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Por favor, algunas referencias.

7 respuestas
Por favor, algunas referencias.
Por favor, algunas referencias.
#1

Por favor, algunas referencias.

Buenas foreros,
estamos en fase de estudios de hipotecas y casi me quedan claros todos los conceptos pero me faltaria tener algunas referencias sobre las vinculaciones que suelen aparejar por ejemplo:

- Qué precio se considera bueno en un seguro de hogar que te ofrezcan como vinculación? 200-300 año?
- Que precio se considera razonable para uno de vida?
- Cuánto tiempo, legalmente establecido, debes o tienes que estar vinculado a los seguros?
- Que porcentaje de comisión de apertura, ya sé que mejor sin, en caso de que la oferta sea buena es razonable?

En una de las ofertas que tenemos sobre la mesa los gastos de notarías, registros etc me parecen carisimos. Es razonable pedir presupuestos en gestorias/notarias para elegir cual mas me convenga? Hasta que punto es vinculante en las ofertas esa libertad de elección?

Gracias.

#2

Re: Por favor, algunas referencias.

Buenas Jaume, vayamos por partes.

  1. Los precios de los seguros son muy complicados de pronosticar. El precio seguro de vida puede variar considerablemente de un contratante a otro y dependiendo de la cobertura. Con ING, suelen costar alrededor de 250 € al año. El de hogar, por el estilo. Pero como te digo, no quiero pillarme los dedos, así que lo mejor es que lo consultes directamente con tu banco.
  2. Desde hace un par de años, puedes acogerte al derecho de desistimiento unilateral que recoge el art 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro mientras no hayan pasado 30 días desde la firma del contrato. El problema con la vinculación de los seguros es que las entidades bancarias te dicen: si mantienes este seguro durante toda la vida del préstamo, el diferencial te bajará en X%. De esta forma, te lo podrías desvincular pero afectaría a tu cuota mensual. En el siguiente enlace se muestran los posibles casos de aplicación de un seguro de la hipoteca y cómo desvincularte.
  3. El Banco Santander, por ejemplo, tiene una comisión de apertura del 0,5%. La comisión de apertura más alta que he visto la tiene Banco Mediolanum con un 1%.
  4. Los gastos de notaría y gestoría están regulados por ley, difícilmente variará el precio entre unas y otras.

 

Como has comentado que estás en fase de estudio de hipotecas, quizás te interese consultar las  Mejores hipotecas Julio 2016 o las  Mejores hipotecas a tipo de interés fijo 2016. Saludos!

 

 

#3

Re: Por favor, algunas referencias.

Buenas. Gracias por la respuesta.
Más o menos lo que me imaginaba. Únicamente respecto del tema notarial...
Las tasas están reguladas legalmente pero otro asunto en el precio son las minutas que puedan inflar el coste,tengo entendido...

#4

Re: Por favor, algunas referencias.

Para los seguros, depende de cada immueble y cada situación personal.

Coje rastreator, y mira a cuanto te salen en algunes compañias...echas números, y comparas si merece la pena...

#5

Re: Por favor, algunas referencias.

En el tema minutas tienes razón, aunque ese sobrecoste es porcentaje pequeño con respecto al coste total. Si no recuerdo mal, en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) tienes una calculadora de la minuta de notarios y registradores, seleccionando el tipo de operación que vas a realizar, en este caso, la de apertura de un préstamo hipotecario. Saludos.

#6

Re: Por favor, algunas referencias.

Un sobrecoste bastante habitual es facturarte (y entregarte) más copias simples de las que precisas, he visto minutas con 7 copias simples para la escritura de compra venta, cuando en realidad con tres es más que suficiente, una para el vendedor, una para ti, y otra que necesita la gestoria para presentar el impuesto ... cada simple puede costas unos 12 euros.

Luego de la hipoteca con dos simples es suficiente, una para la gestoria, otra para ti, y si me apuras una tercera para el banco.

Con lo cual la mejor solucición es que cuando firmes dejes claro al notario que solo aceptarás 3 simples para cada cosa, y si tienen que hacer alguna adicional, la autorizás si te justifican el porque es precisa.

Luego, otra cosa que hacen, es utilizar mas folios de los necesarios, ten en cuenta que el precio de cada folio está regulado, incluso lo está el paso de letra y lo márgenes de dichos folios, con lo cual no te pueden facturar de más, pero si por ejemplo entregas 3 cheques, pues utilizar una hoja para cada cheque, y para el colmo otra hoja para la acreditación de la cuenta en la que se carga, cuando en realidad, en un folio se pueden fotocopiar los 3, y poner abajo la cuenta de la que sale el dinero. Cada folio (cada cara) son tres euros y pico.

Otra cosa rara que he visto, es que en lugar de fotocopiar el recibo de IBI, que hay que ponerlo, nada, pedir los datos catastrales a Hacienda, cosa que los notarios lo obtienen on-line, y como son 4 ó 5 folios, en los que anotan los linderos, plano, etc., pues nada 4 o 5 páginas adicionales que se facturan.

¿Todos los notarios hacen esto? No, ni de coña, pero si algunos que parace "que distribuyen" los folios y las copias simples barriendo para casa.

Y cuando hay una gestoria de por medio, y la habrá, porque el banco te lo va a exigir como condición "sine quanon", para garatizarse que su derecho de hipoteca se va a registrar adecuadamente, los plazos de impugnación de la minuta, no sé ahora si son 15 o 20 días ¿pero qué ocurre? la factura la entregan a la gestoria con la que habrás firmado una delegación de gestión a su favo, y tal gestoria de tu provisión de fondos va descontando, hasta llegar al final que te devolverán un pequeño sobrante o, en su caso, pedirte un pequeño faltante. Como todo el proceso es lento, puede tardar fácilmente un par de meses, cuando no son tres, la factura del notario la verás entonces, y fuera de plazo para impugnar (si fuera el caso). 

Por tanto como titular del pago al notario, aunque lo liquide tu gestoria (la del banco) tienes derecho a que te den una copia de la factura, y como te dije los plazos son cortos (15 ó 20 días hábiles, creo que 15, que más o menos son 20 días reales) con la factura puedes revisar si hay mas copias simples de las solicitadas o preguntar sobre los folios de la matriz (original) .... de todas formas si cuando sales de notaría ya les indicas que de copias simples solo aceptas (salvo que te indiquen la necesidad de alguna otra) x copias, lo más probable es que en la notaria vean que sabes de que va esto y no hagan "inventos" ............

Como ves no es que te facturen nada ilegal, al menos yo no lo he visto nunca y tengo una web profesional de reclamaciones, lo que si se tercia  es prestar servicios no solicitados o no necesarios. 

 

#7

Re: Por favor, algunas referencias.

Buenos consejos ...Gracias!

#8

Re: Por favor, algunas referencias.

Respecto a los seguros conviene preguntar su coste en distintas entidades pues hay grandes diferencias de precio, aunque eso sí, partimos de la base de que todos son caros en comparación a si los contrataras directamente con la aseguradora.

Un punto a tener en cuenta es conseguir que al menos cancelar el seguro de vida no repercuta demasiado en el diferencial (0,1%) pues aunque al principio no te compensará cancelarlo, quizás cuando te queden pocos años te salga a cuenta pagar ese 0,1% de más, pero ahorrarte la cuota anual del seguro.