Un crédito abierto no tiene necesariamente que ser un mal negocio si sabes lo que realmente estas comprando, lo cual no es nada fácil, ya que por lo que estoy viendo está a la orden del día que te expliquen solo media película, olvidándose casualmente de la parte más interesante (para ellos, no para el hipotecado).
Hace unos 5 años pedí una hipoteca abierta, y no precisamente en esta entidad tan criticada en los foros de rankia, firmé por 250.000 euros, el 80% de la tasación, y sobre mi vivienda habitual que ya estaba pagada (no hacía mucho, pero pagada), pagué una comisión del 0,55% sobre los 250.000, pero pedí una primera disposición para un pequeño apartamento por 125.000,00, no os quiero ni contar lo que costó hacerles entender que hacia una hipoteca abierta por doble de lo que precisaba, ellos erre que erre que la hipoteca abierta tenía que ser de 125.000 aún cuando la tasación y el resto de documentos les cuadraban perfectamente con sus esquemas de concesión, al final lo conseguí, el contrato indica que para disposiciones inmobiliarias es el Euribor mas 0,50, y para otro tipo de disposiciones el Euribor mas 2,50, bien, al cabo de un año aproximadamente tuve la ocasión de adquirir un parquing, pues disposición de hipoteca abierta a precio de “inmobiliaria” , o sea al 0,50. Hace 2 años y algo, tuve la oportunidad de cambiar el apartamento por uno que entendí mejor situado, vendí el viejo (el de la primera disposición) pagué a la entidad financiera, y pedí una nueva disposición para pagar el nuevo apartamento, obviamente al 0,50 al ser “disposición para bienes inmobiliarios”.
En resumen he pagado una sola vez la comisión de apertura, aunque de los 250.000 euros, una sola vez los gastos notariales, registro, tasación y gestoría, y en realidad he disfrutado o he padecido (depende como se mire) de 3 préstamos hipotecarios, para tres fines distintos, en consecuencia y si bien me tengo que comer el 0,50 que es bastante bueno, no tengo oportunidad de cambiar a hipotecas de bancos on-line a precios más baratos, pero por el contrario creo que me he ahorrado bastante en gastos, y en estrés, ya que las segundas y sucesivas disposiciones la concesión y sus parámetros están perfectamente indicados en la escritura, a mi me dice que “la capacidad de retorno no debe superar el 40% de ingresos netos justificados”.
Es lo de siempre, si consigues que te expliquen bien como funciona un tema tu puedes ver si es tu producto o no lo es, ahora bien si es como casi siempre que te cuentan lo que quieren que oigas, luego pasa lo que pasa ….. y más bien no es culpa del hipotecado, a mi juicio son más culpables las entidades, ya que en teoría son los especialistas en sus propios productos, y no deberían “vendernos” lo que a ellos les interesa sin contar si a nosotros también nos conviene, se dice que UN BUEN NEGOCIO ES CUANDO LAS DOS PARTES TIENEN GANANCIAS, NO ES BUEN NEGOCIO A MEDIO PLAZO (NI PARA EL QUE VENDE) CUANDO EL BENEFICIO ES SOLO PARE UNA PARTE.