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Recuperar gastos constitución hipoteca

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Recuperar gastos constitución hipoteca
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Recuperar gastos constitución hipoteca
#2

Re: Recuperar gastos constitución hipoteca

En esa noticia hay informaciones que no comparto.

Por ejemplo, que devuelvan la tasación. En esa sentencia favorable obtenida por ASUFIN (asociación que respeto mucho) parece que obliga al banco a pagar el 50% de la tasación.

Sin embargo, hasta donde conozco, en el Tribunal Supremo no hay doctrina sobre este concepto.

Lo que sí está reconocido es la abusividad de la cláusula de gastos por su indiscriminada atribución al prestatario de TODOS los gastos. Si se reclama 50% notaría, 50% gastos de gestión y 100% de registro (SSTS de 23. de enero de 2019), las posibilidades de éxito son muy altas sin que haya que demandar. En consecuencia, sobre la tasación (aunque muchos tribunales la conceden) hay que esperar.

Respecto a la devolución de los conceptos reconocidos en la sentencia a hipotecados que no han sido parte en ese pleito, requeriría la denominada "extensión de efectos", y me temo que por diversas razones no se producirá.

Un saludo.



#3

Re: Recuperar gastos constitución hipoteca

Buenavista, gracias por tus comentarios.

Una pregunta, ¿por qué crees que "la extensión de efectos" no se producirá? 
#4

Re: Recuperar gastos constitución hipoteca

Porque está contemplada en la jurisdiccción contencioso administrativa:

 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. 

Artículo 110. 

1. En materia tributaria, de personal al servicio de la Administración pública y de unidad de mercado, los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada a favor de una o varias personas podrán extenderse a otras, en ejecución de la sentencia, cuando concurran las siguientes circunstancias: 

a) Que los interesados se encuentren en idéntica situación jurídica que los favorecidos por el fallo. 

b) Que el juez o tribunal sentenciador fuera también competente, por razón del territorio, para conocer de sus pretensiones de reconocimiento de dicha situación individualizada. 

c) Que soliciten la extensión de los efectos de la sentencia en el plazo de un año desde la última notificación de ésta a quienes fueron parte en el proceso. Si se hubiere interpuesto recurso en interés de ley o de revisión, este plazo se contará desde la última notificación de la resolución que ponga fin a éste.

En la LEC, hay que relacionar los arts. 221 y 519. Si los lees verás que es muy difícil.

 Un saludo.

#5

Re: Recuperar gastos constitución hipoteca

Buenos días @buenavista,

Muchas gracias por tu aporte.

Entonces tu primera recomendación, es:

- Solicitar el reintegro directamente en cada Entidad?
- Tiene un plazo límite retroactivo? (Hipotecas de hace más de 10,15,20 años)

Un abrazo,

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#6

Re: Recuperar gastos constitución hipoteca

Sí. Solicita el reintegro de los conceptos que por ahora están aceptados por la jurisprudencia del TS mediante instancia privada.

Respecto a la antigüedad de la hipoteca, sin problemas. Solo las Audiencias Provinciales de Barcelona y Valencia están imponiendo un plazo de prescripción de las acciones de reembolso de las cantidades adeudadas por gastos de constitución de hipoteca.

Un saludo y suerte.