Re: Cuánto pagará Cataluña por su independencia?
Para empezar tiene gracia que pretendas contra-argumentar lo que dicen los tratados de la UE que son textos legales, con un artículo de opinión. Pero puestos a hacerlo podrías haber escogido con un poco más de tino (la próxima vez, sería bonito que te lo leyeses y contrastases la información):
Lo digo porque yo no se si la Universidad de Manhelm está o no pagada por independentistas sediciosos catalanes, lo que sí está claro es que no se han leído la convención de Viena ni los tratados de la UE, y desde luego algunos estáis pesimamente mal infomados y sois bastante ilusos.
Me imagino que cuando cuelgas ese atículo lo haces por este párrafo:
"...For good reasons, Art. 34 of the Vienna Convention opts for the second solution: treaties in force at the time of secession remain in force in all successor states. How would th is second solution work if membership in international organisations were not excluded (by Art. 4) fr om this principle? If, say, Catalonia seceded from Spain or Scotland from the UK, both would remain members of the European Union. The seceding state and the rump state would have to negotiate an agreement on how they wished to share the rights and obligations of the predecessor state..."
Pues bien hay dos pequeños problemillas:
El primero es que por un lado tengo mis dudas de que España haya suscrito dicho tratado, y tengo la certeza de que la UE como bloque tampoco lo ha hecho, con lo cual no se aplica al caso del ingreso catalán en la UE.
El segundo es más gracioso: El autor del texto que enlazas no se ha leído la convención de Viena o pretende manipular de modo ostensibel al lector. ¿Qué dice el artículo 17.3 de dicha convención de Viena?, pues lo siguiente: "Cuando en virtud de las estipulaciones del tratado o por razón del número reducido de Estados negociadores y del objeto y el fin del tratado deba entenderse que la participación de cualquier otro Estado en el tratado requiere el consentimiento de todas las Partes, el Estado de reciente independencia podía hacer constar su calidad de Parte en el tratado sólo con tal consentimiento." Por otro lado e artículo 27,4 de dicha convención dice lo mismo respecto a la participación de un hipotético estado catalán en los tratados multilaterales suscritos por el estado español
MORALEJA: Para que una Cataluña independiente se integre en la UE, precisa el beneplácito de todos los miembros. Si no lo obtiene va a ir de culo.