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Transferencia de Hipoteca entre Bancos sin mi permiso
Buenas noches compañeros,
En 2014, Bancofar transfirió la hipoteca de un familiar a Bankia, desconozco si por adquisición de esas hipotecas u otro motivo, por lo que desde 2014, este familiar abona su hipoteca a Bankia. El no tuvo que dar su consentimiento ni nada parecido, pero ahora, cuando se pide un certificado sobre esto, ni Bankia lo entrega ni Bancofar tampoco.
¿Es normal este tipo de transferencias entre bancos?, lo mas seguro es que se envíen sendos burofax demandando esta información de manera oficial.
No encontramos información publica sobre estas transferencias de hipotecas entre ambos bancos en 2014.
¿Alguien podría darnos su opinión?
Encontre esto:
Se vendía al fondo la hipoteca con un porcentaje del interés, y el resto del mismo lo cobraban los fondos. Como estamos hablando de cientos de miles de hipotecas, es fácil ver que el beneficio era muy rentable para los fondos. Pero hay un pequeño punto en el que la Ley Hipotecaria incide -en el artículo 149- y que podría hacer ilegales estas ventas. Se trata del derecho del deudor a tener conocimiento de la cesión de su crédito a otra entidad.
En 2014, Bancofar transfirió la hipoteca de un familiar a Bankia, desconozco si por adquisición de esas hipotecas u otro motivo, por lo que desde 2014, este familiar abona su hipoteca a Bankia. El no tuvo que dar su consentimiento ni nada parecido, pero ahora, cuando se pide un certificado sobre esto, ni Bankia lo entrega ni Bancofar tampoco.
¿Es normal este tipo de transferencias entre bancos?, lo mas seguro es que se envíen sendos burofax demandando esta información de manera oficial.
No encontramos información publica sobre estas transferencias de hipotecas entre ambos bancos en 2014.
¿Alguien podría darnos su opinión?
Encontre esto:
Se vendía al fondo la hipoteca con un porcentaje del interés, y el resto del mismo lo cobraban los fondos. Como estamos hablando de cientos de miles de hipotecas, es fácil ver que el beneficio era muy rentable para los fondos. Pero hay un pequeño punto en el que la Ley Hipotecaria incide -en el artículo 149- y que podría hacer ilegales estas ventas. Se trata del derecho del deudor a tener conocimiento de la cesión de su crédito a otra entidad.
Lo que ocurre, es los bancos y cajas introducían en los contratos hipotecarios una cláusula que les permitía vender el préstamo sin ponerlo en conocimiento del deudor. ¿Por qué lo hacían? ¿Por qué lo siguen haciendo? Porque el artículo 149 de la citada Ley Hipotecaria obliga a poner en conocimiento del deudor la cesión, y el artículo 1.535 del Código Civil Español le otorga además el derecho de tanteo sobre su deuda.
Es decir que si nos enteramos de que el banco quiere vender o ha vendido nuestra hipoteca a otra entidad, tenemos el derecho de comprar la deuda al nuevo acreedor por el mismo precio que el banco iba a cobrar del fondo buitre -más los costos de la venta y los intereses generados-, que como hemos comentado, suele ser de la mitad del precio de la deuda o incluso llega a rebajarse hasta el 10%. Es decir, que podríamos, en un caso extremo, librarnos del pago de 200.000 euros a un coste de 20.000 euros.
Para ello tenemos solo nueve días desde que el banco vende nuestra hipoteca. Pasado este plazo, perdemos el derecho de tanteo. Este es el motivo por el que bancos y cajas hacen figurar en los contratos la renuncia expresa a ser informado previamente en caso de cesión; para que no podamos ejercer el tanteo. Algunos abogados y ex jueces la consideran una cláusula abusiva, pero todavía no ha habido sentencias en contra de ella, aunque algunos colectivos se están organizando. Y es que pocos usuarios conocen la figura de la titularización el derecho de tanteo. Según datos de comparador online Rasterator.com, el 64,% de los españoles consideran que su educación financiera es “escasa” y un 36% reconoce haber contratado algún producto financiero sin entenderlo bien.