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Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

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Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)
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Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)
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#1

Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Buenas tardes.

Me gustaría saber si en el caso de heredar cinco sextas partes de una vivienda en un pueblo (no la habitual), tengo que pagar los impuestos correspondientes (IBI, basura...), declaración de IRPF, facturas por reformas y obras necesarias que hay que efectuar, gastos comunes, etc., como si hubiera heredado la totalidad del inmueble.

La sexta parte restante pertenece a una persona fallecida cuyos descendientes no se han hecho herederos de la misma ni quieren saber nada, pero son como el perro del hortelano.

¿Qué pensáis que es lo más conveniente que haga?

Saludos.

#2

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Si tienes que intentar cobrarles la sexta parte que les corresponde en el prorrateo de los gastos lo vas a tener muy complicado.

Intenta que te vendan su parte todos (sino son todos no interesa) y no te importe pagar más que el mercado porque compensa.

Su parte les permite el uso y disfrute y como dices hacer lo del "perro del hortelano" porque nadie les puede obligar a romper la comunidad, si quieren seguir así para siempre e impedir una gestión decente.

Si te resulta util puedes votarlo, gracias.

Un saludo

#3

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

A lo dicho por Madoz añadir que efectivamente ellos se deberían hacer cargo de esa parte, pero va a ser complicado...

Por otra parte, y al objeto de resolver el conflicto, puedes plantear una disolución del condominio o vender el bien al capital privado; lo primero es caro (y puede suponer que te no te quedes con el bien, aunque te llevarás algo de dinero) y lo segundo va a implicar un importantísimo descuento del precio.

#4

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

 

Yo no lo tengo tan claro, esto de:

 porque nadie les puede obligar a romper la comunidad

Ahora bien, si te refieres a que una cosa es la teoría y otra muy distinta, la práctica, estamos de acuerdo, es un "embolao" de tres pares .... para empezar ¿quien el heredero, quien ha aceptado la herencia, o quien tiene derecho a ella? 

Código Civil:

Artículo 400

Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.

Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años. Este plazo podrá prorrogarse por nueva convención.

Artículo 401

Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, los copropietarios no podrán exigir la división de la cosa común, cuando de hacerla resulte inservible para el uso a que se destina.

Si se tratare de un edificio cuyas características lo permitan, a solicitud de cualquiera de los comuneros, la división podrá realizarse mediante la adjudicación de pisos o locales independientes, con sus elementos comunes anejos, en la forma prevista por el artículo 396.

Párrafo 2.º del artículo 401 introducido por Ley 49/1960, 21 julio («B.O.E.» 23 julio), de Propiedad Horizontal. Ir a Norma

Artículo 402

La división de la cosa común podrá hacerse por los interesados, o por árbitros o amigables componedores nombrados a voluntad de los partícipes.

En el caso de verificarse por árbitros o amigables componedores, deberán formar partes proporcionales al derecho de cada uno, evitando en cuanto sea posible los suplementos a metálico.

Artículo 403

Los acreedores o cesionarios de los partícipes podrán concurrir a la división de la cosa común y oponerse a la que se verifique sin su concurso. Pero no podrán impugnar la división consumada, excepto en caso de fraude, o en el de haberse verificado no obstante la oposición formalmente interpuesta para impedirla, y salvo siempre los derechos del deudor o del cedente para sostener su validez.

Artículo 404

Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio.

Véanse artículos 821, 822, 1062 y 1513 de este Código.

Artículo 405

La división de una cosa común no perjudicará a tercero, el cual conservará los derechos de hipoteca, servidumbre u otros derechos reales que le pertenecieran antes de hacer la partición. Conservarán igualmente su fuerza, no obstante la división, los derechos personales que pertenezcan a un tercero contra la comunidad.

Artículo 406

Serán aplicables a la división entre los partícipes en la comunidad las reglas concernientes a la división de la herencia.

#5

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Yo lo he resumido, queriendo explicar que si la voluntad de los otros copropietarios es no vender, no se puede disolver la copropiedad y él no puede hacerse propietario del todo.

