Re: 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
No hay forma de contactar contigo los e-mail me los devuelve.
No hay forma de contactar contigo los e-mail me los devuelve.
De claro, nada. La acción no pude bajar de 1 céntimo. Lo siguiente es la salida de cotización.
El "contrasplit" es usar un agrupamiento para hacer manejable este infierno de microvalor pero el precio de la acción es el que es.
Cuando hacen "split" buscan un efecto "sicológico" de valor más accesible de la acción pero el valor está ahí. Y, al contrario, lo que pueden estar buscando ahora es poder manejar esta porquería de acción mejor. Van a ser 4 BILLONES y pico las accione de Bankia. Ridículo.
Salud.
Te he dejado mi correo por el interno,no uses el de Rankia que tienes la estrella de NUEVO y por eso no te los admitira,pero de no ser posible quedamos el sabado a las 4 en la estacion del norte ( donde el reloj)
Lo he presentado en un bankia de castellon, el director no qeria firmar el recibi y al final lo ha firmado, es de mis padres , 50.000 euros en subordinadas, y de acciones no qieren saber nada, a ver si de este modo lo paralizamos...
Por favor, a ver si alguien me puede contestar a esta duda... ¿La quita que sufrímos es deducible a efectos del Impuesto sobre la Renta? Es decír, si puede computarse como un rendimiento negativo en los ingresos por capital mobiliario. Gracias anticipadas.
Esto es lo que le ha dicho su abogado a un afectado en su consulta sobre el certificado de legitimacion,si piensa luego demandar.
Buenos días
Sobre el certificado de legitimación, deciros que consultado con mi abogado éste no me aconseja pedirlo.
Si de lo que se trata es en un futuro de interponer acciones judiciales por nulidad de contrato, ya sea por vicio en el consentimiento y/o por cláusulas abusivas ( cosa ésta de reciente relevancia tras las sentencias del Supremo sobre cláusula suelo euribor hipoteca y Tribunal Europeo ejecuciones hipotecarias, lo que va a dar una modificación general de la normativa de contratos bancarios en breve), el hecho de solicitar certif. de legitimación puede ser contraproducente.
Dispone el art. 1282 del Código Civil que para juzgar la intención de los contratantes deberá atenderse principalmente a los actos de éstos coetáneos y POSTERIORES al contrato.
Es decir, cuando pides un certif de legitimación estás impidiendo que el banco realice actos de disposición sobre las preferentes, de manera que podrías estar dando por buenas la validez y eficacia del contrato.
http://cincodias.com/cincodias/2013/03/21/mercados/1363896257_321183.html
Lo he copiado de otro hilo.
Parece ser que a las 6 (viernes de pasión) tendremos respuesta.
Hola:
No se si solo me pasa ami o le pasa a mas gente, cada uno que ha consultado con un abogado, asociación etc. dice una cosa. Ahora con el certificado de legitimación, un forero dice que al especialista que consulto le dijo que es bueno presentarlo, después otro dice que su abogado le ha dicho que no es conveniente presentarlo. Estoy loco con todo esto, ya no se si los abogados solo miran por su interés o por el nuestro porque si es malo será malo para todos y si es bueno pues igual, pero no puede ser que sea diferente según a quien preguntes.
Saludos.