Re: Mas demandará al Gobierno español y mantiene el 9-N
No sufras, los pararemos en el peaje (si no llevan tarjetas black).
Saludos
No sufras, los pararemos en el peaje (si no llevan tarjetas black).
Saludos
serrallonga ...te recuerdo esta ley catalana ...aprobada por el parlament...y sus articulos...Ley 10/1994 de la Policía de Cataluña... concretamente en los artículos 4 y 11...
Artículo 4
Previo a la toma de posesión, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Escuadra jurarán o prometerán acatamiento a la Constitución, como norma fundamental del Estado, y al Estatuto de autonomía, como norma institucional básica de Cataluña.
Artículo 11
1.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, son de aplicación al Cuerpo de «Mossos d'Esquadra» los siguientes principios de actuación:
Primero: Los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Esquadra cumplirán y harán cumplir en todo momento la Constitución, el Estatuto de autonomía y la legislación vigente.
Segundo: En sus actuaciones, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Esquadra» se ajustarán al siguiente código de conducta:
a) Actuarán, en el cumplimiento de sus funciones con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión, opinión, sexo, lengua, lugar de vecindad, lugar de nacimiento o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
b) Actuarán con integridad y dignidad, y se opondrán firmemente a cualquier acto de corrupción.
c) Se sujetarán, en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y de subordinación; en ningún caso, sin embargo, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las leyes.
d) Colaborarán con la Administración de justicia y la auxiliarán en los términos establecidos en la ley.
Tercero: En cuanto a las relaciones con la comunidad, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Esquadra»:
a) Impedirán, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.
b) Observarán en todo momento un trato correcto y esmerado en las relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger siempre que las circunstancias lo aconsejen o sean requeridos para ello, y les proporcionarán información cumplida y tan amplia como sea posible sobre las causas y finalidad de todas sus intervenciones.
c) Actuarán, en el ejercicio de sus funciones, con la decisión necesaria y sin demora, cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable, rigiéndose, al hacerlo, por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.
d) Utilizarán las armas solamente en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para la vida o la integridad física de ellos mismos o de terceras personas y en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana, rigiéndose, al hacerlo, por los principios a que se refiere la letra c).
Cuarto: En cuanto al trato de detenidos, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Escuadra»:
a) Se identificarán debidamente como tales en el momento de efectuar una detención.
b) Velarán por la vida, e integridad física de las personas que se encuentren detenidas o bajo su custodia y respetarán los derechos, el honor y la dignidad de las mismas.
c) Darán cumplimiento y, observarán con la debida diligencia los trámites, plazos y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico en la detención de una persona.
Quinto: En cuanto a la dedicación profesional, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Esquadra» llevarán a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier momento y lugar, se hallen o no de servicio, en defensa de la ley y de la seguridad ciudadana.
Sexto: En cuanto al secreto profesional, los miembros del Cuerpo de «Mossos d'Esquadra» guardarán riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones, no estando obligados a revelar las fuentes de información, salvo que se lo imponga el ejercicio de sus funciones o las disposiciones legales.
2.
Los miembros del Cuerpo de «Mossos de Esquadra» son responsables personal y directamente por los actos que lleven a cabo en su actuación profesional infringiendo o vulnerando las normas legales, las normas reglamentarias que rigen su profesión y los principios enunciados en el apartado 1, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las administraciones públicas.
...un abrazo...
Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen
Anécdota:
Correos se niega a repartir unos folletos sobre el 9-N en Platja d'Aro. Segun una información de "AraGirona", los responsables de la empresa han respondido a los responsables del encargo (CiU, ERC i ANC) que habian recibido "ordenes de arriba". Los folletos informativos explican un servicio de bus para ir a votar al IES Ridaura el 9 de noviembre y no hace campaña para ninguna opción de voto. El servicio de repartimiento de estos dípticos ya se pagó.
logico jaumes...nadie se arriegara a perder su sustento en algo que no es legal...al menos de momento...en otro hilo decia que mas que le pese a algunos queda seny...un abrazo...
Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen
¿No es legal repartir unos dípticos informativos sobre un servicio de bus?..., joder donde hemos llegado!
Saludos
pues no...un abrazo...
Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen
Todos los profesionales son responsables directos de sus actuaciones profesionales incumpliendo la ley. Da igual ser Mosso que ser fontanero.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
No es un problema de legalidad, es una cuestión de jerarquía: Correos está a las órdenes del Gobierno, como la Fiscalía (por ejemplo).
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.