A ver Tristán, es curiosidad… nada que decir sobre la deuda es solidaria, para algo los contratos nos obligan a renunciar expresamente a los beneficios de orden , división y excusión, pero teóricamente si yo pago el 100% de la hipoteca y mi compañera no apechuga con su parte, y no es mi caso, afortunadamente no tengo el problema económico que suele suponer una separación, porque sigo con la misma situación familiar que hace 20 años, repito es solo curiosidad ¿no existe alguna forma de reclamar una mayor aportación patrimonial una vez iniciados los trámites de divorcio, cuando se supone que ya no hacemos bote común?, es que no sé donde leí que para ser propietario de una cosa es una prueba casi siempre suficiente la titularidad de la misma, mientras no exista prueba en contrario, y aquí puede existir precisamente esto “prueba en contrario”.
Para el ponente, si no se paga la hipoteca, el banco/caja irán por “el camino de en medio”, si no cobran ejecutan, y no les importa, ni les debe importar, quien paga, que para ello el contrato es solidario como dice Semam
Saludos.-
Xavier