Con todo mi respeto, lo de que la donación sale mucho más cara es mucho decir, joanbe... Existen variables, como su lugar de residencia, el régimen matrimonial...que pueden afectar considerablemente a lo que pueden llegar a pagar (pudiendo ser incluso prácticamente "gratis" - nuevas escrituras y gastos del registro de la propiedad).
En el caso que nos expone, lo primero que deberíamos saber es de quién es el piso, no a nombre de quién está.
Si fuera del matrimonio como bien ganancial (por ejemplo, por haber sido comprado durante el matrimonio en ese régimen jurídico -gananciales), aunque estuviese a nombre de uno, jurídicamente es de los dos.
Si el piso es privativo de uno (heredado o donado, o comprado de soltero, por ejemplo), puede hacerse dos cosas:
- Donarlo al otro: impuesto de donaciones
- Aportarlo a los gananciales: en este caso, si se aporta de forma gratuita, se paga impuesto de donaciones. Pero podría aportarse "a reserva de recuperar su importe a la disolución de la sociedad de gananciales"; entonces no es aportación gratuita y estaría exento de impuestos.
En los casos en que se paga impuesto de donaciones, habrá que tener en cuenta la comunidad autónoma en que está el piso para saber qué ley del impuesto aplicar y las tarifas que ésta establece... pudiendo llegar a ser totalmente gratis... o bonificado el 99% en muchas de ellas.
Por lo demás, la donación es nula si no se hace en escritura notarial, por lo que habrá que sumar los gastos notariales, y en su caso, de registro de la propiedad (que sería lo único a pagar).
Salu2.