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Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

621 respuestas
Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
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#553

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

"y ahora, cuando los tipos lleguen a los mínimos del suelo se olvidará todo???" ... Si claro y el dinero que han cobrado de más durante 2 años ... igualmente lo tendrán que devolver, porque a dia de hoy, salvo que el recurso propere, es dinero ilicitamente obtenido.

el 15M no tienen mucho que ver en este proceso judicial, pero si le ves semejanza ... pero si me permites una apreciación, yo no veo que vaya a menos, sino al contrario va a más, además, sociólogo de reputadísimo prestigio, han afirmado con rotundidad, que este movimiento, afectará en el futuro con total seguridad, en las políticas de los partidos y en el sino del Pais.

Si alguien esta en fondo y consciente, tiene que nadar a la superficie, dejarse ahogar, no es solución, más que para aquel sin voluntad para defender lo suyo.

Esta bien que seas Optimista y realista ... pero los avances mas grandes de la humanidad, eran en su dia Utopias, pensadas y realizadas, por Utopicos cabezones, realistas pero luchadores ante todo: seguridad social garantizada para todos, igualdad de la mujer, etc.....

Quien pone el Oro, pone la regla?? ummm puede parcialmente,la voluntad del populo esta por encima de todo, pero su peor perdicion es precisamente el Oro y su temor a perderlo .... y esto puede darse ahora.

#554

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

Has visto la última sentencia del juzgado de Sevilla (ese que nos ha puesto el caramelo en la boca) pues donde dijo digo, ahora resulta que es Diego... mala suerte, como decia mi padre, "para el pobre siempre es de noche".

#555

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

Aun no esta todo dicho. Como no lo estaba antes con la sentencia, ya que se recurrio, esta ultima a su vez ha sido recurrida, por lo que vuelta a esperar.

La Audiencia Provincial de Sevilla avala y anima a la interposición de demandas individuales contra las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios
La AP de Sevilla legitima las cláusulas suelo, en un fallo sorprendente que contradice la decisión del Juzgado Mercantil nº 2 de Sevilla, pero anima a los consumidores a interponer demandas individuales contra las entidades financieras.

Ausbanc analizara en los próximos días las acciones legales pertinentes, no sólo el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, sino cualquier otra posibilidad que redunde en beneficio de los hipotecados españoles.

La Audiencia Provincial de Sevilla, en un fallo comunicado ayer a esta asociación, anima a los clientes a la interposición de demandas individuales contra las entidades bancarias por la utilización de las clausulas suelo en los contratos de préstamos hipotecarios.

En un fallo sorprendente, la Audiencia sevillana contradice la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 2, que a instancias de Ausbanc y tras un exhaustivo examen de las cláusulas suelo o de limitación mínima del tipo de interés que las entidades incorporan a sus contratos de préstamo hipotecario, anuló por abusivas estas cláusulas y prohibió a las tres entidades financieras demandadas, BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar, su utilización en un futuro.

La Audiencia Provincial, evidenciando un desarraigo absoluto con la realidad de la contratación de un préstamo hipotecario, viene a afirmar que estas cláusulas no se imponen al consumidor puesto que hay un proceso negociador y de contratación regulado por una Orden Ministerial de 05/05/1994 que garantiza la transparencia informativa y la libre formación de la voluntad del prestatario. Con ello la Audiencia de Sevilla desdice las decenas de sentencias que han sido dictadas por distintos tribunales españoles, incluido nuestro Tribunal Supremo, que han declarado recientemente la nulidad por abusivas de diversas cláusulas de préstamos hipotecarios que se han suscrito por los consumidores bajo la "aparente" protección de dicha orden ministerial (cláusulas de redondeo al alza del tipo de interés, cláusulas sobre la obligación de notificación previa de la variación del tipo de interés... incluidas en las ofertas vinculantes elaboradas por las entidades y en las escrituras de préstamo intervenidas notarialmente).

La AP de Sevilla contradice al Tribunal Supremo

Si efectivamente la normativa vigente fuera suficiente para garantizar que las entidades no incorporen cláusulas abusivas a los contratos, como sostiene la Audiencia, no es comprensible que los tribunales vengan desde hace más de una década, declarando abusivas muchas cláusulas hipotecarias firmadas ante notario e inscritas en el Registro (la más reciente, la del Tribunal Supremo de 2 de marzo de 2011), ni que el Gobierno y el Senado hayan constituido, en esta legislatura que termina, sendas comisiones para revisar el sistema hipotecario español. Ni tampoco que otras instituciones como el Parlamento andaluz y el catalán, también en la misma línea, hayan constituido comisiones para analizar la legislación hipotecaria y aportar ideas nuevas, que la Consejería de Economía del Gobierno de la Comunidad de Madrid haya presentado un anteproyecto de ley para fomentar la 'transparencia bancaria', ni que la Comisión Europea esté trabajando en la Directiva sobre los contratos de crédito para bienes inmuebles de uso residencial con la que se pretende garantizar un funcionamiento más responsable de los mercados de crédito hipotecario y de su comercialización y contratación.

