Re: Inminente guerra civil en Cataluña
Sobre el juicio al procés (II)
En una república democrática bien ordenada las autoridades deben responder de sus actos ante las poblaciones que gobiernan. Si, además, hay indicios racionales de que esos actos pueden ser constitutivos de presuntos ilícitos penales, sus responsabilidades deben ser dirimidas en un juicio público. Ensalzar los abusos de poder y propugnar la impunidad de las autoridades que los han perpetrado, hasta el punto de considerar negativo un proceso penal en el que dichas autoridades puedan, por ejemplo y entre otras cosas, dar razón de sus actos y defender su inocencia, equivale a proponer un retorno a las sociedades estamentales anteriores a la Revolución Francesa.
La actual monarquía parlamentaria surgida de la reforma del franquismo está lejos de ser una república democrática bien ordenada, aunque está más cerca de ella que la dictadura militar del general Franco. Para empezar, el rey, jefe del Estado y mando supremo de las fuerzas armadas, goza del privilegio de la inmunidad judicial (art. 56.3 de la CE), además del privilegio de haber accedido al cargo por ser el hijo del anterior jefe del Estado. Pero para avanzar hacia la república democrática de lo que se trata es de acabar con esos y otros privilegios, no de extenderlos a una lista cada vez más larga de autoridades políticas.
En relación con el procés es preciso, por tanto, exigir a todo el mundo "el respeto al principio de legalidad penal y que [se] investigue todo lo que el Estado de Derecho autoriza y obliga, pero exclusivamente eso, porque sólo dentro de esos márgenes puede haber oportunidad, proporción y justicia", como muy bien han dicho los autores del manifiesto La banalización de los delitos de rebelión y sedición, suscrito por casi un centenar de profesores de materias jurídicas de toda España (se puede leer, entre otras publicaciones, en la revista Sin Permiso).
Los delitos cometidos presuntamente por los dirigentes independentistas
Como se sabe, en las próximas semanas nueve ex consellers del Gobierno de la Generalitat, una ex presidenta del Parlament, seis diputados autonómicos y dos dirigentes de organizaciones sociales deberán comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo para responder, en lo fundamental, a las acusaciones de haber cometido los delitos de desobediencia grave llevada a cabo por autoridad pública, malversación de caudales públicos y/o distracción ilegal de caudales públicos para consumar la rebelión, integración en organización criminal, sedición y/o rebelión formuladas por el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y la acusación particular ejercida por el partido de derecha extrema Vox.
Para los independentistas que ya viven mentalmente en una república catalana, el jucio al procés es injusto desde el principio porque ha sido incoado por el poder judicial español y, por tanto, también lo será la sentencia que se dicte, salvo que consista en una sentencia absolutoria. De hecho, algunos acusados ya han declarado que todo el proceso está viciado desde los inicios y que la sentencia condenatoria ya está escrita. Pero si los únicos argumentos que van a invocar sus abogados son esos, el futuro que les aguarda a las dieciocho personas encausadas es bastante negro. Por su bien esperamos que sus abogados intenten desmontar las acusaciones con argumentos legales extraídos de la legalidad vigente, no de las ensoñaciones creadas por las mentes procesistas más calenturientas e imaginativas.
Ciertamente, les va a resultar difícil a dichos abogados rebatir las acusaciones de desobediencia (art. 410.1 del CP), pues los actos que encajan en ese delito se hicieron con luz y taquígrafos y nunca mejor dicho: en muchos casos quedaron recogidos en las actas parlamentarias y provocaron, por si fuera poco, informes negativos de los letrados que asesoraban a los parlamentarios catalanes. Además, entra dentro de lo posible que, ante la evidencia en contra y teniendo en cuenta que ese ilícito penal no está castigado con penas de prisión, sino con penas de multa e inhabilitación para el ejercicio de cargo o empleo público, muchos de los acusados prefieran declararse orgullosamente culpables de haber desobedecido las leyes del Estado español opresor o algo parecido.
