Guía para el arbitraje de las preferentes de Bankia, NCG y CatalunyaBanc
¿Quiénes pueden acudir al arbitraje de preferentes y deuda subordinadda?
Inversores que invirtieron en híbridos de Bankia, NCG Banco y CatalunyaBanc menos de 10.000 euros
La Comisión de Seguimiento tendrá también en cuenta que el dinero que acabó en preferentes o deuda subordinada fuera traspasado desde productos de bajo riesgo de la misma entidad.
¿Cuándo puedo solicitar el arbitraje?
En el caso de Bankia el período para acogerse al canje comienza el jueves 17 de abril y dura hasta el 30 de junio. Todavía no se conoce las fechas de NCG Banco ni de CatalunyaBanc, pero tras la primera reunión de la Comisión de Seguimiento y tras haberse decidido el criterio debería comenzar en breve.
¿Cuándo se considera que el contrato es incorrecto?
Entre los motivos para considerar que un contrato podría ser incorrecto se tendrá en cuenta la inexistencia del propio documento contractual, la falta de documentación relevante en el mismo o incorrecciones tales como la denominación incorrecta del producto contratado o la falta de la firma del afectado.
La entidad me dijo que era un producto sin riego
La información facilitada al cliente por la entidad se considerará que es incorrecta si calificaba las preferentes como una inversión conservadora, sin riesgo, no compleja y si no especificaba su plazo o cualquier otro dato contradictorio o incoherente con la realidad de estos productos financieros.
A mí el banco/caja no me preguntó
La Comisión considerará el arbitraje en el caso de que la entidad no haya recabado la información adecuada sobre el perfil del cliente que compró preferentes mediante el procedimiento previsto en la directiva sobre mercados e instrumentos financieros (test MiFID).
¿Cómo se tramitarán los arbitrajes? ¿Cuáles serán los primeros?
Para determinar el orden en que se tramitarán los arbitrajes se utilizarán circunstancias personales de los clientes tales como su edad (de mayor a menor), ingresos familiares (los de menor renta irán primero) y volumen que invirtieron (accederán primero los que menos preferentes compraron).
También se considerará, de mayor a menor, el porcentaje que representaba su inversión sobre el total familiar, sin contabilizar el valor de su vivienda habitual.
Invertí todo en preferentes o deuda subordinada
La Comisión de Seguimiento tendrá en cuenta si la inversión del cliente minorista, aunque fuera reducida, suponía un porcentaje significativo de su patrimonio y, además, no tenía ingresos adicionales elevados.
¿A dónde me dirijo para solicitar el arbitraje?
A la entidad respectiva, que le informarán de toda la documentación necesaria y los documentos a rellenar.
¿Quién se encargará del arbitraje?
Antes de llegar al arbitraje hay que pasar por un test de idoneidad que determina una entidad independiente, en el caso de Bankia la encargada será KPMG.
La resolución dependerá de la Junta Arbitral Nacional de Consumo.
¿Quién forma la Comisión de Seguimiento de las preferentes?
Está compuesta por la presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el subgobernador del Banco de España, el secretario general de Sanidad y Consumo, el secretario general del Tesoro, el Consejo de Consumidores y Usuarios y representantes de las consejerías autonómicas que han participado en los arbitrajes.
¿Si no soy idóneo?
Los clientes que no cumplan los requisitos y no puedan acudir al arbitraje especial podrán optar por la vía digital o quedarse como están.
¿Puedo reclamar después del arbitraje?
El arbitraje es una opción alternativa a la judicial y es vinculante, como una sentencia. La diferencia es que suele ser más rápida y no tiene coste.
¿Cómo me compensarán?
Los ahorradores, que acudan al arbitraje y el laudo les de la razón, recibirán el importe de su inversión menos los intereses percibidos más los intereses que hubiese cobrado por haber tenido eses capital en un depósito.
¿Si acudo al arbitraje tengo que canjear mis híbridos por acciones?
Sí, previamente al proceso de arbitraje los clientes sufrirán una quita mediante un canje por acciones, aunque eso no tendrá efecto en la posterior reclamación.
En el caso de Bankia la quita media será del 38% para los tenedores de preferentes, del 36% para aquellos que tengan deuda subordinada perpetua, y del 13% para los de deuda subordinada con vencimiento.
En NCG Banco, estos clientes sufrirán una quita del 43% en participaciones preferentes, del 41% en deuda subordinada perpetua y del 22% en deuda subordinada con fecha de vencimiento.
En el caso de CatalunyaBanc el recorte para los tenedores de preferentes será del 61%, mientras que en deuda subordinada perpetua será del 40% y en deuda con vencimiento del 15%.
Los que se vean con acciones de Bankia podrán venderlas en Bolsa, mientras que los accionistas de NCG Banco y CatalunyaBanc deberán vender sus acciones al Fondo de Garantía de Depósitos que determinará el precio de estas acciones –por lo que se producirán nuevas pérdidas-.