Por eso tiene que ser una acuerdo voluntario y porque una vivienda no es divisible y sobretodo porque la venta judicial a publica subasta sería por un precio ínfimo que perjudicaría a todos.

Un saludo

#6

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Pero puede provocar la división de la cosa común en subasta pública, mal plan, pero posible .... porque se puede econtrar que el que quede fuera sea él, no los de la sexta parte.... o que vaya a tercero. Desierta creo que no, porque con hacer oferta él ya no hay arena.... 

#7

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

En publica subasta para cedersela a él, tendrían los demás que dar el consentimiento igual que si hay acuerdo voluntario.

Mejor intentar acuerdo que ir por las bravas.

Un saludo

#8

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

¿Estás seguro de ello? Porque creo que con pujar a un precio razonable (no sé si será de aplicación lo del 70%) podría ser suficiente para adjudicárselo...

Voy a pasar el hilo a Tristán a ver si nos hace el favor de aclararnos la situación.

#9

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Eso depende de lo que se quiera, los copropietarios pueden participar en la subasta y subirlo tanto como quieran... Ahora voy detrás de una subasta en Barcelona y los copropietarios quieren pagar a precio de mercado... Evidentamente no iré a perder el tiempo pero el precio no será infimo... Depene de quien sea el copropietario

#10

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

No soy tan experto como Tristan pero algo puedo aportar, las subastas de división son especiales ya que las reglas del juego las pone normalmente la parte demandante es decir (juego a lo que quiero) si quieres que suba mucho pon que no hay derecho a mejor postura y todos a la yugular en la subasta, que quieres quedartelo tu poner que solo la parte ejecutante tiene derecho a mejor postura... Hay mil maneras de solucionarlo aunque las divisiones baratas no son...

#11

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Pues muchas gracias por la aportación, son cosas que no sabía.

#12

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Si algún dia tuvieras que hacer una hazla con un buen abogado marca la diferencia de una buena subasta de un desastre total... Jotaerre es todo un experto en estas cosas

#13

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Si algún dia tuvieras que hacer una hazla con un buen abogado marca la diferencia de una buena subasta de un desastre total... Jotaerre es todo un experto en estas cosas

#14

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Gracias por invitarme a participar en este interesante hilo.

Tal como yo lo veo la única solución es iniciar el procedimiento judicial de disolución del proindiviso, pues como la propiedad no es divisible en partes sin perder su esencia, el único camino es la venta judicial a terceros con el consiguiente reparto entre los copropietarios del dinero recaudado.

El problema es que una de las participaciones es una herencia yacente cuyos legítimos herederos no se acaban de hacer cargo de ella. Esto puede crear problemas en cuanto a las notificaciones del procedimiento de disolución pues supongo que todos esos herederos deberán ser notificados. A menos que dicha herencia esté en algún juzgado, en cuyo caso supongo que bastaría con notificarlo a la herencia yacente y listo.

Ahora bien, a las disoluciones de proindivisos nadie se puede oponer porque el juez la va a llegar a cabo estén todos de acuerdo o no lo estén.

En cuanto a los impuestos de IBI, comunidad de propietarios y todos cuantos gastos esté pagando por adelantado Pato3000, que los pague y que luego los aporte en el procedimiento judicial, pues el juez ordenará que se les descuente a los de la sexta parte indivisa la parte alícuota que les corresponda de dichos gastos.

#15

Re: Problema con herencia de casa (heredo cinco sextos)

Buenos días, pues yo me auto-invito, con permiso y por alusiones de tonigs (excesivas, como siempre, hay que ver lo que hace compartir sushi de vez en cuando...).
Tristán tiene razón, y no es tan complejo demandar a una herencia yacente, puede bastar hacerlo en la persona de un posible heredero.
Y, a la compensación de esos gastos con el precio obtenido en subasta, se le pueden añadir las costas, con lo que ese 1/6 quedaría en nada para la herencia yacente, e incluso permitiría al actor adjudicarse el 100 % sin pagar nada.
Cómo plantear las reglas de la subasta, ya depende de si el interés es vender ya o adjudicarse el 100 %.
Saludos,

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