Por lo que se refiere al delito de malversación o distracción de caudales públicos, las cosas son más complejas para todas las partes implicadas. Este delito, como todos, debe ser probado con facturas y documentos y, aunque en los escritos de acusación se citan datos muy concretos, recordemos que según el antiguo ministro de economía del PP, Cristóbal Montoro, no hubo desviación de dinero público para fines ilegales mientras su ministerio supervisó los gastos de la Generalitat. En relación con este asunto será muy importante todo lo que se haga y se decida en el período de prueba y la valoración final que de todo ello haga el tribunal. Desde luego, esta cuestión será más disputada que la anterior, dado que la malversación está castigada con penas de prisión que pueden oscilar entre los dos y los ocho años.
La acusación de pertenencia a "organización criminal" es exclusiva de Vox al considerar que todos los encausados (que militan, dicho sea de paso, en organizaciones tan dispares como PDeCAT, la Crida, ERC, CUP, EUiA, ANC, Òmnium, etc.), conforman una "agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos", según se la define el art. 570 bis del Código Penal. Por la pertenencia a esa "organización criminal", a la que ni siquiera se llega a poner nombre, Vox pide para todos los encausados 12 años de prisión (que en el caso de los acusados de rebelión/sedición y malversación de caudales públicos habría que sumar a los solicitados por esos delitos). En un primer análisis parece una acusación muy cogida por los pelos porque cuesta identificar a esa organización "con carácter estable" que de manera coordinada habría repartido "tareas o funciones", más allá de unas cuantas reuniones en petit comité en las que más bien se escudriñaba hasta donde estaba dispuesto a llegar el rival político antes que repartirse funciones de forma regular.
Sobre la rebelión
En cualquier caso, los temas estrella del juicio serán, sin duda, las acusaciones de rebelión y/o sedición debido, entre otras cosas, a las largas penas con las que están sancionados. El primero (art. 472.1, 5 y 7 del CP) puede ser castigado con penas que oscilan entre diez y veinticinco años de prisión, y lo cometen aquellos que se hayan "alzado violenta y públicamente" persiguiendo, entre otros, los fines de derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución, declarar la independencia de una parte del territorio nacional o sustraer fuerza armada a la obediencia del Gobierno. El segundo, el delito de sedición (art. 544 y 545.1 del CP), está castigado con penas de cárcel que pueden ir de los ocho a los quince años y lo cometen todos aquellos que indujeran, sostuvieran o dirigieran un alzamiento público y tumultuario "para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales."
Según el Código Penal, los sediciosos no pueden ser al mismo tiempo rebeldes ya que un delito excluye al otro. La diferencia reside fundamentalmente en los fines perseguidos y, sobre todo, en si el alzamiento ha sido violento o no. La cuestión es muy controvertida incluso entre quienes ejercen la acusación. Como es sabido, el Ministerio Fiscal estima que se dan todos los elementos del tipo penal de rebelión, mientras que la Abogacía del Estado la excluye y opta por la sedición. Vox pretende ir más lejos que nadie, pero tanto celo represor le lleva a incurrir en una contradicción lógica. Solicita penas muy altas, 25 años de cárcel, para Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Bassa, Rull, Sánchez, Cuixart y Forcadell por considerarlos reos del delito de rebelión, pero alternativamente solicita 15 años de privación de libertad por el delito de sedición. Al hacerlo, muestra su escaso convencimiento sobre la aplicación del primer tipo penal, pues como ya se ha dicho una de las diferencias fundamentales reside en la existencia de violencia y Vox llega a recurrir a un concepto tan nebuloso como el de "violencia latente" para justificar la aplicación del tipo penal de rebelión.
