mira este post lo puse hace algun tiempo :
Creo que hay que atacar a las entidades por la MIFID, despues de leerme toda la normativa, creo que hasta cierto punto es irrelevante que el test de idoneidad este firmado o no y voy a exponer mi argumento, advierto que no soy abogado.
La normativa MIFID en el fondo lo que pretende es establecer una graduación en función de la tipología del cliente, su grado de conocimiento financiero y sus necesidades de protección.
En este sentido se han establecido tres categorías:
1.-Contrapartes elegibles, categoría en la que se incluirán las empresas de inversión, entidades de crédito y aseguradoras;
2.-Clientes profesionales, entendiendo por tales los que poseen experiencia, conocimientos y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y para valorar correctamente los riesgos inherentes a dichas decisiones
3.-Minoristas, que son personas fisicas, trabajadores autónomo etc. que tendrán las mayores garantías de protección.
Para que hace eso la normativa MIFID?, obviamente porque la propia normativa establece una regulación del asesoramiento financiero entre los servicios y actividades de inversión sujetos a autorización, es decir, la característica principal del asesoramiento financiero es que la recomendación sea personalizada, y para eso establece los niveles protección.
Aqui es donde hay que decir, que todas las personas que tienen preferentes y yo conozco, estan en la categoria de clientes minoristas, es decir, con el mayor nivel de protección.
Otra de las medidas de protección que se incluye en MiFID es la obligación de garantizar que se ejecuten las órdenes en las condiciones más favorables a los clientes, obligación que debe aplicarse a toda empresa que tenga obligaciones contractuales o de intermediación con el cliente.
Por lo tanto con la normativa MIFID las entidades están obligadas a prestar los servicios de inversión con honestidad, imparcialidad y profesionalidad, en el mejor interés de sus clientes.
Por lo tanto y resumiento la normativa MIFID que afecta a las entidades bancarias lo que pretende en el fondo es proteger al cliente minorista ( la gran mayoria).
Ahora viene la segunda parte ( y ahi es donde creo que el tener o no tener firmado el test de idoneidad no deberia importar), porque el test lo unico que pretende es calificar al cliente ( y de eso si que se porque soy sociologo), aunque ultimamente se mas de economia que de otra cosa.
Si una entidad califica a un cliente de minorista y le coloca una participación preferente que si vamos a la pagina de la CNMV dice textualmente :
"Se trata de un instrumento complejo y de riesgo elevado que puede generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido."
Entiendo que el banco se ha pasado por el forro toda la nomativa
" Usted banco califica a un cliente como minorista, es decir, que le tiene que proteger y asesorar y le coloca un producto complejo y de elevado riesgo", usted banco es un hijo puta ( en eso no descubro nada nuevo).