Duda acerca de aceptar la herencia a beneficio de inventario - guia herencia
Buenas tardes. Tengo dudas acerca de la condición de aceptar una herencia a beneficio de inventario. Cuando se considera que se ha realizado la declaración de herederos? Si bien he leído existe un plazo de 30 dias para aceptar la herencia a beneficio de inventario desde la comunicación de herederos.¿ Cuando se consideraria que estoy llamada a heredar para que comience a contar ese plazo de 30 dias? ¿ ¿ Se puede rechazar la herencia posteriormente si ya la has aceptado a beneficio de inventario? Y por ultimo. ¿Se ha de abonar el impuesto de sucesiones. Pero, previamente se ha de haber hecho el inventario o se tiene que abonar independientemente este hecho o no el inventario? Muchas gracias por su atención.