En ese sentido es oportuno recordar que, según el artículo 4 del Código Penal, la leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas. Eso significa que no se pueden aplicar tipos penales mediante interpretaciones extensivas de los conceptos que los configuran, ni mucho menos por analogía. A eso se debe añadir que, como también han escrito con acierto los redactores del manifiesto citado más arriba: "[...] en Derecho Penal no rige el principio de responsabilidad objetiva sino subjetiva por los propios hechos." Eso significa que los acusadores no sólo deben probar que existió un alzamiento violento, sino que éste existió y que su responsabilidad recae en los encausados por órdenes o actos muy concretos que ellos personalmente hubieran dictado o llevado a cabo.
Bien es verdad que hay muy poca jurisprudencia sobre el delito de rebelión porque en los últimos cuarenta años ha habido, por suerte para todos, pocas rebeliones y/o pocas denuncias por ese delito. El caso que todo el mundo tiene en la cabeza, el 23-F, se juzgó en primera instancia en la jurisdicción militar y, en un segundo momento, en el Tribunal Supremo a partir de la definición del delito de rebelión que se hacía en el Código Penal de 1973, en la cual no se exigía el requisito de la violencia.
La escasa doctrina jurisprudencial existente al respecto no parece abonar la tesis de la fiscalía o de Vox. Los autores del Manifiesto La banalización de los delitos de rebelión y sedición citan una sentencia del Tribunal Constitucional, la STC 199/1987, en la que se dice que "la rebelión se realiza por un grupo que tiene el propósito de uso ilegítimo de armas de guerra o explosivos, con una finalidad de producir la destrucción o eversión del orden constitucional". Asimismo, en un auto de la Audiencia Nacional, de 21 de diciembre de 2015, mediante el que se archivó un procedimiento penal contra los concejales de un ayuntamiento catalán que habían manifestado su apoyo a una declaración del Parlament sobre el inicio del proceso de independencia, se estableció que un alzamiento para ser violento debía ir acompañado del "ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma." Una interpretación reiterada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
No parece que nada semejante sucediera en Cataluña en el otoño de 2017. En realidad, se estaba tan lejos de ello que Carles Puigdemont tomó la decisión, frustrada después por la acusaciones de traición, de convocar elecciones autonómicas para darle una salida política mínimamente digna al lío en el que él y los suyos se habían metido con sus actos "unilaterales" y su verborrea mendaz y delirante. Como todos sabemos, Puigdemont optó finalmente por hacer una declaración de independencia que se puede calificar de simbólica si uno quiere ser generoso y condescendiente, o de mamarrachada o bufonada si uno quiere ser serio y riguroso.
Para que una declaración de independencia no sea una bufonada debe ir acompañada, como mínimo, de movilización de fuerzas que intenten, por un lado, fijar las fronteras del territorio que se quiere independizar y, por el otro, expulsar de él a las fuerzas armadas y policiales del Estado frente al cual se lleva a cabo la secesión. La independencia es, antes que nada, una situación en la que cuentan mucho más los hechos que las palabras. Es, sobre todo, una situación de hecho. Por eso, desde sus orígenes, ha habido una relación tan estrecha entre los estados y las guerras. Josep Fontana lo explicaba de forma pedagógica al señalar que quien de verdad desee la independencia debe estar dispuesto a afrontar una guerra por la independencia. Una guerra que en el caso de Cataluña, se puede añadir, se debería llevar a cabo contra los enemigos exteriores e interiores entre los que habría que incluir, según los resultados en votos de las últimas elecciones autonómicas del 21-D, a la mayoría de los catalanes. De ahí también el carácter irresponsable y criminal de las declaraciones del nada honorable Quim Torra sobre la vía eslovena a la independencia, esto es, sobre la vía violenta a la secesión.
Un último argumento contra la aplicación del delito de rebelión al caso catalán: si la retahíla de crímenes perpetrados por ETA desde la muerte de Franco nunca han sido calificados jurídicamente de rebelión, sino de terrorismo, mucho menos se puede considerar así lo ordenado o inducido en Cataluña en el otoño de 2017 por las autoridades independentistas.
