Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola Lalolilla, Te explico donde lo tienes, entra en AIAF SEND, busca Preferentes Caja Madrid, pincha en el Isin, y te saldrá el folleto, en la parte de arriba de la pagina. Se trata del folleto de las ciento y pico paginas, donde detalla las condiciones de la emisión. Considero que es un documento muy importante, lo hemos pasado por alto, cuando en él hay muchísima información aprovechable.
En este documento, dice claramente que las Preferentes no son renta fija, sino un producto complejo. Afirma que cotizaran en el AIAF, y también que están dirigidas a clientes minoritarios.
Esto podría considerarse un caso similar a cuando una empresa saca un producto al mercado. Vamos a poner por ejemplo, una lavadora. Ante el registro correspondiente del ministerio de industria, se inscribe el producto con unas características determinadas. Por ejemplo, funciona con tal corriente, tiene tantas revoluciones, etc. Con posterioridad en el contrato de compra pone justo lo contrario. ¿Qué hace el órgano regulador, cuando no se cumplen las características del producto?.
En el caso de la lavadora, probablemente, la retira de los circuitos de comercialización, mas aun si uno de estos fallos puede implicar un riesgo para los usuarios. En nuestro caso justo al contrario. En las condiciones del producto, registradas ante el organismo de supervisión correspondiente, afirma que van dirigidas al cliente minorista, que son un producto complejo, no renta fija, y que cotizan en el mercado secundario. En los contratos de venta, lo cambia todo, son renta fija, y cotizan en el mercado interno. Un mercado irregular y fraudulento.
¿Qué hace el organismo regulador competente?. Retira el producto del mercado, les advierte de que tendrán que hacerse cargo de los posibles daños a los clientes perjudicados, por esta compra irregular, y pide las debidas responsabilidades a quienes lo comercializaron fraudulentamente, pues no. Saca una circular advirtiéndoles que se aseguren, pues más tarde o mas temprano, van a venir las reclamaciones.
Solo hay que fijarse en lo que dice la circular “que el cliente firme y la entidad conserve un documento……”. Lo lógico hubieran sido, dos documentos firmados por ambas partes, y conservaos por los dos. Pero aquí, se trata de facilitar un seguro a la entidad, conocedores de lo que se les venía encima, al tiempo que se ocultaba el aviso a los interesados. No fuera que se descubriera la tropelía antes de hora.
Si alguien alberga la más mínima duda al respecto, nada como fijarse en el arbitraje. La misma empresa KGPM, consultora jurídica de Bankia, es la que va a ser responsable de los arbitrajes. En cualquier país de nuestro entorno un caso así no hubiera sido admisible. Los mismos actúan como jueces y parte. En cambio en nuestro país es considerado como algo normal. Cabe mayor despropósito.
Lo dicho Chiquistitan, es un país serio, allí al menos tienen un mínimo se sensatez.