Hola :
Yo soy de Valencia y, aunque con ciertas dudas y recelos, he enviado la documentación en abril, despues de que me dijeran que era viable.
He estado esperando dos años a que los juzgados se aclarasen sobre el impuesto AJD porque en cada sitio de España decían una cosa distinta. Incluso en una misma ciudad, había sentencias contradictorias sobre el AJD ( precisamente los dos tercios de los gastos ). Ahora el Tribunal Supremo ha dicho que el impuesto AJD corresponde al prestatario, pues vale, ya está claro que esto no se puede pedir.
He llamado por teléfono a los de ADS para consultar dudas, en concreto :
Parece ser que en provincias tienen abogados colaboradores porque ya me imagino que un solo señor no se puede ocupar de los miles de casos que deben tener en danza, que ya me avisaran para hacer el apud acta al procurador que me digan y me dirán el abogado de zona que me toca.
Sobre el tiempo me han dicho que en uno o dos meses me avisarán. Ya veremos.
Sobre esto de la reclamación, siempre he pensado que prefiero equivocarme por intentar hacer algo que por no hacer nada. A veces me llevo tortas. Otras veces me sale bién. No sé que pasará en este caso de los gastos de la hipoteca.
Respecto del tema de si los de ADS se comportan o no se comportan, parece ser que, si el trato con el cliente no es correcto, se puede presentar una queja en el Colegío de Abogados de Madrid. Esperemos que no sea necesario.
Sobre el tema de pagar las costas del Banco en caso de perder totalmente el juicio y el juez deniegue todo, me imagino que sí, que nos tocará pagar las costas de Banco, aunque seguro no estoy. Por favor, si alguien lo puede aclarar que lo aclare.
Otra cosa, en la web de ADS abogados no puedo ver los ejemplos de sentencias que ponen "nuestras sentencias", me dicen que debe ser un problema informático. Antes si que se podían visualizar los pdf.
En fin, consultaré de vez en cuando este hilo a ver si me voy aclarando. Gracias por vuestras aportaciones.