Si te los puedes ahorrar casi todos, pero es trabajo que tendrás, no sé si te vale la pena, porque como no estés algo “bragado” en “papeles”, la puedes liar, no es difícil, pero ten en cuenta esto, bien …….. me explico:
La comisión de cancelación anticipada, si es que es esto, no tienes nada que hacer, luego te vas a un notario de tu elección (ver nota 1) encargas el trabajo, el notario se pondrá en contacto con tu banco para día de firma y hora, tú no tienes que ir para nada a la firma, les dices al notario que solo solicitas la escritura de cancelación, esto por escrito para evitar confusiones y errores, y que no están autorizados a hacer la gestión ante el registro de la propiedad, bueno …….cuando hayan firmado vas a notaria a buscar la primera copia autentica de la escritura y una copia simple, pagas la factura, y te vas para casa con los documentos. Bien ……. coges la escritura y te vas al registro de la propiedad que te corresponde (el que tiene registrada tu finca), rezas para que te topes con un oficial servicial, que los hay, pero también te puede tocar la china y un perfecto jilipuertas, que supongo que también los hay, bueno si te toca el “servicial” le pides que te eche un cable para rellenar los impresos, y depositas la escritura, la copia simple y los impresos rellenados, te dirán que les des un teléfono, y en unas semanas te llamaran diciéndote que ya está inscrita la cancelación y que la factura asciende a x euro, vas pagas y gestión finalizada.
Ahora vamos a pensar que te toca el jilipuertas de turno y en aquel registro no hay nadie servicial (cosa que dudo, peeero….), no te preocupes tiene solución, y es simple, es de suponer que tendrás un gestor amigo, o conocido al que le has contratado servicios, no sé el traspaso de un coche o la declaración de renta, etc., y si no es igual, con la falta de trabajo que hay en estos momentos cualquiera te atenderá encantado, o que un amigo te recomiendo un gestor y vas de su partes …. Bien ……. vas y le dices le quieres encargar la gestión de la escritura ante el registro de la propiedad, si, si ….. te cobrará, pero en este caso lo único que te puede pasar es que te cueste lo mismo que la gestoría del banco, con lo cual en el peor de los casos te quedas igual, no, tal vez no, es muy posible que su factura sea mas barata que la gestoría del banco, y en el mejor te ahorras una pasta.
Lo de la nota 1: De un tiempo a esta parte las grandes empresas tienden a externalizar todo, vamos ceder trabajos burocráticos a terceros, y te puedes encontrar que tu banco de diga “no, macho …. No, esto el banco lo tiene centralizado en Segovia y nosotros no firmamos desde aquí, con lo cual macho es lo que hay”, entonces tu vas y lo pides por escrito te pongan la pega o te pongan facilidades, todo por escrito, dejando claro que la notaria de tu elección es la tal o pascual, y que solo deseas la firma de la cancelación, y que no están autorizados a encargar la gestión a sus subcontratas de gestoría o de gestiones. Piensa que tienes todo el derecho porque si bien cuando uno hace la hipoteca es lógico que el banco o caja encargue el tema a un gestor de su confianza, el cual seguro que ha depositado garantías (avales o seguros) por si la cosa no funciona perfectamente, ello en defensa de sus legítimos intereses de hipoteca, cosa que por otro lado es entendible y no discutible, una vez han cobrado, no tiene que resguardar derecho alguno, porque no lo hay, no hay deuda, pues no hay derechos de resguardar nada a su favor, por tanto lo que antes era su derecho de hipoteca, ahora es tu derecho de cancelación, repito tu derecho que equivale a su obligación, y como derecho tuyo está el de elección de notario y de gestión, y a ellos les debe importar un cuerno si se inscribe o no, este ya no es su problema, es el tuyo.
Para terminar, es habitual que los bancos o cajas, pretendas cobrar una cosa que yo llamo “comisión zapatil” o “comisión de desgaste de zapatos” y es cobrar 100 ó 200 euros por el servicio de salir de la oficina, ir a notario, estar un rato en la sala de espera, y firmar la cancelación ante notario, a mi entender esta comisión no se sostiene a no ser que la hipoteca que firmaste diga algo de esto, si no lo dice, yo entiendo que no lo pueden cobrar….. bueno, es probable que lo cobren te guste o no, pero entonces tu tendrás el derecho de iniciar una reclamación por cobrarte una comisión que no está prevista en el contrato de hipoteca, y hasta es probable que te digan que la tarifa está publicada en el Banco de Espala, pues vale ……. Pero una comisión publicada ante quien sea, da lo mismo, que contradice lo pactado en hipoteca, yo entiendo que no vale, porque se trata de la modificación de un contrato de forma unilateral, y para modificar un contrato de dos, deben aceptar los dos, no solo uno, esto no vale a mi entender.