Sobre la sedición
La aplicación del delito de sedición plantea, a su vez, el interrogante sobre si lo ocurrido en Cataluña hace un año puede ser caracterizado como un alzamiento tumultuario. Los actos que se les pueden atribuir directamente a los encausados son la aprobación de las leyes de "desconexión" del 6 y 7 de septiembre, la convocatoria del referéndum del 1-O y las declaraciones parlamentarias de independencia. Los moderados desordenes públicos del 20 de septiembre de 2017, cuando una multitud rodeó el Departamento de Economía para protestar por un registro que estaban llevando a cabo agentes judiciales de la guardia civil, no impidieron —y nunca fueron planificados para impedir— que los funcionarios ejecutaran dicho registro. Tampoco se los puede calificar de "alzamiento violento" constitutivo del delito de rebelión. Por eso son tan injustas y desmesuradas las acusaciones y la prisión provisional decretadas contra Jordi Cuixart y Jordi Sánchez.
Tal vez el intento de referéndum del 1-O sea lo que más dudas pueda plantear jurídicamente sobre la aplicación del delito de sedición. ¿Se puede considerar un "alzamiento tumultuario" la acción de muchos miles de personas consistente en intentar votar en un referéndum cuya validez jurídica ya había sido declarada nula por el TC? ¿Y se puede considerar a los encausados personalmente responsables de los tumultos provocados por la acción de la policía que actuó a las órdenes del Gobierno español? Sin la acción de la policía, el simulacro de referéndum habría tenido la misma trascendencia política que los referéndums convocados por la Liga Norte y fuerzas afines en Italia, en 1997 o en 2014, con los que después se pretendió legitimar la independencia imaginaria de la Padania o de la Serenísima República de Venecia. Personalmente considero que esa parodia de referéndum tuvo tan poco de "alzamiento" como el "proceso participativo" del 9-N o las consultas populares por la independencia que comenzaron en Arenys de Munt en 2009. Como muy bien ha dicho el fiscal jubilado José María Mena: "El único alzamiento que se hizo [en Catalunya en el otoño de 2017] fue ponerse de pie y cantar Els segadors" (en la entrevista que le hizo Siscu Baiges para Catalunyaplural.cat, publicada el 19 de octubre pasado).
En última instancia la cuestión de fondo consiste en tomarse en serio o no a los dirigentes del PDeCAT, ERC, CUP, ANC y Òmnium Cultural. Quienes compartimos el análisis que del procés ha hecho el periodista Guillem Martínez (en La Gran Ilusión, Debate, Barcelona, 2016, y en 57 días en Piolín, Lengua de Trapo, Madrid, 2018) como una sucesión de actos propagandísticos sin voluntad real de hacer realidad los grandes objetivos que se proclamaban, no conseguimos ver la rebelión y la sedición por ninguna parte. Lo que sí vemos son los intentos desesperados de agarrarse al poder de los nacionalistas catalanes —y de su base electoral—, los cuales estiman que poseen una especie de derecho natural y/o un mandato divino para gobernar Cataluña.
Todo lo dicho hace caer por su propio peso las acusaciones de rebelión y sedición, pero también las entusiastas versiones de los mismo hechos difundidas por las huestes indepes (y por sus palmeros) que creen haber vivido en 2017 algo parecido a una revolución o una revuelta. Si fuera así, esas voluntariosas versiones les estarían dando la razón a la fiscalía, la Abogacía del Estado y hasta a Vox.
De todos modos, la decisión final al respecto no la tomarán los famosos independentistas hiperventilados, ni sus palmeros autodeterministas, ni tampoco los profesores que hemos firmado el manifiesto sobre La banalización de los delitos de rebelión y sedición. La tomarán los jueces de la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Esta circunstancia merece un comentario más detallado. Continuará.
