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BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

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BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo
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BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo
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BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

Tendrán que recalcular las letras de las hipotecas de sus clientes con suelo
Desde el 11 de febrero, además, no podían incluirla en los nuevos préstamos
ELMUNDO.es | Madrid
Actualizado martes 12/04/2011 17:34 horasDisminuye el tamaño del texto Aumenta el tamaño del texto
BBVA, Caixa Galicia y Cajamar no pueden, desde hoy, cobrar la diferencia entre el tipo mínimo de interés y el 'suelo' fijado en sus préstamos hipotecarios, en virtud de la ejecución provisional de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, que declaró nulas por abusivas estas cláusulas.

El plazo de dos meses para el cumplimiento provisional de la sentencia acabó ayer, según el auto de ejecución provisional, dictado el pasado 26 de enero y comunicado a las partes el 11 de febrero.

La no aplicación del suelo implica la necesidad de recalcular las cuotas de todos los contratos de préstamoPor su parte, las tres entidades financieras han presentado recurso de oposición al auto de ejecución provisional de la sentencia, el cual aún que está pendiente de resolución por parte del juez.

En los escritos de oposición, las entidades piden al juez una ampliación del plazo de ejecución para poder gestionar la devolución de las cantidades a los clientes que ya cuentan con dichas cláusulas en sus contratos, ya que se trata de un proceso "complejo" que necesita un desarrollo informático concreto, según las mismas fuentes.

Por otro lado, BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya anunciaron, tras conocer la sentencia condenatoria dictada el pasado 30 de septiembre, que dejaban de incluir estas cláusulas en los préstamos hipotecarios firmados desde entonces, aunque insistieron en que se trata de una práctica totalmente legal.

Cualquier letra hipotecaria que venza a partir del 12 de abril deberá estar exenta de la aplicación del sueloLa no aplicación del suelo implica la necesidad de recalcular las cuotas de todos los contratos de préstamo a tipo de interés variable que contengan las cláusulas declaradas nulas, según explica la asociación demandante, Ausbanc.

De esta forma, se deberá aplicar el tipo de interés que resulte de sumar el diferencial convenido al tipo de referencia que corresponda. Por ello, cualquier cuota de un préstamo hipotecario cuyo pago venza desde el día de hoy, 12 de abril, debe estar exenta de la aplicación del suelo.

Las 3 cláusulas estimadas anuladas
BBVA. 1º. Las que dispongan un tipo mínimo de referencia del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%. 2º. Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,5% y un tipo máximo de interés del 12%.

Caixa Galicia: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,75% y un tipo máximo de interés del 10%.

Cajamar: Las que establezcan un tipo mínimo de interés del 3,25% y un tipo máximo de interés del 15%.

Revisión automática de cuotas
Ausbanc señala además que "los clientes afectados por esta cláusula no tienen que solicitar a su entidad el cumplimiento de la ejecución provisional, ni tienen que firmar documento alguno al efecto, puesto que la observancia de las obligaciones y deberes que impone el Juzgado a las entidades demandadas no depende de ello".

La sentencia declaró la nulidad de las 'cláusulas suelo' al considerar que eran abusivas debido al "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco "que carece de reciprocidad en perjuicio del consumidor".

Así, la sentencia concluye que mientras el suelo de interés fijado señalado en las cláusulas "es asumible" por el usuario, hacerlo en el caso del techo es "sencillamente imposible", por su desproporcionalidad. El dictamen se apoya en la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia bancaria. Las entidades presentaron recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla.

Y FIN DEL ABUSO SEÑORES !!!!!

#2

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

Seria muy importante, que todos los afectados por la clausula suelo estemos muy atentos a que se nos aplique la eliminacion tal como lo dicta la sentencia.

Y denunciarlo en el caso que no se cumple dicha sentencia.

#3

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

Buenas noches. ¿Alguien tiene respuesta a esto?

¿La sentencia solo afecta a los que tienen esos suelos y techos?

A los que tenemos el suelo mas alto aun , no nos afecta la sentencia. ¿Verdad?

Gracias.

#4

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

"De esta forma, se deberá aplicar el tipo de interés que resulte de sumar el diferencial convenido al tipo de referencia que corresponda. Por ello, cualquier cuota de un préstamo hipotecario cuyo pago venza desde el día de hoy, 12 de abril, debe estar exenta de la aplicación del suelo."

La pregunta es: sabiendo que el tipo de referencia es el euribor: ¿el de que mes corresponde? ¿el de Abril, el de Febrero cuando se dicto el auto provisional????

#5

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

"En los escritos de oposición, las entidades piden al juez una ampliación del plazo de ejecución para poder gestionar la devolución de las cantidades a los clientes que ya cuentan con dichas cláusulas en sus contratos, ya que se trata de un proceso "complejo" que necesita un desarrollo informático concreto, según las mismas fuentes."

La pregunta es : ¿significa eso que van a devolver las cantidades ya cobradas ilicitamente?

#6

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

porron30 yo tampoco entiendo lo que dice el escrito, yo tengo una hipoteca con Caixa Galicia con un suelo del 3% y techo del 10% pero supongo que estaremos también incluidos ¿?
Deshipotecador ¿se nos devolverá lo que nos cobraron mal? Yo creo que al menos de momento no, pues pidieron la ampliación del plazo de ejecución al juez

#8

Re: BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya no pueden cobrar la cláusula suelo

El auto provisional se dicto el 27 de Enero de 2.011.
Lo recibieron las entidades el 11 de Febrero de 2.011.
El juez daba un plazo "maximo" de dos meses para que pudieran realizar los calculos para dar cumplimiento a la eliminacion de la clausula abusiva.
Por lo que ayer vencio ese plazo maximo.
Las Entidades Condenadas a la eliminacion de la clausula suela , tambien fueron condenadas a las costas y el juez les apercibe a los representamntes legales en el caso de desobediencia de las repercusiones legales y las sanciones que les pueden caer.
La resolucion es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.