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¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

57 respuestas
¿Qué pasa con la construcción en Marbella?
¿Qué pasa con la construcción en Marbella?
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#17

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

El sociata es el hombre de paja, y con sus beneficios haría lo que fuera. Por cierto, a esas sociedades repito, qué coño les hacía falta un registrador que simplemente le da publicidad a la propiedad de una vivienda? Si precisamente lo que querían es lo contrario. El dinero viene de fuera y no lo traen para emprender, sino para blanquear. ¿Justificar movimiento de dinero? Es que ejtovaparriba y estátodovendido. ¿Te suena?

#18

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

Que bancos estan involucrados en la trama???

#19

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

Manual de los lavanderos de dinero: Negocios que generen cash (panaderias, boleras, gasolineras, ocio, construccion....) No para hacer dinero con ellos(si se puede tambien, pero su "negocio" es más rentable) sino para diluir en esas cajas que facturan ganacias que no corresponden a los negocios, capicci? Por supuesto negocios que tengan relacion con el exterior son bienvenidos, para faciluar movimeintos de entrada y salida (te suenan los clubes de futbol?)

La publiciad registral es basica en el sistema español para evitar embargos y demás, capicci? El anonimato se consigue a traves de las sociedades.

Lo siento Mmartin , pero la lección por hoy ha acabado.

#20

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

Ni idea.

#21

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

Tu sigue con tus ataques ad hominem, que es lo tuyo. Como no puedes atacar al mensaje, pues al mensajero. Pues vale, lo que tu digas. Sigo diciendo lo mismo, para qué dar publicidad a algo que se ha comprado integramente con dinero negro? Para pedir una hipoteca y desgravarse? Y si hacienda quiere embargar una propiedad de una de esas empresas fantasma? Para qué coño les sirve que esté registrada?

El Registro sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.
¿Qué se inscribe en el Registro?

Los documentos que se refieren a la adquisición de bienes inmuebles, derechos reales que recaen sobre ellos tales como la hipoteca o las servidumbres y resoluciones judiciales o administrativas que les pueden afectar como los embargos.

¿Qué documentos acceden al Registro?

Generalmente acceden los documentos públicos, tanto notariales y judiciales como administrativos y solo en los casos previstos pueden acceder documentos privados, como por ejemplo, distribución de responsabilidades hipotecarias entre varias fincas, adjudicaciones hereditarias con heredero único.

¿Es obligatorio inscribir?

No. En el Derecho español es voluntario inscribir.

¿Qué ventajas se obtienen al inscribir en el Registro?

Se obtiene seguridad jurídica pues, una vez inscritos, los derechos se encuentran bajo la tutela de los Tribunales y se considera como cierto solo lo que dice el Registro. La inscripción de los inmuebles facilitan su transmisión y la obtención de financiación a costes inferiores a los que se tendrían sin ella.

¿Qué riesgo se corre si no se inscribe?

Se ve perjudicado por los actos que voluntariamente realice el titular registral o por las cargas y gravámenes que puedan imponerse sobre el inmueble, pues se le consideraría dueño a todos los efectos.

¿Qué riesgos se corren si no se consulta en el Registro?

No tendría la certeza sobre quién es el dueño de la finca ni sobre las cargas que recaen sobre la misma.

¿Caduca el derecho una vez inscrito?

No. Los asientos definitivos no tienen plazo de duración. Una vez inscrito, el derecho dura para siempre sin que sea necesario renovarlo.

¿Los extranjeros tienen algún régimen especial para inscribir sus derechos?

La legislación da el mismo trato a los nacionales que a los extranjeros.

¿Es público el Registro?

Si, pero sólo para el que tiene interés legítimo en conocerlo, respecto a una finca concreta, lo que debe ser apreciado por el Registrador.

¿Cómo se obtiene la publicidad?

Hay dos medios: la nota simple y la certificación. Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las cargas. La primera tiene valor meramente informativo. La certificación es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro y va firmada por el Registrador.

¿Cuánto cuesta inscribir?

No hay una cantidad fija, pues depende del valor que se dé en el documento al bien que se inscribe. Se cobra en base a unas tarifas aprobadas por el Gobierno y que se publican en el Boletín Oficial del Estado.

#22

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

El sabado lei que un bufet de abogados habia hecho sociedad con unos abogados chinos, para ser el primer bufet en china con correspondencia española, lo que me estraño fue el nombre" del valle",y pense que vision de futuro mas hacertada y unas hojas adelante leo que esta metido en blanqueo de dinero!! seguro que algun chino tambien esta metido!!!.

#23

Re: ¿Qué pasa con la construcción en Marbella?

Veremos, lo que está claro es que se estaba metiendo dinero sucio a mansalva en el mercado inmobiliario. ¿Ocurrirá lo mismo en otros lugares de España? A mi me da que sí, y a otros también. Y no tengo que irme muy lejos, ni de mi comunidad... Vamos a tener nuestro propio fiscal antimafia, por algo será. Que ya está bien joder.

#24

Halifax ya no recomienda a estos abogados

http://www.diariodecadiz.com/diariodecadiz/articulo.asp?idart=1033618&idcat=730
El Banco Halifax desaconseja el bufete Del Valle Abogados
internet. Página web del Banco Halifax.
REDACCIÓN

málaga. El Banco Halifax, una importante entidad financiera británica, tiene un apartado especial en su página web para las inversiones inmobiliarias en España. En ella recomiendan a sus clientes ser asesorados por ciertos despachos notariales y de abogados, tanto en la Costa del Sol, como en el litoral valenciano y el propio Reino Unido. Explica que les facilitan las gestiones y que atienden en inglés. Entre varios bufetes citados aparece Del Valle abogados, aunque puntualiza: "El Banco Halifax ya no recomienda esta compañía".

Precisamente el bufete tenía en Inglaterra uno de sus principales mercados. En su página web, que estaba en inglés, aseguraban estar especializados en el anonimato de sus clientes.

El enlace a la web: http://www.halifax.es/halifaxing/pan/pan.asp?sec=pan