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Clausula suelo CAJASUR

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Clausula suelo CAJASUR
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Clausula suelo CAJASUR
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#406

Re: Clausula suelo CAJASUR

Según tengo entendido, se debería haber incluido el recalculo de cuadro de amortización en el RD,como no se incluyó, Cajasur dá por zanjado el tema devolviendo los intereses cobrados de mas y parece que no piensan hacerlo. Se puede ir a Tribunales a demandar por recalculo de cuadro de amortización, pero si se firma el acuerdo con el banco, será más difícil (eso entiendo), por eso es importante saber si también les han ingresado la cuantía de intereses de la carta a quienes han dicho en sucursal que no están conformes.

#407

Re: Clausula suelo CAJASUR

El decreto que ha lanzado el Gobierno es puro humo, en realidad no obliga a nada, realmente "perjudica" o más bien diría no ayuda a los afectados. Es como querer pasar un expediente, un calla bocas para los afectados y un no quedar mal ante la banca, no por nada, los partidos politicos le deben mucho a los bancos.

Ademas el decreto es bastante ambiguo en muchos puntos por lo que no hay problema si se adoptan medidas que no se adaptan a lo que dice.

Referente a tu planteamiento, ten en cuenta dos cosas la primera es que las entidades realizan sus estrategias "barriendo para su casa" en el caso que nos ocupa, sus recalculos estan por debajo de lo que corresponden, por mucho que algunos les extrañe que hagan recalculos mal hechos, asi son., demostrado por cuadros de amortizacion realizados por gabinetes periciales y refrendados por el colegio de peritos. Y segundo las negociaciones personales seran eso personales, y no standarizadas por lo que un caso puede ser diferente a otro. Pero en tal negocaicion, el cliente si acepta su cuadro de amortizacion no le pagan los intereses de demora, y ademas de eso firman un acuerdo de confidencialidad, o sea que tú estas de acuerdo en lo que te propone el banco y encima te comprometes por escrito a que no vas a decir "ni mu", y a lo mejor en casos puntuales hasta que no ejerceras nigun tipo de demanda judicial.

en el caso de los que reciben transferencias sin previo aviso, si no se esta de acuerdo tan sencillo como realizar una carta exponiendo el desacuerdo de dicha transferencia y dejando claro en ella que dicha transferencia se ha realizado sin negociacion alguna y por criterio de una sóla parte, y a la demanda.

 

En cambio si lo que se quiere es terminar el asunto aceptando la cantidad que propongan aun estando por debajo de lo que correspondiera, pues mas facil todo.

#408

Re: Clausula suelo CAJASUR

A mi me han ingresado sin firmar, el mismo dia 22 de mayo. No firmes te van a ingresar.Ademas en el documento a firmar te hacen renunciar a reclamar los gastos de formalización de hipoteca.A ellos no les interesa no ingresar porque se le acumulan intereses a pagar.

#409

Re: Clausula suelo CAJASUR

Recibi la carta el diez de mayo, no firme la conformidad y el dia 22 me ingresaron sin avisar.

#410

Re: Clausula suelo CAJASUR

Esa es la duda que tenía, siendo así, interesa no firmar, ingresan lo de los intereses y luego, a pensar que hacer. ¿qué le dijo a la persona del banco? ¿que no estaba de acuerdo y ya está? ¿le dió algún escrito al banco?

#411

Re: Clausula suelo CAJASUR

este post se me habia quedado atrás.

 

¿has recibido los intereses cobrados de mas por CS correctos? pues esto es novedad.

¿Puedes indicar si has realizado tu cuadro de amortizacion con calculadora on line o peritaje?

Por otro lado, ¿te estan pagando todos los años? es decir de ¿2009 a 2013?

#412

Re: Clausula suelo CAJASUR

Los intereses por CS correctos.

Pagan todos la años y cálculo ok.

Estudio online y de mi abogado teniendo en cuenta amortizaciones parciales que hice. El banco me ofrece poco más que nuestros estos cálculos.

Los intereses legales no los abona.

Mi disconformidad es por que no me amortizan unos 3300 euros de capital que hubiera amortizado si no hubiera tenido CS desde que firmé hasta que me quitan la CS en 2013.

#413

Re: Clausula suelo CAJASUR

Perfecto me alegro de que sean correctos los calculos , dare un margen algo mayor para recibir la carta ya sabiendo ésto por si corremos la misma suerte, en ese caso por el tema de los itnereses legales puede que me replanteara si meterme en via judicial o no , en mi caso la hipoteca esta muerta por lo que "no me afecta" lo que comentas del capital amortizado. Lo entrecomillo porque en realidad,  me afectó tambien aunque la hipoteca este vencida.

