Dice el pajarraco este, JULIO SEGURA:
"Con un producto financiero complejo como son las preferentes, la entidad que lo comercializa debe hacer un test de conveniencia al cliente, pero si este firma un documento reconociendo que no es conveniente y conoce todos sus riesgos pero aun así desea adquirirlo, el supervisor no puede hacer nada para impedirlo. También se nos ha criticado fallos en la vigilancia de su comercialización. Es materialmente imposible que la CNMV hubiera puesto un inspector en cada una de las más de 24.000 oficinas de las entidades que vendieron el producto en 2009. Lo que hicimos era aquello que podíamos hacer, es decir, garantizar que el folleto de emisión fuese transparente y contuviera toda la información. Por último, hemos hecho una inspección a posteriori para comprobar si la venta de las preferentes cumplió todos los requisitos legales. "
DESTAQUEMOS : "la entidad que lo comercializa debe hacer un test de conveniencia al cliente, pero si este firma un documento reconociendo que no es conveniente y conoce todos sus riesgos pero aun así desea adquirirlo, el supervisor no puede hacer nada para impedirlo."
VAmos a ver, la entidad que lo comercializa debe de informar de forma clara, copleta y con antelación suficiente. Pero, además, si resulta que es la entidad quien le ofrece al cliente el producto le tiene que hacer un TEST DE IDONEIDAD. El test de conveniencia se haría si el cliente fuera a pedir el producto. Aún así, si resulta que ese test está diciendo que las part. preferentes son de BAJO RIESGO del entorno euro., y si resulta que el producto en realidad es DE RIESGO ELEVADO, y si tenemos en cuenta que los perfiles de los ahorradores minorista son mayoritariamente CONSERVADORES, no se debería ni siquiera PROPONER la entidad a este tipo de cliente ahorrador minorista conservador este tipo de producto. Hay sin duda una MALA PRAXIS, permitida , tolerada, sino ideada por parte de la CNMV. Y acaso no sabían nada del MERCADO INTERNO??? Y QUE LOS PRECIOS Y por tanto el propio mercado ESTABA FALSEADO?? Y si no es así, qué paso el 7 de MAYO DE 2010 , y que pasó hace un año cuando CAja Madrid- BAnkia decía que la CNMV había obligado a bloquear las ventas??? Y por qué si el SEND se creó en 2010, en mayo, hasta 2 años después no se puso en funcionamiento, y sin aviso ninguno por parte de la entidad ni de la CNMV???
Este señor , y ya puede si quiere demandarme por injurias si me lee es un HIJO DE PUTA!!!