Fuente: http://www.mientrastanto.org/boletin-175/notas/sobre-el-juicio-al-proces-ii
El plan del independentismo para el control social en pueblos y ciudades
La Assemble Nacional creará una «subestructura gubernamental» para controlar entidades e iniciativas ciudadanas
Miquel Vera
@miquelvera_Seguir
Después de comprobar como su capacidad de marcar las decisiones de la Generalitat ha tocado techo el independentismo se ha marcado un nuevo objetivo: alzarse como árbitro de la vida local de pueblos y barrios y consolidar así la penetración del secesionismo en capas de la sociedad catalana hasta ahora ajenas al «procés». «Ensanchar la base», en jerga republicana. Para ello, la Assemblea Nacional Catalana (ANC) quiere impulsar la puesta en marcha de «Consejos Locales de la República», órganos que tengan una capilaridad extrema en pueblos, ciudades y barrios y que acaben siendo los que articulen la vida vecinal, social y política más cercana a la ciudadanía.
Según exponen desde el secretariado de la entidad que presidieron Carme Forcadell y Jordi Sánchez antes de entrar en prisión, su meta es clara: «Crear una estructura civil no autonómica donde asentar las bases del nuevo Estado». Para lograr este objetivo de alinear la rica vida asociativa de Cataluña con sus intereses, la ANC se marca una lista con once propósitos. Entre estos llama la atención su voluntad de que los denominados «consejos republicanos» –réplicas locales del Consejo de la República que dirige Carles Puigdemont desde Bélgica– se asienten como el «punto de encuentro» de iniciativas locales de todo tipo, tanto aquellas centradas en la causa soberanista como cualquier otra acción de voluntariado o apoyo a «entidades sociales».
Esto supone un paso más allá en la campaña impulsada por la Assemblea para lograr que personas afines a su entidad copen los órganos que dirigen colegios profesionales, cámaras de comercio, asociaciones locales e incluso cooperativas agrícolas. La «subestructura gubernamental» de Cataluña, al fin y al cabo. Para ello, la ANC está dispuesta a poner a disposición de sus afines toda la maquinaria propagandística y de voluntarios que tiene a su disposición con tal de sus candidaturas sean imbatibles en medios y apoyos. Ese proceso está en pleno funcionamiento en las elecciones a las cámaras de comercio que habrá esta primavera en Cataluña.
Fuentes empresariales confirmaron a ABC que la Assemblea lleva semanas desarrollando una activa campaña para tratar de construir candidaturas con «afines» que les cedan el control las Cámaras de Comercio. Así las cosas, la entidad ha contactado a varios directivos catalanes para hacerles saber que está a la caza de nombres para sus listas. Una autentica campaña de «márketing telefónico» que ha llevado a la sorprender a algunos empresarios que no entendían de dónde habían sacado sus números de teléfono, apuntan esas mismas fuentes. Sin embargo, el grueso del empresariado catalán no ve con buenos ojos la politización de sus órganos patronales y, por el momento, ningún candidato a la presidencia de la Cambra de Comercio de Barcelona se ha signficado a favor de la Assemblea.
Penetración social
En cuanto a la penetración en entidades sociales, la preguna que surge es:¿se acabará viendo a voluntarios de la ANC repartiendo comida en barrios necesitados? Según el catálogo de acciones que prevé realizar la Assemblea con sus Consejos Locales República no es una imagen descartable. No en vano, contemplan que los «Consejos de la República» también sirvan para «canalizar necesidades sociales no atendidas». Esa línea de acción coincide con la que llevan tiempo realizando los autodenominados «Comités de Defensa de la República» (CDR), que entre sus actividades figuran las acciones para parar desahucios, función que hasta no hace mucho monopolizaba la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que lideró Ada Colau.
Toda esta estrategia de «penetración social» tiene como meta ampliar el apoyo al secesionismo entre los grupos de población más alejados del procés. No en vano, en algunas catalanas los resultados electorales confirman que independentismo tiene una escasa penetración social. Es el caso de algunas de las localidades más pobladas de la comunidad –situadas sobretodo la periferia de Barcelona– como L’Hospitalet de Llobregat, Badalona, Sabadell o Santa Coloma de Gramanet. En algunos de estos casos, el porcentaje de voto independentista en las últimas elecciones autonómicas no superaba el 30%.
