Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
La reclamación debe firmarse, hacer una copia y que la sellen. Enviar por correo certificado a
Oficina de atención al inversor C/ Miguel Angel 11 28010 Madrid
AL SR. PRESIDENTE DE LA CNMV .-
Asunto.- OPOSICION AL CANJE PROPUESTO POR BANCA CIVICA.
D. mayor de edad, provisto de D.N.I. nº y como AFECTADO POR LAS PARTICIPACIONES PREFERENTES emitidas por Cajasol, hoy Banca Cívica y, con domicilio a efectos de notificaciones sito en (Sevilla) ante V.E. comparezco y EXPONE:
Primero.- La CNMV, a través de la Oficina de Atención al Inversor, atiende las reclamaciones de los usuarios de servicios de inversión.
Las reclamaciones pueden referirse al funcionamiento de los servicios prestados y a operaciones y hechos concretos que perjudiquen los intereses o derechos del reclamante por incumplimiento de contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela, o de las buenas prácticas y usos financieros.
En este sentido y mediante el presente escrito solicito el amparo de este organismo respecto al CANJE de las participaciones preferentes que me ofrece Banca Cívica ya que advierto indicios de incumplimiento o quebrantamiento de las normas de transparencia y protección de la clientela.
Segundo.- BANCA CIVICA, me informó engañosamente de que las participaciones preferentes era un producto rentable, SEGURO, y que podía retirar mi dinero en cualquier momento.
Ahora, como ya le consta al regulador, BANCA CIVICA nos comunica que era un producto de ALTO RIESGO, que NO PUEDE DEVOLVERNOS NUESTRO DINERO y que PERDEREMOS buena parte de nuestros AHORROS si no accedemos al canje que prepara la entidad por otros productos que, según la propia CNMV, implican aún mayor riesgo para los ahorradores.
En el hecho relevante de fecha de 26 de Marzo de 2012 consta Banca Cívica realizará una oferta de CANJE a todos los titulares de las citadas participaciones preferentes en virtud de la cual Banca Cívica se compromete a recomprar las participaciones preferentes a su valor nominal (100%) estando el titular de la misma , por el hecho de la aceptación de la oferta , obligado, con caracter irrevocable a invertir el importe total de la recompra en la suscripción de obligaciones convertibles en acciones de Banca Cívica de nueva emisión, (en 2.018) todo ello con una serie de requisitos de difícil comprensión para los ahorradores afectados además de resultar ser un producto de MAYOR COMPLEJIDAD que las mismas participaciones preferentes, lo que resulta contrario a la normativa vigente al respecto.
Tercero.- Lo mencionado anteriormente COLISIONA directamente con lo predicado por este organismo que ha manifestado públicamente en numerosas ocasiones que la Banca debe facilitar el CANJE de preferentes por efectivo RECOMENDANDO A LAS ENTIDADES FINANCIERAS QUE MATERIALICEN EL CANJE O RECOMPRA DE PARTICIPACIONES PREFERENTES POR OTROS VALORES MAS LIQUIDOS Y MENOS COMPLEJOS, CON EL FIN DE EVITAR LA ENTREGA DE TITULOS PERPETUOS O HIBRIDOS.
Si este organismo está VELANDO porque en estos canjes exista la MAXIMA TRANSPARENCIA es por lo que le SOLICITO ACTÚE y proteja los intereses de los afectados por el CANJE de BANCA CÍVICA recoméndandole a la entidad que RECTIFIQUE el previsto por ser COMPLEJO Y DE DIFÍCIL COMPRENSION.
El público afectado no ES un INVERSOR. La mayoria de los afectados somos JUBILADOS Y PEQUEÑOS AHORRADORES QUE DEPOSITAMOS nuestro DINERO en la confianza de una entidad que finalmente nos ha engañado y pretende volver a hacerlo.
Este organismo presidido por D. Julio Segura es consciente del problema potencial que escondían las participaciones preferentes y en su misión de proteger a los pequeños inversores es por lo que ME DIRIJO al mísmo ya que EL CANJE OFRECIDO POR BANCA CIVICA es contrario a la transparencia y buena práctica financiera
Por lo que
SOLICITO A V. E, que tenga por presentado este escrito, lo admita y en su virtud acuerde INTERVENIR inmediatamente exigiendo a BANCA CIVICA que anule la propuesta de CANJE publicada POR CARECER DE TRANSPARENCIA Y TRATARSE DE UN PRODUCTO DE MAYOR COMPLEJIDAD obligando a la entidad a que MATERIALICEN EL CANJE O RECOMPRA DE PARTICIPACIONES PREFERENTES POR OTROS VALORES MAS LIQUIDOS Y MENOS COMPLEJOS, ordenando para ello lo procedente para su efectividad y práctica. Es justicia que pido en Sevilla a 2 de Mayo de 2.012.