Vamos a ver, yo no te puedo aconsejar lo que debes hacer, no soy abogado, pero te voy a responder por simple sentido común.
¿Si se cae una casa a quien va a pedir informe o consejo un juez o un tribunal? Pues parece evidente que un arquitecto habilitado como perito judicial, al colegio de arquitectos, al departamento técnico de la conselleria de vivienda, donde habrá arquitectos que analizan temas de este tipo, …. Pero difícilmente me pedirá consejo a mí, o a ti, si no somos arquitectos. Entonces si hay un problema en valores ¿a quién pedirá consejo el juez? Es de suponer que el informe de la máxima autoridad española en la materia es procedente, y si no lo tiene es ahí o al Banco de España dónde lo iba a solicitar, y si lo hiciera al Banco de España, éste le comunicaría que la competencia en valores según la legislación española es la CNMV ……. Bien dicho esto tú tienes un informe del regulador, de la máxima autoridad, que dice que el que actuó mal fue el banco, no tu …. Y a mi entender es una prueba importantísima, tal vez no definitiva, luego de cuento el porqué (*) pero importante, relevante, vaya si lo es …
Supongo que lo has hecho ahora es solicitar al Defensor del Cliente, que atienda a la recomendación o informe de la CNMV ¿cierto? Para que se allanen, que cumplan con la misma, pero tienes dos problemas a mi entender, no uno como dices tú, el primer es que el informe de la CNMV es una mera recomendación, no les obliga a cumplirlo, aún cuando saben los del banco que con él en una tribunal de justicia se les complica mucho el asunto, y más cuando se ha publicado en prensa que la CNMV y el Banco de España pudieran estar actuando … digamos … de una forma poco equitativa o “barriendo” para la parte de los bancos por el problema que tiene el sistema.
Primer problema, apuesto a que no te responderán antes de la fecha final de aceptación de canje, no les interesa ya que si lo hacen antes y su política fuera atender a esto informe, cosa que desconozco entonces tu no canjeas, es obvio, porque atender al informe significar pagarte … por lo tanto te responderán después del 27, y como está agosto por medio, la probabilidad de que sea para principios de septiembre es un hecho.
Segundo problema ¿Qué haces? Si canjeas ya sabes lo que pierdes, tu quebranto lo tendrás claro, y si mantienes apuestas a que el banco se allane a tu petición, o si no lo hace ir a los tribunales con un informe muy relevante a tu favor y unas altas posibilidades, peeeeeeeeeero, la justicia no son matemáticas, dista mucho de ello, un juez puede opinar que el informe es insuficiente, observa que esto se demanda por la figura legal del “error de consentimiento”, y esto se trata en lenguaje llano, de analizar, el porqué, en cuando, el cómo, él a quien, a que perfil de persona, que capacidad de entender un producto complejo tiene, que experiencia tiene en productos financieros, como le fue explicado, por quien, que conocimientos tenía el interlocutor …. Etc. etc., con lo cual un juez valorará las declaraciones de las partes, las pruebas testificales les llaman, y evidentemente tendrá en cuenta el informe de la CNMV como no puede ser de otro modo, pero dicho informe solo se ha basado en los documentos, no ha evaluado declaraciones, palabras, lo me dijeron o lo que yo dije, esta facultad (evaluar palabras, declaraciones …) está reservada a los jueces, la CNMV carece de poder para ello, solo evalúa documentos y si estos cumplieron o no las normas o leyes, punto final, y al parecer ha estimado que ni de coña se hizo bien (al menos por lo que tu indicas en la respuesta), por tanto garantías de que se allanen y paguen o de ganar un juicio, pues no. Vale, vale, el camino está muy marcado y sales con ventaja (y no poca) un informe de la máxima autoridad en España que dice que “nones” que mal, muy mal para ellos, sin embargo esto no es juicio ganado, es uno con la “pole position”, hablando en términos de formula, que normalmente el de la pole se lleva la carrera, no siempre, pero si en un buena parte de las ocasiones, o como mínimo tienen pódium.
