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Forma de pago para la venta de un piso

3 respuestas
Forma de pago para la venta de un piso
Forma de pago para la venta de un piso
#1

Forma de pago para la venta de un piso

Hola,

Tengo que hacer la venta de un piso, el cual está ubicado lejos de dónde vivo y, por motivos de trabajo, no puedo desplazarme hasta ahí para la firma de la compraventa ante notario. Además, el comprador hace hipoteca, por lo que tampoco puede venir él, ya que el banco dice que nanai. Por lo que se tendrá que hacer por poder o mandatario verbal. ¿Sabéis si los bancos ponen pegas si se hace por mandatario o poder? Ya que el comprador tampoco lo sabe. 

¿Y cuál sería la forma de pago idónea para distancia? ¿Entiendo que la transferencia bancaria inmediata no? Ya que al no estar en persona me da mal rollo lo del cheque (por mucho que sea conformado y nominativo). Es que no sé de qué forma "obligan" los bancos a pagar cuando es hipoteca. Es que nunca me ha pasado comprar o vender sin estar presente.

 

Gracias de antemano.

#2

Re: Forma de pago para la venta de un piso

Con un poder notarial no tienes que tener ningún problema.

El pago típico es con cheque bancario o con transferencia vía banco de España. Yo como vendedor no admitiría ningún otro.

#3

Re: Forma de pago para la venta de un piso

Efectivamente, con un poder notarial no van a poner ningún problema. Respecto al pago, lo lógico y que más te protege es el cheque conformado a tu nombre.

Un saludo

#4

Re: Forma de pago para la venta de un piso

Gracias por vuestras respuestas.

En las ventas en persona siempre he hecho con cheque conformado. O cuando yo he sido comprador también lo he hecho así. Pero al no estar en persona, a quién le dan el cheque ¿al que tiene el poder? Entonces el apoderado que hace: va a mi Banco y lo ingresa? A ver, confianza 100% tampoco la tengo con esta persona. Evidentemente no lo podrá cobrar para él, pero si lo extravía o yo que sé.....

Si optaramos por transferencia: el comprador deberá realizarla antes de la firma y que sea visible ya en mi cuenta antes de firmar. ¿se hace así? En el poder se puede exigir que el apoderado sólo podrá firmar si ha verificado que el dinero en cuenta destino o algo así?