Un grupo de abogados han colgado eso en su página web. Ahora mismo no recuerdo como se llama, empieza pr ep... cuando lo recuerde lo pongo
Estimados Señores lectores.
* Información urgente para accionistas de BANCA CÍVICA, al final de este texto.
Si usted esta leyendo esto, es probable que usted sea un ciudadano al que su entidad financiera, banco, caja de ahorros y demás, haya engañado. Usted ha comprado “participaciones preferentes”. (Sino es así, se entretendrá)
En primer lugar, y si por casualidad ha leído otras pestañas de esta página, habrá comprobado que los profesionales que aquí tratamos estos asuntos no nos parecemos en nada al resto. Somos diferentes.
Por esa razón, lo que a continuación vamos a aconsejarle, de manera casi telegráfica, le parecerá sorprendente. Usted por supuesto es muy libre de consultar cualquier otro sitio web o a otro profesional y obtener información tradicional o alternativa. Este sitio web es provisional, y su brevedad obedece al escaso tiempo del que hemos dispuesto para colocarlo en la red. Digamos que estamos en casa de un amigo.
Comencemos:
1º) Usted es titular de “participaciones preferentes”. Nadie ha conseguido explicarle hasta este momento que demonios es eso.
Le han dicho, ahora, y no en su momento, que es “algo de alto riesgo”. Que tienen “poca liquidez”. Y varias tonterías más. Pero ni quien se las vendió, ni los “profesionales” que pueda haber consultado, le han dicho que son exactamente. Es comprensible. Además de ser un gran timo, es un asunto bastante enojoso y complicado.
Se lo vamos a traducir para que lo entienda y comprenda:
Las “participaciones preferentes” son participaciones. Usted tiene una parte de algo. Uno de los problemas es que usted no sabe de qué.
Pues de quien le ha vendido las participaciones. Usted es propietario de la entidad que se las venció. Como si fuera un accionista. Aunque no sea exactamente así, se parece bastante. Las cajas y bancos crearon sociedades cuyo único fin era venderles a ustedes las acciones de esas mismas sociedades que crearon. Así, que lo primero que hay que preguntar en su sucursal es :
¿Exactamente, mi dinero, donde está? O sea, que quien lo tiene. Que donde ha ido a parar. Se sienta usted delante de su bancario (si aún puede sostenerle la mirada) y le pide que se lo explique despacito. ¿Qué quien tiene su dinero ahora, que sociedad lo recibió?
- “Es que me han dicho que si yo me hecho dueño de una parte de algo, ese dinero debe estar en alguna cuenta, y debe administrarlo alguna persona en concreto. ¿Donde puedo contactar con ella?”
2º) Ahora quienes les vendieron las participaciones, las quieren. Y les ofrecen bonos u otras cosas que ustedes tampoco entienden en que consisten. Y que por supuesto suponen para ustedes más pérdidas. Los bancos, las cajas, les llaman para ofrecerles “soluciones”. ¿Se han dado cuenta de que son ellos ahora los que les llaman a ustedes?
Piénselo.
PRIMERA RECOMENDACIÓN:
No lo haga, NO FIRME NADA con su banco, caja, sucursal que suponga modificar sus contrato de preferentes. Diga que no, que le gustan sus preferentes, y que se las quedan, por ahora. Conserve sus participaciones preferentes. Ya le explicaremos por qué en otro momento, pues recuerde, le hemos dicho que esto era urgente y breve.
Ahora solo le advertimos que lo primero que le dirá su bancario es que qué hace usted, que eso es terrible, malo, muy malo para usted. Le hablará de que perderá aún más.Usted contéstele que si, que lo sabe. Pero que se ha enterado que es aún más malo para él. Y que aún no le ha respondido a la pregunta de donde está y quien tiene exactamente su dinero.
SEGUNDA RECOMENDACIÓN.
Cojan su contrato, ese donde pone en alguna parte “DEPÓSITO Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES”, y vayan a otro sitio, otro banco, otra caja, y pregunten si ellos pueden hacerle un contrato de administración de valores simple, sin complicaciones. Es decir, procure que sus preferentes estén en otra parte distinta, lejos, de las manos de quien se las vendió. Vera como esto tampoco le gusta a su bancario, el que se las vendió, cuando se lo diga.
Esto vayan preguntándolo. Por ahora sólo que les informen en la otra entidad a la que ustedes hayan ido a preguntar si quieren administrar sus preferentes. Que les den una copia del contrato de “Depósito y administración de valores”, para leerla en casa tranquilamente.
Si conseguimos organizarles, si ustedes creen en si mismos, podrán ser ustedes los que les impongan el contrato al nuevo “administrador de valores”.
Siguiendo estas dos recomendaciones, habrá dado el primer paso para recuperar su dinero.
El siguiente paso es agrupar sus participaciones para controlar a las sociedades que las emitieron y se las vendieron a ustedes. Tengan paciencia. Nosotros sabemos como hacerlo. Y no se lo vamos a contar ahora. No queremos que su banco se entere de lo que le podemos hacer. Se llama estrategia.
Por qué …. ¿a qué su banco, caja, o quien le vendiera las participaciones no le ha llamado el lunes día 14 de mayo para comunicarle una noticia importante, tal y como dice su contrato de DEPÓSITO Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES que deben de hacer inmediatamente.
Como nosotros somos diferentes, vamos a suplir la falta de diligencia de su banco o caja, o quien sea quien administre los valores. No por ninguna razón altruista, sino porque nos parece importante que usted sepa que el gobierno aprobó el viernes, con entrada en vigor el sábado, que usted no cobrará nada, aunque debiera cobrarlo, como mínimo en los próximos doce meses. Es decir, que ni le devuelven su dinero, ni le pagarán el interés prometido. ¿No se lo creen, verdad, y no le han llamado o escrito para informarles, verdad?
Miren:
Disposición adicional primera. Tratamiento excepcional de las participaciones preferentes y otros instrumentos en circulación.
Las entidades de crédito que tengan en circulación participaciones preferentes o instrumentos de deuda obligatoriamente convertibles en acciones emitidos antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley o canjeados por los anteriores podrán incluir, en el plan al que se refiere el artículo 2 de este real decreto-ley, la solicitud de diferir por un plazo no superior a doce meses el pago de la remuneración prevista, a pesar de que, como consecuencia del saneamiento que hayan tenido que llevar a cabo según lo previsto en este real decreto-ley, no dispongan de beneficios o reservas distribuibles suficientes o exista un déficit de recursos propios en la entidad de crédito emisora o dominante.
El pago de la remuneración así diferido solamente podrá efectuarse transcurrido el plazo de diferimiento si se dispone de beneficios o reservas distribuibles suficientes y no existe un déficit de recursos propios en la entidad de crédito emisora o dominante.
Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero
Esto es real:
http://www.boe.es/boe/dias/2012/05/12/pdfs/BOE-A-2012-6280.pdf
Bueno, pues ya lo saben. Pregunten a su bancario a que esperaban para comunicarles esto.
En los próximos días les informaremos de los pasos necesarios que deben realizar para recuperar su dinero. Y si no fuera posible, quitárselo a ellos. Legalmente, claro, y con sus mismas armas.