Hola,
Coincido totalmente con lo que dice Petersen.
Lo que me extraña muchísimo es que hables del Colegio de abogados, que creo que no pinta nada en este tema.
Quien tiene que intervenir es tu abogado, al que tienes que presionar para que pida la inmediata ejecución de sentencia.
De todas maneras aún que no hayan recurrido dentro del plazo, es el juzgado el que tiene que emitir una auto o una declaración con el reconocimiento de que la sentencia adquiere firmeza al no haber sido recurrida. A veces el juzgado tarda otros 20 días en emitir el auto de firmeza de la sentancia.
Es con este auto con lo que tu abogado puede pedir la ejecución de sentencia, que tiene que presentarla en el juzgado por medio de un procurador.
De todas formas la petición de ejecución de sentencia tarda varios días pues hay que pedir certificados de propiedades y depósitos a la AEAT y, quizás al CGPJ.
Mi consejo es que presiones a tu abogado.