El asterisco de antes (*) En cuanto a canjear, lo siento no te voy a decir lo que tienes que hacer, no tengo autoridad para tanto, ni puedo conocer tus circunstancias con 4 ó 400 líneas en un foro, dónde no nos conocemos, no sabemos el carácter de cada uno, sus prioridades, su forma de pensar … pero al menos con los abogados que he hablado sobre el particular, y lo que he leído de algún rankiano que se ha declarado abogado en los foros, el hecho de canjear algo supone un reconocimiento de que aquello que canjeas es tuyo, si no lo fuera no podrías canjearlo, no puedes entregar una cosa de otro, no es tuya, con lo cual si, canjear presupone reconocimiento de propiedad, al igual que pignorar, que es entregar una cosa en prenda, en garantía, como los montes de piedad, dónde uno deposita en prenda sus joyas y le prestan dinero, si no son suyas no puede entregar la prenda, por tanto es igualmente un reconocimiento.
No obstante ayer (creo) en la respuesta 671 de este hilo https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1105198-guia-para-venta-reclamacion-participaciones-preferentes?page=84#respuesta_1381192 la abogada que ganó lo de Galicia, que seguramente está recurrido a la Audiencia Provincial, con lo que por el meno no es sentencia firme, lo considera irrelevante, si bien los demás que se han manifestado juristas, como por ejemplo el bloguero abogado de provincias, en su blog (las 4 ó 5 últimas entradas) https://www.rankia.com/blog/abogado-financiero/ y tendrías que leer los comentarios al respecto, que hablan de ello, deja de una forma clara y meridiana su posición al respecto, y es que si canjeas hay reconocimiento y las posibilidades de ganar son mucho menores. Yo no puedo saber si con el informe la cosa iba a mejorar a pesar del canje, por sentido común sería que no, sin embargo la justicia y el sentido común no siempre van de la mano, en muchas ocasiones sí, pero en otras no, un tribunal de justicia se basa en leyes, en normas, no crean leyes, solo las aplican o las interpretan, que luego coincida con el concepto de justicia, pues depende, normalmente es justo para el que gana e injusto para el que pierde, esto es bastante subjetivo.
Por cierto lo que no dice toda la prensa, solo una parte de ella lo indica, es que ahí además de todo lo tuyo, concurría una falsificación de firma, creo que una de un titular, que creo eran dos, con lo cual ante un delito como es la falsedad en documento mercantil, la vía judicial mejora de forma radical.
De todas forma ponte en el lugar del banco ¿Qué harías en su lugar? Tienen un informe que les jode, que les coarta sus alegaciones, sus pruebas … y tienen la posibilidad de que el cliente canjee en una semana, con lo cual los efectos del informe minoran mucho, podrían alegar que al canjear has aceptado lo que tienes ¿de qué van a pronunciarse antes? Supongo que en su piel, tú no lo ibas a hacer, esperarías a decir algo al 28 como muy pronto.
¿Qué haría yo en tu lugar? Primero yo no soy tú, mis prioridades, mis carácter puede ser radicalmente opuesto al tuyo en estos asuntos , pero lo que habría hecho es ir a un cajero automático, sacar 300 €, de los cuales me iban a sobrar la mitad (creo) y el día que hubiere recibido la carta ya estaría pidiendo hora a un profesional, que vale, no me iba a decir tampoco y de manera tajante lo que tengo que hacer, pero me hablaría de posibilidades … y en función de ello tomaría mi decisión. Los 300 € son para la factura de asesoramiento, que supongo que no iba a llegar a esta cifra ni de coña. Y si solo me quedase una semana, igual, al abogado ya mismo a ver que opina.
En fin, lo lamento pero la decisión la tienes que tomar tú, yo me he limitado a ponerte las posibilidades, las razones, las hipótesis, pero no soy capaz de más.