En otro hilo me estaba quejando de problemas con la libertad de expresion en cataluña, que la vox y ciudadanos no podrian hacer campaña con tranquilidad al igual que hacen campaña los independentistas, que no se estaba garantizando la libertad de expresion y un forero me parece que me dijo que los indepedentistas tambien hacian uso de su libertad de expresion.
Pues ya sabes será algún delincuente porque dar esa respuesta demuestras lo que es para ellos la libertad y la democracia ánimo y a seguir aportando en el foro que no nos callen que nos dejen libres saludos
¿Tú crees que los independentistas son los únicos que insultan? En este foro, los que insultan son los franquisñoles como puedes comprobar fácilmente.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
Como se puede decir q los que insutan son los otros poniendo franquiespañoles,fijate bien en tu d.n.i q pone españa y tu gentilicio español a secas, no solo no uso insulto sino que ensalzo
No me parece mal que intefieras en mis respuestas a otro forero, siempre que escribaa algo coherente y no faltes a la verdad.
¿Qué tendrá que ver mi DNI (que ni siquiera sabes si lo tengo) con los insultos en este foro. Insultos en los que tú mismo llevas una carrera abundante.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
La violencia sigue en Cataluña
La violencia de la que los golpistas catalanes provocaron en la víspera del referéndum ilegal de 1-O de 2017, durante esa consulta y en las vísperas de la declaración de independencia de Cataluña el 27-O del mismo año sigue vigente en Cataluña.
Y está propiciada por los llamados comandos CDR desde que Quim Torra asumió la presidencia de la Generalitat, desde donde el propio Torra les ha dicho a esos comandos -donde se integran parte de su familia- que deben ‘apretar’ tal y como lo anunció hace unas semanas.
Y resulta escandaloso que el Presidente de la Generalitat de Cataluña que es quien debe garantizar el orden público en esa Comunidad Autónoma sea el promotor de una violencia constante que ha causado decenas de heridos y graves destrozos en ciudades y en propiedades privadas.
Lo que ha conducido, como ahora se ve, a enfrentamientos entre los jefes policiales de los Mossos y el propio presidente de la Generalitat. Y lo que, por otra parte demuestra que el golpe de Estado continúa vigente y que el orden constitucional no se cumple en una Cataluña donde su presidente jalea la violencia.
Todo ello confirma la estrecha relación entre el golpismo y la violencia y justifica el delito de rebelión que la Fiscalía y la Acusación Particular les imputan a los procesados en el juicio del golpe catalán que comenzará su vista oral el próximo mes de enero.
Pero si esa violencia, impulsada desde la Generalitat, continúa y amenaza con la muerte de ciudadanos pacíficos, no que no hay que descartar, en ese caso será el Gobierno de Pedro Sánchez quien deberá asumir el control de la seguridad en Cataluña por encima de la Generalitat y de su consejería de Interior.
Y si a pesar de ello la violencia continúa Sánchez deberá proponer, llegado el caso, y aprobar en el Senado, con apoyo del PSOE, PP y Cs, la aplicación en Cataluña por segunda vez del artículo 155 de la Constitución, como ya lo están pidiendo los líderes de la Oposición, destituyendo a Torra y a todo su Gobierno y disolviendo el Parlament hasta que se den las circunstancias de normalidad.
¿Qué fue de la inminencia? jajaja
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
No se yo si la comparación es muy adecuada.
Si al PuigDemonio lo echan al Nilo como a Moises....seguro que se come a los cocodrilos.
Torra se preocupa por los muertos de la guerra civil al fin un detalle humano, luego lo estropeara juntandose y abrazando a los que pusieron bombas en el hipercor de barcelona y por toda cataluña
¿Los asesinados por la dictadura genocida de Franco son menos respetables? Tenemos que recuperar cientos de miles de las cunetas.
Mira, abrazando un genocida:
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.