se llega al juzgado y, si al final no se llega, se devuelve, pero desde luego un despacho de abogados no puede cobrar para él la tasa del juzgado.

#11

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

Lo del fraude de ley es algo que también pensé, pero tal vez, solo tal vez sea una cuestión de "espaciar" el asunto, se hace la donación y dentro de un tiempo se hace la extinción, pero tiene el riesto "político" de que el segundo paso no tenga la misma idea ... y por cierto (salvo error) en Madrid la donación de padres a hijos está bonificada al 99% !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! eso si el padre del valor de la donación puede tener un incremento de patrimonio a declarar en el IRPF. 

#12

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

A no ser que la hoja de encargo profesional, indique que en caso de que el estudio de la cuestión fuera negativo el despacho percibiría todo el anticipo como gastos de gestión, aún así si detalla que el concepto es tasa judicial, no tengo nada claro que pueda "reconvertirse" una tasa en indemnización. 

#13

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

Yo no lo vería en ese caso como una "reconversión" sino como una compesación de una deuda con un crédito a tu favor.

#14

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

Lo del incremento del patrimonio a declarar por parte del padre no hay forma de evitarlo.

Por otra parte aclarar que se puede llegar a eso mismo desde una venta como desde una donación solo que en el caso de Madrid por las razones que has dicho es muchísimo más ventajoso esto último.

Y respecto al espaciado, obviamente si lo dilatas más en el tiempo es más factible que no te pillen; pero hay que tener claro que dicho fraude de ley no tiene el plazo de prescripción de los 4 años que establece la LGT, es decir si cometes uno hoy y otro dentro de 5 años y te cazan te han cazado y no te puedes escabullir.

#15

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

Tal vez, en términos fiscales, no lo estoy analizando con la óptica correcta, y dejo constancia de nuevo que en la web profesional lo de la fiscalidad no está a mi cargo, simplemente porque no soy nada especialista en ello, aun cuando los conceptos generales los entiendo.

Bien, si un padre dona a un hijo, no está cometiendo ninga ilegalidad, ni tampoco fraude de ley, por más que luego plantee una extición de condominio con "el socio" en el indiviso, porque salvo error nadie está obligado a permanecer en un indiviso, e incluso si hay un pacto de no división de la cosa común, éste no puede alcanzar más allá de un determinado tiempo, no es legal pactar "indefinidamente" el mantenimiento de dicho indiviso.

Con cual estaríamos en una incongruencia, si por un lado es legal la donación ¿cuál es la obligación del contribuyente luego? no liquidar por extición y en su lugar como venta (la parte del tío) .... ¿en base a que normativa se puede amparar una posible inspección?  ¿en que el padre ha donado? si, y que !!!!!  ¿que luego tío y sobrino no se entienden y quieren partir peras? ¿acaso tendrían que prever que la relación no iba a ser la misma que dos hermanos? ¿bajo que concepto no pueden liquidar la situación real? ¿que puede alegar la administración tributaria correspondiente? 

En que parte me estoy liando ???????

 

#16

Re: Compra piso a padre y tío. ¿Cómo hacerlo?

No te estás liando, el que lo está liando soy yo por haber pensado en el riesgo del fraude de ley desde el principio y te agradezco que me hayas sacado del error

Efectivamente por más que lo pienso no encuentro por qué no se va a poder hacer eso y la inspección no tendría nada para alegar el fraude de ley.

En resumen, para mi la mejor opción sería:

1.- Donación/compraventa del padre al hijo por la parte correspondiente.
2.- Consolidación del dominio.

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