Referente a la diferencia de cuota. ¿El cuadro de amortizacion que teneis está invariable?, es decir se abonan los intereses y el cuadro de amortizacion¿ es exactamente el mismo en capital pendiente?.

Logicamente al tener un porcentaje de interes mas alto mensualmente con CS, se paga menos capital, o seas, se amortiza menos capital mensualmente, esa diferencia de capital NO AMORTIZADO respecto a tener CS y no tenerla DEBE IGUALMENTE DE SER DEVUELTA POR EL BANCO.

#414

Re: Clausula suelo CAJASUR

Pues eso pienso, paso por no cobrar los intereses legales, al final y al cabo es un acuerdo, pero no estoy conforme con que no descuenten el capital que hubiera amortizado de mas sin CS, y eso no lo hacen ya que no está así recogido en el RD.

Esa es mi cuestión para no estar conforme, son unos 3300 que deberían de restar al principal pendiente.

#415

Re: Clausula suelo CAJASUR

Claro, es que esa diferencia de principal tiene que estar descontado del principal actual, es dinero de menos que deberías de deber al banco si no hubiera habido CS. Más que devolverlo lo que tendrian es que descontarlo del principal para que el cuadro quede real a la situacion que se plantea sin CS.

Lo que no se si en las Sentencias se recoge ésto. ¿Alguien sabe si hay Sentencias que incluyan no solo los intereses de demora en la devolucion sino también la diferencia de cuota del principal no amortizado por efecto CS?

Leete este enlace:

http://www.youbank.eu/clausula-suelo/importe-a-reclamar-por-la-clausula-suelo/

 

 

 

 

#416

Re: Clausula suelo CAJASUR

Exactamente, pienso igual.

#417

Re: Clausula suelo CAJASUR

PUes al hilo del asunto recordaba haber estando comentando este caso  antes (tanto hemos hablado ya que se me escapa la totoalidad de todo lo que hemos hablado), con Federico que es abogado y le pregunte esa misma pregutna si habia sentencias que reflejaran este capital y su respueta fue la siguiente, puesto la he buscado:

 

Buenas tardes,

El resultado es el mismo ya sea sólo mediante la devolución de los intereses indebidamente cobrados o mediante devolución parcial de intereses y amortización de capital. Te lo explico facilmente con números:

 

El cálculo de intereses indebidamente cobrados en aplicación de la cláusula suelo da 20.000€.

Opción 1), el cliente recibe 20.000€ en concepto de devolución de intereses indebidamente cobrados y no se toca el capital.

opción 2), si no hubiera tenido cláusula suelo hubiera estado amortizando más capital, pero en consecuencia pagando un menor interés, de manera que en este caso recibirá tambien 20.000€ pero fraccionados de esta manera 8.000€ serán vía amortización de capital y 12.000€ en concepto de devolución de intereses.

Hasta ahora se solía hacer la opción 1), pero con la Sentencia del TS de 24/2/2017, si aplicamos el 1.303 CC, se debe aplicar la opción 2. Personalmente considero que para el consumidor la opción 1) es mejor  ya que de esta manera tiene total libertad de hacer lo que estime oportuno con su dinero.

Saludos,

#418

Re: Clausula suelo CAJASUR

Efectivamente, es mejor que te devuelvan todo a que parte se amortice y parte te la ingresen, la cuestión es que pagan solo la parte de intereses cobrados de mas, no devuelven ni descuentan la parte que hubieras amortizado de mas, por lo menos en mi caso, que son unos 3300 aparte de lo que me devuelven.

#419

Re: Clausula suelo CAJASUR

Mi punto de vista, es que si te ingresan la parte de intereses , eso ya lo tienes en el bolsillo, ahora el documento que te presenten no estas de acuerdo con el por lo que no lo firmas, y presentas una carta de reclamacion con un cuadro de amortizacion alternativo solicitando la parte de capital que debiera de ser devuelto al haberse amortizado sin CS.

Ahora te toca esperar contestacion que seguramente se eternizara o simplemente no te contestarán pero bueno, tu tambien tienes tiempo suficiente para pensarte si quieres ir por ese importe judicalmente o cae en saco roto la reclamacion y quedas conforme.

#420

Re: Clausula suelo CAJASUR

Ese creo que es el camino. Ok.