La sentencia de la Audiencia, del lado de la banca

Todos estos argumentos utilizados por la Audiencia Provincial (básicamente que el consumidor negocia ese sobreprecio, que no existe desequilibrio jurídico ni tampoco económico, que la cláusula forma parte del precio como elemento esencial del contrato, y que la legislación del proceso de contratación requiere unas garantías de claridad y transparencia que determinan que el consumidor sabe y negocia libremente todo lo que firma) son exactamente los mismos que ha venido esgrimiendo la banca en las acciones promovidas desde el año 2000 contra la cláusula de redondeo.

Todos ellos, superados por numerosas sentencias y, particularmente, por la de 3 de junio de 2010 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que ratificó la necesidad del control judicial de los jueces sobre la abusividad de las cláusulas con independencia del control de legalidad. Sorprende, pues, que la AP de Sevilla se haya pronunciado en dirección opuesta a lo dictado por el Supremo y el Tribunal de Luxemburgo.

La Audiencia consigue animar a los clientes a interponer demandas individuales

Con esta decisión por la que la Audiencia de Sevilla trata de legitimar las cláusulas suelo que se ha sometido a examen judicial a través de una acción colectiva de cesación de condiciones generales de la contratación, los afectados por esta cláusula, en cuyos contratos se ha incorporado esta cláusula y se les ha impuesto sin posibilidad alguna de negociación, podrán someter de forma individual a los tribunales su contrato y la cláusula suelo. No en vano, ya existen sentencias dictadas a favor de algunos consumidores e incluso las propias entidades implicadas están renegociando ya con sus clientes, devolviendo lo cobrado indebidamente y suprimiendo dicha clausula de sus contratos.

En todo caso, Ausbanc analizara en los próximos días las acciones legales pertinentes, no sólo el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, sino cualquier otra posibilidad que redunde en un beneficio para los

#556

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

Por otro lado .....

Bruselas inspecciona varios bancos por posibles pactos de precios en derivados del Euribor

19 de octubre de 2011

Funcionarios de la Comisión Europea han realizado inspecciones por sorpresa en bancos de varios Estados miembros ante las sospechas de que hayan alcanzado acuerdos ilegales para pactar precios y repartirse el mercado de los derivados financieros ligados al Euribor.

«La Comisión teme que las empresas en cuestión podrían haber violado las reglas antimonopolio de la UE que prohíben los cárteles y las prácticas comerciales restrictivas», según ha anunciado en un comunicado. Las inspecciones comenzaron el 18 de octubre. Siguiendo su práctica habitual, el Ejecutivo comunitario no ha desvelado el número ni la identidad de las entidades afectadas, ni tampoco los Estados miembros involucrados. Las inspecciones por sorpresa constituyen un paso preliminar en la investigación de prácticas contrarias a la competencia, informa Ep.

El hecho de que se lleven a cabo no significa que las compañías sean culpables ni prejuzga el resultado. No existen plazos legales para completar estas investigaciones. Su duración depende de una serie de factores, incluyendo la complejidad de cada caso, el grado de colaboración de las empresas y el ejercicio del derecho de defensa.

-- Por fin un Estamento empieza a mirar las fechorias de los Bancos,(y no el inutil Banco de España) que empiecen por España, verán como se llevan las manos a la cabeza--

http://www.abc.es/20111019/economia/abci-bruselas-banca-euribor-201110191240.html

#558

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

Lo pongo en contestacion a otro forero y en otro hilo, ademas es la.segunda vez. En cualquier caso y a ti que c..ñ te importa.

#559

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

...que empiecen por España, verán como se llevan las manos a la cabeza--

Que razón tienes, en cuanto a Kretan... comentarios los justos.

#560

Re: Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca

Bonita pareja hacéis y os podéis seguir riendo las gracias mutuamente. Yo ya comenté SERIAMENTE esa noticia quitando las tonterías que dicen algunos. Precisamente no es la banca española la que se dice se está investigando en ese aspecto. Igualmente ya podeis iros informando de cómo se calcula el euribor... que creo que no lo sabéis ni uno ni otro... una pista, en la wikipedia seguramente sale.