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Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.

3 respuestas
Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.
Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.
#1

Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.

Buenos días.
Actualmente tengo 2 hipotecas, una correspondiente a un terreno con valor hipotecario de 102000€, la otra corresponde a mi vivienda habitual, con valor hipotecario de 98000€.
Mi pregunta es:
Creen que podría cancelar la hipoteca del terreno, e incrementar la de la vivienda (si la tasación lo permitiera) en un total de 198000€?
El problema que tengo, es que la cuota hipotecaria del terreno es muy elevada a causa de su alto porcentaje de interés y pocos años de amortización.
Creen que mi caja me tramitaría este cambio, aunque yo tuviese que pagar algunos cargos?

A parte de ese tema, tengo otra onsulta que hacer.
Mi caja a desaparecido al fusionarse con "la Caixa". Podría pedir la anulación de mis contratos hipotecarios al entender que yo no he firmado nada con esa entidad? a la que no quiero pertenecer. Ya que yo firmé todo con Caixa de Girona. Si fuese así, podría subrogarme la hipoteca a otro banco sin coste alguno?

Muchas gracias por vuestra atención.
Saludos.

#2

Re: Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.

jojojojo yo es que cada dia lo flipo mas. espectacular lo de "Podría pedir la anulación de mis contratos hipotecarios al entender que yo no he firmado nada con esa entidad? a la que no quiero pertenecer" no te preocupes que mañana el director de Caixa Girona va a decirles a todos los que tienen depositos en su entidad que han perdido el dinero siguiendo tu logica(ahhh esto no verdad????).

En cuanto a la refinanciacion es una utopia lo que pides:
- Quieres que caixa girona pierda la garantia del terreno (se quede libre) y que se aumente la garantia del piso. Ademas quieres que bajen las condiciones de interes y aumentar el plazo, todo ello sin aportar nada. Lo siento, pero no estas en condiciones de exigir nada por tu situacion.
La unica solucion es hacer una novacion en plazo sobre la hipoteca del terreno y que te lo aumenten (ya te digo que tranquilamente a eur +2/3, maximo 15-20 años, volviendo a tasar y posiblemente metiendo algo de hipoteca del terreno en la de tu vivienda si vas muy justo e incluso pidiendo avalistas, seguros, planes de pensiones,etc...)

#3

Re: Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.

Descarta la idea de anular tus contartos como tan acertadamente te han indicado en el anterior mensaje. Creo que te tienes que hacer la idea que el planteamiento que te va a comprar es que debido a la situacion actual no vas a promover en el terreno ninguna obra y que los ingresos te dificulta atender correctamente ambas hipoteca por lo que te estudien introducir carencia (solo pagar interes, sin amortizar la carga) en el prestamo suelo, asumiendo que te el diferencial de esta hipoteca sera a partir de ahora euribor mas 2/3, pagar una comision del 0,5% y gastos notariales, a un plazo de 1 ó 2 años y tasandote de nuevo el suelo con lo que si este ha bajado de valor incluso te pueden obligar a amortizar el prestamo. En resumen que quizas te veas obligado a ampliar tu hipoteca sobre la vivienda habitual para atender los gastos de la operacion. En fin, en la linea prevista por Davicico; la vida es dura....

#4

Re: Cancelación de hipoteca aumentando la de la vivienda habitual.

Si que has firmado, mira al final de la hipoteca, y hay una clausula que dice algo así, y tu la aceptaste expresamente, otra cosa es que cuando el notario te la leyó no le dieses importancia, incluso que no la entendieras, y no pididieras aclaración sobre ello, pero el hecho es que la aceptaste ...............te copio la mía, seguro que no es idéntica, pero muy parecida: Cesión.- El Banco podrá ceder total o parcialmente el presente préstamo hipotecario a terceras personas físicas o jurídicas, tengan o no éstas la condición de entidades de crédito, sin necesidad de notificar la cesión a la parte deudora y a la hipotecante, renunciando éstas al efecto al derecho que sobre el particular les concede el artículo 149 de la Ley Hipotecaria.
Las cesiones en una sola vez o en varias, podrán referirse tanto a la totalidad del préstamo como a una parte alícuota del mismo, siempre y cuando no suponga incremento de coste o gasto para el deudor.

Pues lo que ha ocurrido es precisamente esto, la entidad Caixa Girona ha hecho uso de su derecho de cesión a cualquier persona jurídica, en este caso a favor de Caixa D'Estalvis i Pensions de Barcelona.