Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Me acabo de enterar. El otro día un disgusto de los buenos con Fenosa, y de esas sí que llevaba, y hoy una alegría, aunque llevo muy pocas. Al menos no se perderá el dinero parece
Me acabo de enterar. El otro día un disgusto de los buenos con Fenosa, y de esas sí que llevaba, y hoy una alegría, aunque llevo muy pocas. Al menos no se perderá el dinero parece
Como siempre R4 caido, mira que nunca he visto fallos en la página del SEND (si en cotizaciones bolsa) pero basta que nos metamos 4 y a tpc la página.
que no se te olvide declararlos, independientemente de la retención a cuenta soportada y los gastos deducibles de dicho cobro.
O SEA, que no han llegado ni a 50.
Los números de Eroski pesan ..
s2 y enhorabuena por la operación.
Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.
buenas, pesa tambien el dia de desplome bursatil.....no mucha gente suelta los leuros cayendo la bolsa a plomo.
A estos precios el nuevo bono sale una tir muy alta.
saludos
Puede que también influya...Hay mucho miedo en los mercados... el caso es que la alternativa a la RF era la RV, decían los analistos... pues el que haya entrado novato en estos tiempos, se tiene que estar cagando.
Hasta los que ya hemos vivido el 2000 y el 2008 en RV... se nos están arrugando, viendo dilapidar las plusvalías latentes de varios años en dos meses.
La verdad es que no esperaba hoy esto, despue´s de que ayer el DJI acabara en positivo.
Estos mercados van a hacer buenos hasta a los depósitos del 0.2% anual, jejeje
S2 Igar
Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.
hombre...5 o 6 años subiendo USA una correción era esperable....1600 del sp. Eso de la renta variable alternativa...q se lo digan a un accionista frente a un preferentista de SAN.
liquidez bendita liquidez para conmprar cholletes.
Los gastos de custodia, suscripción y demás son deducibles en el año fiscal que se producen.
Los intereses cobrados ya han tributado por IRPF en la base ahorro o en la base imponible.
Asi que si aceptas el canje y las tienes a precio de 100% el 30% de quita ES PERDIDA FISCAL como si fuera una acción.
La apertura ha sido muy sencilla, porque había una posición de algo menos de 2000 euros en las malas a 41,500%
y la apertura de las buenas se ha hecho a 42,000% y creo que había 19.125 euros nominales. Barrida a las 9:00:002 hora peninsular de un bróker rápido.
y el cierre de las buenas ha sido a 44,98% y el cierre de las buenas es a 44,99%
Las "buenas" ES0231429004 OS Eroski VBLE Perpetua 56 operaciones 267,68 miles nominales € 130,11miles euros 47,900 max 45,444 medio 42,000 minimo
Las "malas" ES0231429038 OS Eroski VBLE Perpetua 82 operaciones 576,53miles nominales € 277,61miles euros 47,249 max 45,473 medio 41,500 minimo
Y el papel ha quedado en los 45%
Pudiera ser que algunos muy preocupados por el tema fiscal PIENSAN y puede ser verdad que si se acepta el canje EL QUE COMPRA A 45% Y RECIBE 70% en el canje VOLUNTARIO debe pagar como plusvalías un 25% de nominal y por eso VENDE, VENDE, VENDE Y VENDE Y VENDE. Por eso el precio actual de la aportación puede no tener un precio JUSTO por altas preocupaciones fiscales. Esto se rumoreaba que ocurria con el canje forzoso de los hibridos de Bankia. Puede que pesan mas los ajustes fiscales de los poseedores de las aportaciones que las cuentas anuales de Eroski.
4.14 Fiscalidad de los valores TE LO DICE EROSKI.
"""Las Obligaciones Subordinadas Eroski emitidas al amparo de la presente Nota de Valores se someterán al régimen fiscal general vigente en cada momento para las emisiones de valores en España. A continuación se expone el régimen fiscal aplicable a la adquisición, titularidad y, en su caso, posterior transmisión de las Obligaciones Subordinadas Eroski que se ofrecen. Todo ello sin perjuicio de las modificaciones de los impuestos implicados en los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económico en vigor, respectivamente, en los territorios históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, o aquellos otros excepcionales que pudieran ser aplicables por las características específicas del inversor.
Este extracto no pretende ser una descripción comprensiva de todas las consideraciones de orden tributario que pudieran ser relevantes en cuanto a una decisión de adquisición de las Obligaciones Subordinadas Eroski, ni tampoco pretende abarcar las consecuencias fiscales aplicables a todas las categorías de inversores, algunos de los cuales (como por ejemplo las entidades financieras, las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades, las instituciones de inversión colectiva, los fondos de pensiones, las cooperativas, las entidades en régimen de atribución de rentas, etc.) pueden estar sujetos a normas especiales.
Es recomendable que los Destinatarios de la Oferta de Canje y la Emisión que pretendan suscribirlas consulten con sus abogados o asesores fiscales, quienes les podrán prestar un asesoramiento personalizado a la vista de sus circunstancias particulares. Del mismo modo, deberán tenerse en cuenta los cambios que la legislación vigente en este momento o sus criterios de interpretación pudieran sufrir en el futuro.""""""