Buenas a todos los houserianos contentos y descontentos.
La CNMV da luz verde a Housers y propone cerrar el 'agujero' legal del 'crowdfunding'
El caso Housers ha servido para poner de relieve las limitaciones de la ley que regula desde hace dos años las plataformas de financiación participativa en España
La CNMV está a la espera de que los promotores de Housers, la
principal plataforma española de 'crowdfunding' inmobiliario aunque solo sea por su visibilidad en el mercado, lleven a cabo las modificaciones comprometidas para operar como mero intermediario financiero. A partir de ahí, el organismo regulador emitirá la autorización pertinente para sacar a la empresa del limbo jurídico en el que vive actualmente. El
caso Housers implicará, no obstante, modificaciones sensibles en la
Ley de Fomento de Financiación Empresarial que ordena este tipo de actividades en España, cuyas lagunas legales han quedado claramente al descubierto en los dos años transcurridos desde su entrada en vigor.
La institución que preside Sebastián Albella ha decidido agarrar 'el toro por los cuernos' y asumir con todas las consecuencias el expediente planteado a partir de la autorización solicitada en julio de 2015 por Housers Global Properties SL para actuar como plataforma de financiación participativa con arreglo a la mencionada ley aprobada tres meses antes por el Gobierno. Posteriormente, a principios de 2016, la compañía desistió de su petición administrativa, pero luego volvió a arrepentirse y llamó de nuevo a la puerta de la Comisión de Valores en busca de una licencia que definitivamente obtendrá dentro de pocas semanas.
Housers viene captando fondos de particulares a partir de un nominal de 50 euros que son destinados a la compra, alquiler y posterior venta de inmuebles. De esta forma, la compañía presume de ser ‘la familia de caseros más popular’ de España y acumula recursos superiores a los 15 millones de euros procedentes de 30.000 inversores dentro de una operativa que ha provocado no pocos quebraderos de cabeza al organismo supervisor de los mercados. Housers tiene en cartera más de 50 edificios situados en las principales capitales españolas, por lo general dentro de zonas con grandes movimientos de transacciones.
El problema de fondo reside en que la Ley de Financiación Empresarial solo respalda este tipo de actividad cuando la plataforma de internet funciona como mediador entre el promotor inmobiliario y los distintos copartícipes que deciden incorporarse a cada proyecto. La normativa trata de garantizar la neutralidad de las empresas de 'crowdfunding', pero Housers ha trabajado con un modelo de negocio en virtud del cual la plataforma participa también en las sociedades que se van creando con la compra de cada inmueble, a la vez que se reserva un contrato de gestión y mantenimiento por el que cobra un 10% de los eventuales beneficios futuros.
La Abogacía del Estado tomó cartas en el asunto de Housers para avisar de que la empresa podía estar actuando en un ámbito sin suficiente regulación
Esta singularidad ha obligado a intervenir a la Abogacía General del Estado, que emitió hace meses un dictamen planteando ciertas dudas sobre la denominada ‘nota de alteridad’ que ha de caracterizar las relaciones entre la plataforma de financiación 'online', los inversores y los promotores de los proyectos inmobiliarios. La alteridad o independencia entre los distintos agentes que participan en el negocio es el elemento esencial que comporta la normativa vigente y el que permite garantizar la labor de intermediación exigida a Housers y a todas las nuevas empresas y proyectos de 'crowdfunding' que están proliferando en España.
El informe firmado por Marta Silva de Lapuerta señalaba la hipótesis de que Housers pudiera estar actuando en un ámbito carente de suficiente regulación, por lo que aconsejaba la adecuación del marco normativo a fin de garantizar la necesaria seguridad jurídica y la protección de los inversores y demás intervinientes o afectados. En todo caso, la Abogacía del Estado daba una solución positiva para tramitar la licencia, una vez que los promotores de Housers, Álvaro Luna y Tono Brusola, respondan a los sucesivos requerimientos que viene formulando la CNMV para que la empresa funcione como verdadera plataforma de financiación participativa.
El regulador bursátil seguirá la pauta trazada por la antigua jefa de los servicios jurídicos del Estado, que evidencia las carencias de una legislación ciertamente bisoña y rápidamente superada por las nuevas y más sofisticadas fórmulas de 'crowdfunding'. La reforma de la Ley 5/2015 parece decantada en favor de un sistema de supervisión más estricto que incluya en el radar todas las captaciones de recursos del público realizadas a cambio de rentabilidad por los propios promotores y a través de cualquier tipo de plataforma tecnológica. La autorización de la CNMV otorgará carta de naturaleza a Housers pero, eso sí, dos años después de que la compañía venga recaudando fondos en una situación que, cuando menos, podría calificarse de alegal.
http://www.elconfidencial.com/empresas/2017-04-03/la-cnmv-da-luz-verde-a-housers-y-propone-cerrar-el-agujero-legal-del-crowdfunding_1358646/
Quizá por esta razón están empezando a buscar promotores externos a ellos mismos, pues hasta ahora ellos se lo guisan y ellos se lo comen.
Lo que queda claro también es que la ley que regula el crowdfunding está más que coja.
Saludos alegales.